Reconoce la actividad deportiva como un derecho, impulsa la presencia de la mujer en el sector y regula la figura del deportista y las entidades deportivas
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha aprobado hoy el anteproyecto de Ley del Deporte. Se trata de una propuesta legislativa impulsada a través del Consejo Superior de Deportes (CSD) en cuya elaboración han participado los diferentes ministerios vinculados a la práctica deportiva, comunidades autónomas, federaciones deportivas, sindicatos y los distintos agentes públicos y privados del ecosistema deportivo español.
El nuevo texto, pendiente de aprobación en el Congreso de los Diputados, busca actualizar la vigente ley de 1990 y adaptar el marco jurídico del deporte a un entorno mucho más complejo, desarrollado y profesionalizado que el de hace tres décadas.
El ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha destacado que se trata de una ley que “avanza en valores” y ha valorado su necesidad, al adaptarse a la actividad deportiva actual, “que ha experimentado un crecimiento exponencial en las últimas décadas”.
“El gran objetivo es que siga creciendo la práctica deportiva. El deporte es una contribución imprescindible para la salud, para la cohesión y para el cambio de hábito de la ciudadanía”, ha destacado.
Entre sus principales novedades, la propuesta de Ley reconoce expresamente el derecho a la actividad física y al deporte como actividades esenciales; promueve la igualdad y la inclusión en todos los niveles; dota de seguridad y estabilidad a las distintas figuras de personas deportistas; actualiza el modelo de las diferentes entidades; y unifica las funciones públicas y privadas de las organizaciones deportivas, regulando, entre ellas, las competencias del propio Consejo Superior de Deportes. Además de la dimensión social, incluye también aspectos como la transición ecológica y la innovación digital en el sector.
El artículo 2 del anteproyecto recoge una de las grandes novedades de la Ley: la consideración del deporte como actividad esencial y el derecho a la práctica deportiva. Según se establece, ambos deben ser objeto de tutela por los poderes públicos, dotándolos de la posibilidad de poner en marcha planes y políticas orientadas al fomento de la práctica deportiva, además de fijar las condiciones mínimas de seguridad en los recintos deportivos y programas de colaboración con federaciones.
La seguridad, junto a la igualdad, la coordinación entre administraciones, el respeto al medio ambiente y el juego limpio son, de hecho, los principios de ordenación deportiva del nuevo texto, que tiene como objetivo permitir el acceso al deporte al mayor número de personas, atendiendo especialmente las necesidades de los colectivos con un mayor riesgo de exclusión.
El anteproyecto de Ley parte de la premisa de que el deporte no puede ser considerado un sector exclusivamente masculino que vete el acceso de las mujeres a puestos de responsabilidad. Para ello, establece medidas para que las entidades -públicas y privadas-, equilibren la presencia de mujeres sus órganos directivos, como la obligación de federaciones y ligas profesionales de realizar un informe anual en materia de igualdad, y de contar con un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos y acoso sexual o por razón de sexo, entre otras.
El texto también promueve la igualdad en la visibilidad de los eventos deportivos masculinos y femeninos en los medios, velando además para que la representación mediática de las mujeres esté libre de cosificación sexual y de estereotipos sexistas.
En cuanto a las deportistas, la nueva Ley busca reducir la merma de derechos de las mujeres al quedar embarazadas –tales como la pérdida del voto en asambleas, la dificultad para conciliar y la reincorporación tras la maternidad- manteniendo el voto en las asambleas generales y conservando sus derechos como deportistas de alto nivel una vez transcurrido este periodo.
La nueva Ley también atiende específicamente los derechos de las personas LGTBI en dos sentidos: eliminando cualquier clase de discriminación y promoviendo que el acceso y la práctica deportiva se realice siempre con pleno respeto al principio de igualdad.
El texto aprobado por el Gobierno avanza asimismo en la promoción del deporte inclusivo y el practicado por personas con discapacidad. Entre otras medidas, la ley promueve la integración de todas las personas deportistas bajo la misma federación, haciendo obligatorio que las diferentes modalidades deportivas pasen a englobarse bajo una única federación cuando así lo haya hecho la respectiva federación internacional. Para estos casos, establece una representación ponderada en los órganos de gobierno de las federaciones integradas.
De esta forma, la nueva Ley trata de hacer crecer el deporte inclusivo, garantizar la participación de deportistas con discapacidad en competiciones internacionales, consagrar la igualdad de este colectivo e ir de la mano del movimiento deportivo internacional.
El anteproyecto de Ley regula también el estatus, derechos y obligaciones de las personas deportistas, piedra angular de la nueva norma. Establece, entre otras cosas, la definición de deportista profesional –dado de alta en el correspondiente régimen y que percibe ingresos por su práctica deportiva habitual- y no profesional –el que realiza su actividad dentro de una entidad, pero sin categoría profesional-, y la de deportista de alto nivel y de alto rendimiento (el primero calificado por el CSD y el segundo, por las Comunidades Autónomas).
Como derechos, destacan los aspectos relativos a la representación y participación, la cobertura de salud, un sistema de permisos y licencias en el ámbito escolar y laboral y el acceso a estudios y convenios con empresas y centros educativos para garantizar una carrera deportiva estable. Por su parte, los deberes de los deportistas están principalmente orientados al juego limpio, la lucha contra el fraude y la necesidad de proyectar una imagen positiva.
Respecto a los cambios en las obligaciones de las entidades deportivas, la nueva Ley elimina la obligación de transformación en Sociedad Anónima deportiva para participar en competiciones profesionales y se opta por un modelo libre; y desaparece la obligatoriedad del aval bancario del 15% del presupuesto de gasto, pudiendo establecer los clubes el porcentaje de aval que crean oportuno.
En el ámbito de las ligas profesionales, el texto establece medidas de gobernanza y transparencia, y la obligación de contar con mecanismos de control económico.