CASTELLÓ. La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) obliga al Ayuntamiento de Betxí (Castellón) a reponer la cruz que retiró de la calle Calvario y trasladó a la entrada del cementerio.
El TSJCV ordena así la ejecución provisional de una sentencia que había dictado con anterioridad en la que estimaba un recurso de apelación presentado por la Asociación Abogados Cristianos contra otra resolución del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Castellón.
Frente a la sentencia del alto tribunal, el Ayuntamiento de Betxí interpuso recurso de casación, que tuvo por preparado el TSJCV y remitió las actuaciones al Tribunal Supremo, mientras que la parte ejecutante solicitó la ejecución provisional de la sentencia, a lo que se opuso el consistorio mediante alegaciones.
En los fundamentos jurídicos, el TSJCV indica que el Ayuntamiento de Betxí se opuso a la ejecución provisional de la sentencia argumentando que "la cruz se encontraba en una situación de deterioro que resultaba peligrosa y fue provisionalmente desmontada por la
brigada municipal y dejada en la calle".
Posteriormente fue trasladada de emplazamiento a "un lugar que parecía adecuado" y que la ejecución consistente "en devolución de la cruz al emplazamiento anterior pasa por su simple colocación en trozos desmontada, lo cual carece de toda virtualidad y sentido como símbolo religioso o elemento histórico artístico".
Según el consistorio, "no se podrían volver a montar por el motivo ya expuesto de seguridad para los transeúntes", de manera que para disponer de una cruz en el emplazamiento "donde anteriormente se encontraba, debería construir una cruz nueva y ponerse en sustitución de la anterior rota, lo cual tampoco supondría una ejecución de la sentencia de apelación en sus propios términos, pues "no se ordena la colocación de una nueva cruz, sino la reposición de la anterior, lo cual resulta materialmente imposible".
Sin embargo, el TSJCV señala que la parte actora no interesó y la Sala no resolvió que se mantuviera el monumento/escultura en el estado de deterioro anterior a su restauración; lo que decidió la Sala en su misión jurisdiccional es que fuese trasladada a su anterior lugar de ubicación, dando por buena la restauración acometida por el Ayuntamiento, en suma, el traslado de la cruz ya restaurada desde la entrada/fachada del cementerio al lugar de la calle del Calvario, ubicación inmediatamente anterior a la vía de hecho.
El correspondiente desmontaje y traslado de la cruz restaurada no es, desde luego "materialmente imposible", como alega sin fundamento la representación de la Administración municipal, apunta el alto tribunal autonómico.
El TSJCV destaca que los trabajos de desmontaje, traslado y colocación de la cruz tienen un coste que la Sala desconoce pero, por las dimensiones de la cruz y escasa distancia entre su actual lugar de ubicación y el de su destino, la Sala prudentemente estima su coste en unos 3.000 euros, montante que, ante la eventualidad de una sentencia del Tribunal Supremo que revocara la dictada por este órgano y conforme a lo prescrito en el artículo 91.1 LJCA, procede exigir a la parte ejecutante que asegure, depositando la correspondiente caución, aval bancario u otro medio de garantía idóneo.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha celebrado en un comunicado la decisión, y ha asegurado que han peleado y seguirán "peleando" cada cruz "que derribe el odio radical" hasta que consigan reponer todas. "Nosotros sólo pedimos que se respete nuestra fe y nuestros derechos fundamentales", ha concluido.