CASTELLÓ. La Dirección General de la Costa y el Mar, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha comenzado a notificar a los propietarios del poblado de Torre la Sal la desestimación de los recursos de alzada presentados contra la resolución de Costas de 2021 en la que se acordaba la recuperación posesoria de las viviendas levantadas en esta zona del litoral de Cabanes por estar en dominio público marítimo-terrestre. Los propietarios han comenzado a recibir ahora las notificaciones de rechazo a sus recursos, más de tres años después. La decisión pone fin a la vía administrativa y solo deja a los propietarios de las 99 viviendas la posibilidad de acudir a la vía judicial para impedir el desahucio.
Costas ha emitido una resolución en la que desestima de una tajada los 88 recursos de alzada presentados (tres de ellos por haber sido interpuestos fuera de plazo), reitera que el poblado se levanta sobre una zona de dominio público marítimo-terrestre tras los deslindes aprobados por órdenes ministeriales de 1975 y 1993, y confirma el procedimiento de recuperación posesoria por ocupación (una especie de expropiación) de este espacio que inició en 2021.
El portavoz de la plataforma Salvem Torre la Sal, Juanjo Agost, confirma que los vecinos han comenzado a recibir las notificaciones durante estas semanas de Navidades. "Con esta resolución se pone fin a la vía administrativa y ya solo queda acudir al contencioso-administrativo para parar el procedimiento", indica. Agost habla de medio centenar de familias afectadas y vaticina el inicio de una lucha judicial, aunque la decisión de acudir a esta vía aún no ha sido tratada entre los propietarios. "Cada vecino debe decidir si quiere acudir al contencioso o no y luego ver si vamos de forma individual o colectiva; cuando lo hagamos pediremos la paralización del procedimiento como medida cautelar", avanza Agost. Esta es, a día de hoy, la única salida que ven para no ser desalojados de sus casas.
El inicio del procedimiento de recuperación posesoria por ocupación y uso abusivo de este espacio se acordó en mayo de 2021. En julio del mismo año, la decisión fue ratificada por el Servicio Provincial de Costas de Castellón que rechazó las alegaciones presentadas por los vecinos del poblado de Torre la Sal. Los propietarios presentaron entonces los recursos de alzada para frenar las 'expropiaciones' alegando la falta de eficacia de los deslindes existentes y otras presuntas deficiencias de fondo y/o de procedimiento.
La resolución de la Dirección General de la Costa y el Mar que está siendo ahora notificada a las familias afectadas reitera "la existencia y validez deslinde del dominio público marítimo terrestre" en dos órdenes ministeriales publicadas en el BOE el 29 de enero de 1976 y el 7 de julio de 1993. "Ambas órdenes ministeriales fueron recurridas, fallando los tribunales que eran conforme a derecho en lo relativo a la demanialidad de los terrenos (...) Por lo tanto, nos encontramos ante dos actos definitivos y firmes", recoge la decisión.
Por ello, Costas concluye que "no pueden estimarse las alegaciones esgrimidas, siendo planamente válidas, eficaces y definitivas las órdenes ministeriales de deslinde sobre las que se sustenta el procedimiento de recuperación posesoria que nos ocupa".
La nueva resolución alude también a que toda ocupación del dominio público marítimo-terrestre estatal con obras no desmontables está sujeta a previa concesión otorgada por la Administración General del Estado. "En los recursos presentados no se ha acreditado la existencia de título concesional que ampare la ocupación del dominio", establece Costas. En este sentido, el Ministerio incide en que la mera resolución de deslinde "será título suficiente para rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde" y que, por tanto, "la Administración posee la necesaria base legal para incoar y resolver el presente expediente de recuperación posesoria".
Frente a ello, los vecinos siguen defendiendo que las viviendas son propiedad privada y que "no existe" un deslinde "debidamente ejecutado".