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LA EXDIRECTORA DEL MUSEO DEFIENDE LAS ADQUISICIONES DE TRABAJOS DEL ARTISTA POR PARTE DEL IVAM 

Consuelo Císcar: "Las obras de Rueda fueron legales, auténticas y válidas"

Foto: EDUARDO MANZANA
2/11/2021 - 

VALÈNCIA. Consuelo Císcar ha defendido este martes la adquisición de reproducciones no originales de obras del escultor madrileño Gerardo Rueda por unos 4 millones de euros por parte del IVAM porque fueron "legales, auténticas y válidas". La directora del museo entre 2004 y 2014 se sienta en el banquillo desde hoy y hasta finales de noviembre para ser juzgada por la Audiencia Provincial de Valencia por esa compra. Se le acusa de los delitos continuados de malversación, prevaricación y falsedad en documento oficial cometido por funcionario público. La Fiscalía pide provisionalmente seis años de cárcel y una multa de 144.000 euros.

Císcar ha llegado a la Ciudad de la Justicia de València para enfrentarse a su último caso pendiente en los tribunales poco antes de las 10.00 horas de la mañana, acompañada de su abogado y sin atender a los medios de comunicación. 

Ya durante su declaración en la Sala, ha respondido únicamente a preguntas de su abogado para explicar que era "muy importante" adquirir obra de Rueda para el IVAM porque era "un referente del arte abstracto". De ahí, ha indicado, la intención de la compra donación. La primera se produjo en 2004 y, aunque gestionar las adquisiciones entraba entre sus funciones, ha asegurado que no tomó la decisión a nivel personal porque había una comisión en el museo con varios responsables que realizaban la valoración de donaciones.  

Imagen de las maquetas en la Sala en la que se celebra el juicio. Foto: EDUARDO MANZANA

Igualmente, ha hecho hincapié en que tenían desde el inicio constancia de que se trataba de trabajos póstumos realizados tras la muerte de Rueda. "Los conservadores lo sabían. Lo sabíamos todos perfectamente. Y aunque fueran reproducciones, son obras originales y legales, y estuvimos muy acertados en tener esta obra. Se consideran auténticas y válidas como ocurre en el resto de museos del mundo", ha insistido. 

Císcar ha señalado que no era preceptivo que en el contrato constara que era obra póstuma porque "no lo dice ninguna ley". Éste, ha añadido, se redactó desde la gestión administrativa y no se encargó ella, pero "se realizó con los mismos parámetros que el resto de contratos del IVAM y con todas las garantías". 

La defensa trata de anular la investigación

Durante las cuestiones previas, el letrado de Císcar ha pedido la nulidad de todo lo investigado hasta el momento por vulneración de derechos fundamentales. En este sentido, ha aludido a una ruptura en la cadena de custodia en el volcado informático de la documentación por parte de la Policía y a una copia "clonada" con una selección de la información a criterio del informático del centro cultural. La defensa de la exdirectora del IVAM ha remarcado igualmente que se ha producido una investigación "prospectiva e inquisitorial" y ha criticado la "falta de imparcialidad" de la jueza instructora. En relación a todo ello, la Sala ha anticipado que se pronunciará en la sentencia.  

Císcar, a su llegada a la Ciudad de la Justicia. Foto: EDUARDO MANZANA

Por su parte, la Fiscalía ha requerido un informe pericial para saber el valor real de dos obras originales de Rueda que están en el IVAM y determinar el sobrecoste para calcular la responsabilidad civil.

Los hechos que se juzgan corresponden a la pieza 2 del conocido como caso IVAM en la que, junto a Císcar, están acusados el ex director económico administrativo del museo Juan Carlos Lledó y el hijo y heredero del artista, José Luis Rueda.

La pieza principal del procedimiento tenía previsto enjuiciarse en septiembre, pero finalmente finalizó con una conformidad. En el escrito de acusación al que se adhirieron todas las partes, Císcar reconoció que malversó fondos del IVAM para favorecer la carrera de su hijo Rafael Blasco (conocido como 'Rablaci'), así como el delito de prevaricación administrativa. Con ello, aceptó la condena de un año y medio de cárcel y dos años y medio de inhabilitación para empleo o cargo público, si bien la pena de prisión quedaba suspendida.

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