cuestiona que el impacto de la medida sea solo de 231 millones como dice el consell

El CES-CV advierte sobre la "merma de ingresos" por la supresión del Impuesto de Sucesiones

21/09/2023 - 

VALÈNCIA. El Comité Económico y Social de la Comunitat Valenciana (CES-CV) ha alertado al Consell sobre las consecuencias de la bonificación anunciada para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) que supone su práctica desaparición para familiares de primer y segundo grado. Lo ha hecho un el informe preceptivo -consultivo y por tanto no vinculante- sobre el Anteproyecto aprobado por Ejecutivo que preside Carlos Mazón el pasado 5 de septiembre.

En su informe, remitido también a Les Corts, el Comité recuerda que en sus memorias socioeconómicas anuales ha constatado que “existe una insuficiencia global de recursos para cubrir los gastos de las comunidades autónomas, con las consecuencias que ello tiene, sobre todo, en la provisión de los servicios públicos fundamentales". En este sentido, el CES-CV da a entender que esta insuficiencia de recursos se agravará con la bonificación de este impuesto, con efectos retroactivos al 28 de mayo, ya que "la aprobación de la norma supondrá una merma de ingresos de la Comunitat Valenciana".

El organismo que preside Arturo León revela que la memoria económica incluida en el expediente que acompaña al Anteproyecto de Ley cifra en 231,53 millones de euros el impacto económico de la reforma. Una cifra sobre la que arroja dudas, ya que afirma que "atendiendo a los datos de ejecución presupuestaria, la recaudación global del impuesto ha sido sustancialmente superior en los dos últimos años, por lo que el CES-CV emplaza a su revisión".

El presupuesto de ingresos por el ISD en 2023 era de 392 millones de euros. En los ocho primeros meses del año la recaudación ha sido de 242 millones, si bien prácticamente no se han presentado autoliquidaciones con fecha de hecho imponible posterior al 28 de mayo.

Otro aspecto que el CES-CV insta a revisar es la exposición de motivos y el análisis previo de los datos sobre este impuesto. Concretamente, recomienda que "dada la insuficiencia de los datos en cuestiones tan relevantes para el Comité como la renuncia de herencias o el mantenimiento de la actividad productiva y su repercusión en el empleo, se adopten cuantas medidas sean posibles en recopilar datos desagregados para el análisis necesario previo a la adopción de modificaciones normativas en materia fiscal".

Ruth Merino, consellera de Hacienda. Foto: JORGE GIL/EP

En este sentido, también recomienda que en las modificaciones normativas de ámbito fiscal "se analice el impacto fiscal total sobre la ciudadanía, las personas trabajadoras y el tejido empresarial, así como comparativa con respecto al que estos colectivos aportan en otros enclaves territoriales".

Además, el Comité considera que "debería atenderse con una especial sensibilidad" las necesidades que presentan las zonas en riesgo de despoblación y "contemplar incentivos fiscales en todo tipo de impuestos para las personas y las empresas de dichas zonas, sin perjuicio de los beneficios fiscales que se aplican en la actualidad".

[VER INFORME COMPLETO]

El Anteproyecto

El texto del Anteproyecto elaborado por la Conselleria de Hacienda que dirige Ruth Merino contempla una bonificación del 99 % de la cuota tributaria en las adquisiciones mortis causa y percepciones de cantidades obtenidas por los beneficiarios de seguros de vida que se añadan al caudal hereditario efectuadas por parientes del causante pertenecientes a los grupos I y II (descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes) de la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. 

Además, se introduce un beneficio similar para las adquisiciones por donación u otros actos lucrativos inter vivos celebradas en favor del cónyuge, padres, madres, adoptantes, hijos e hijas o adoptados o adoptadas del o la donante, nietos o nietas y abuelos o abuelas con la finalidad de simplificar la actual regulación de las reducciones asociadas al parentesco e incorporando como beneficiarios o beneficiarias a los cónyuges del o la donante.

Asimismo, gozarán de la misma bonificación las adquisiciones por personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % o por personas con discapacidad psíquica con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Las medidas, en caso de ser aprobadas, beneficiará a los hechos imponibles producidos desde el 28 de mayo de 2023, día de las elecciones autonómicas.

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