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El juez da la razón al Consell y desestima que Marina d'Or cobre 587 millones por el PAI del golf

4/12/2019 - 

CASTELLÓ. El Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso de una de las empresas de Jesús Ger, Promociones PAI Golf, por el que reclamaba a la Generalitat 587,6 millones de euros como compensación por la anulación del megaproyecto Marina d'Or Golf en los términos municipales de Cabanes y Orpesa. 

En una sentencia dictada el pasado 6 de noviembre, la sección Primera de lo Contencioso Administrativo ha rechazado "íntegramente" el recurso de esta compañía de Ger al cobro de esta importante cantidad de dinero, algo que en su día ya reclamó a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio (ahora de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad) y que le fue negado. 

Tras el recurso a la justicia, plasmado antes del verano, ahora el juez ha negado el derecho de cobro de Promociones PAI Golf, a la que ha impuesto además las costas judiciales causadas a la Generalitat, por valor de 2.000 euros. Queda todavía en los juzgados la otra demanda del conglomerado empresarial de Ger, plasmado a través de Comercializadora Mediterránea de Viviendas (Comervi) por valor de 15,3 millones de euros. En la Conselleria esperan que el tribunal "resuelva en el mismo sentido".

La compañía "valora opciones"

Aunque cabe recurso de casación ante la sentencia del TSJCV, desde la compañía no han querido manifestarse sobre esta posibilidad: "Estamos estudiando la situación y valorando opciones", han señalado únicamente. Y es que, como recogen las cuentas de Comervi del año pasado, la compañía propuso al Ayuntamiento de Cabanes la ejecución de la parte del proyecto ubicada en su término municipal.

No en vano, Cabanes alberga la mayor parte de los 18 millones de metros cuadrados de este megaproyecto, que incluía la construcción de unas 36.000 viviendas, 7 hoteles y 3 campos de golf. 

No llegó a ser agente urbanizador

En la sentencia se recoge cómo el juez considera que, a pesar de que la comisión territorial de Urbanismo de Castellón aprobó el proyecto el 23 de abril de 2010, Promociones PAI Golf "no patrimonializó" el aprovechamiento urbanístico. Es decir, una cosa no derivó en la otra. Y es que, además, el Ayuntamiento de Cabanes no otorgó la condición definitiva de "agente urbanizador" de la zona a la compañía entre esa fecha y la suspensión por parte del Tribunal Supremo. 

Según el fallo, la condición de agente urbanizador tenía el carácter de provisional debido a que la sociedad no llegó a presentar las garantías exigidas ni el convenio urbanístico que contemplara los plazos para presentar los proyectos de urbanización y de reparcelación e iniciar las obras. 

Desde la Conselleria aplauden el fallo judicial, que le evita una compensación millonaria y que, en opinión de sus responsables, cierra "uno de tantos tristes episodios de conflicto legal" derivados de la gestión del PP en proyectos urbanísticos "meramente especulativos". En este sentido, desde el gabinete que dirige Arcadi España señalan que muchos de estos casos judiciales se derivan de la "práctica contumaz" de los anteriores inquilinos de la Generalitat de "ignorar la necesidad de tramitar las preceptivas evaluaciones ambientales" en los desarrollos urbanísticos como establece la normativa europea desde el año 2001, "así como de eludir los informes de disponibilidad de recursos hídricos con el ánimo de agilizar los procedimientos de reclasificación de ingentes cantidades de suelo".

Precisamente, en el caso de Marina d'Or Golf, la falta de la declaración de impacto ambiental, un trámite acerca del cual en la compañía entienden que la Conselleria les debería haber informado, fue la que motivó la suspensión del proyecto. 

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