VALÈNCIA. El Consejo General del Institut Valencià de Finances (IVF), presidido por el conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler, ha aprobado el plan de teletrabajo de este organismo.
El documento desarrolla el V Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat, relativo al teletrabajo, el cual establece un marco general de obligado cumplimiento y en el que se contempla que serán los diferentes entes gestores quienes determinen su régimen particular a través de un plan de teletrabajo propio.
Cabe hacer hincapié en que el plan de teletrabajo diseñado para el IVF garantiza en todo momento la seguridad y salud del personal del organismo, cumpliendo así con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 y las normas posteriores que la desarrollan.
Durante su exposición ante el Consejo General celebrado esta semana, el director general del IVF, Manuel Illueca, destacó que "la cultura del Institut Valencià de Finances persigue en todo momento el bienestar de sus empleados y empleadas y la implementación de medidas que permitan la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de éstos".
"Desde los inicios de la pandemia -ha continuado Manuel Illueca- el IVF, al igual que muchas otras empresas y entidades, se vio obligado a implantar el trabajo a distancia en cumplimiento de las restricciones de movilidad y por seguridad sanitaria. Ahora, una vez recuperada la presencialidad total, hemos podido comprobar que, gracias al esfuerzo de la plantilla, la calidad de los servicios del IVF no se ha visto en absoluto mermada durante ese periodo".
El documento destaca que el régimen preferente de trabajo para los empleados y empleadas del IVF será el presencial sin perjuicio de que, para determinados puestos y, siempre que se den determinadas circunstancias, pueda optarse por la modalidad de trabajo a distancia, que en cualquier caso será una opción voluntaria.
No podrán acogerse a esta modalidad los trabajadores y trabajadoras que ocupen puestos y desarrollen funciones que por su propia naturaleza y finalidad exijan su presencia física en las instalaciones del IVF. También quedarán excluidas las personas trabajadoras con contratos en prácticas o para la formación y el aprendizaje, puesto que son colectivos que requieren presencia física para cumplir con la finalidad formativa del contrato.
El documento establece los supuestos en los que el personal podrá acogerse a la opción de teletrabajo entre los que se incluyen las emergencias de salud pública; una distancia superior a 100 kilómetros desde la residencia habitual hasta el centro de trabajo; situaciones de acoso laboral o violencia de género y la atención a menores o dependientes que precisen un cuidado específico y continuado.
El plan también contempla que el Comité de Seguridad y Salud podrá proponer a los órganos de gobierno del IVF la ampliación de los supuestos de trabajo a distancia.
Por otra parte, se establece que el personal del IVF podrá prestar servicios en régimen de teletrabajo como mínimo un día a la semana y como máximo tres, siendo siempre requisito indispensable que al menos dos días semanales se acuda a la oficina.
La persona interesada en solicitar la prestación de sus servicios en la modalidad de teletrabajo bajo los parámetros indicados en este plan, deberán presentar ante el departamento de recursos humanos del IVF una solicitud formal siguiendo el modelo facilitado desde la entidad y con al menos 20 días de antelación.
Esta solicitud será valorada por el Comité de Seguridad y Salud del IVF, quien emitirá una opinión en un plazo de 5 días, que será trasladada posteriormente al director general del IVF que será quien emita una resolución final, tras lo que se suscribirá un acuerdo entre el IVF y la persona interesada.
El acuerdo tendrá una duración mínima de un mes y máxima de tres meses, pudiendo ser prorrogado por otros tres meses adicionales a petición de la persona interesada, siempre con el visto bueno de la dirección del IVF.