España

El Supremo anula el registro de alquileres turísticos al considerar que el Estado carece de competencias

El órgano judicial estima parcialmente el recurso interpuesto por la Generalitat Valenciana

  • Imagen de archivo de un vecino accediendo a un bloque de pisos turísticos.
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VALÈNCIA. (EP/EFE) El Tribunal Supremo ha anulado el registro único de arrendamientos de corta duración, regulado en el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre, al considerar que el Estado carece de título competencial para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que "se superpone a los registros autonómicos existentes con respecto a la inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos".

Así lo ha resuelto el órgano judicial al estimar parcialmente el recurso interpuesto por la Generalitat Valenciana, anulando únicamente aquellos preceptos por los que se crea este registro.

Sin embargo, ha desestimado lo referente a las disposiciones que regulan la ventanilla única digital de arrendamientos, las obligaciones de transmisión de datos de las plataformas en línea y la transmisión de datos con fines estadísticos.

De esta manera, ha analizado y rechazado diferentes títulos competenciales: legislación civil y ordenación de los registros e instrumentos públicos (artículo 149.1.18 CE), condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales (artículo 149.1.1 CE), bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica (artículo 149.1.13 CE) estadísticas para fines estatales (artículo 149.1.31 CE).

Esta herramienta entró en vigor el pasado 2 de enero de 2025, aunque su aplicación no se hizo obligatoria hasta el 1 de julio del mismo año, finalizado el período de transición para que empresas y administraciones se adapten a lo dispuesto en la norma.

  • La consellera de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, Marián Cano. 

La Generalitat pide diálogo

La consellera de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, Marián Cano, ha pedido al Gobierno de España la apertura de una etapa de diálogo con las comunidades autónomas para establecer un sistema coordinado que permita perseguir la oferta ilegal sin perjudicar a quienes cumplen la normativa.

Cano ha señalado que la Comunitat Valenciana comparte los objetivos del Reglamento europeo sobre alquileres de corta duración y la necesidad de contar con información fiable y mecanismos eficaces de control, y ha remarcado que Europa "apuesta por la coordinación de datos, no por la acumulación de registros y trámites administrativos”.

Además, ha apuntado que es necesario combatir el intrusismo y reforzar el control sobre los alquileres turísticos ilegales, pero "desde la cooperación institucional y el respeto al marco competencial, no creando estructuras paralelas que duplicaban registros ya existentes”.

La sentencia, ha señalado la consellera, coincide con las advertencias realizadas tanto por la Generalitat como por las instituciones europeas respecto a la incompatibilidad de someter una misma vivienda a más de un procedimiento de registro obligatorio, al recordar el Supremo que el Reglamento europeo no exige un registro nacional y prohíbe duplicidades sobre un mismo inmueble.

La Comunitat Valenciana dispone desde hace años de un registro autonómico plenamente operativo para las viviendas de uso turístico, que ya garantiza el control de la actividad, la trazabilidad de los inmuebles y la seguridad jurídica del sector, ha añadido.

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