Hoy es 18 de diciembre

El Pleno se celebra a pesar de que el proceso para la renovación está en curso 

El TC abordará desde este martes la inconstitucionalidad del segundo estado de alarma

Foto: ALEJANDRO MARTÍNEZ VÉLEZ/EP
24/10/2021 - 

VALÈNCIA (EP). El Tribunal Constitucional (TC) ya ha fijado los asuntos que abordará en su próximo pleno, programado para el 26 de octubre. Y si bien coincide con el acuerdo al que han llegado PSOE y PP para su renovación, fuentes del órgano, consultadas por Europa Press, aseveran que el pleno se celebrará.

Si todo sigue su curso, el Pleno tiene sobre la mesa una gran cantidad de asuntos sobre los que debe votar, y el más urgente de todos -aunque solo sea porque ha ido en repetidas ocasiones al plenario y no ha dado nunca tiempo a tratarlo- es la sentencia relativa al recurso que impulsó Vox sobre la inconstitucionalidad del segundo estado de alarma que decretó el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

Previsiblemente el pleno del TC -que puede ser el último para su presidente Juan José González Rivas y para la vicepresidenta Encarnación Roca- lo declarará inconstitucional, según avanzaba ABC, ya que el magistrado ponente Antonio Narváez acogerá en su sentencia dos de los tres principales argumentos del partido de Santiago Abascal contra ese segundo periodo de estado de alarma que arrancó el 25 de octubre de 2020 y que se extendió por seis meses.

De salir adelante, este sería un nuevo revés para el Ejecutivo que ya en julio vio como el tribunal de garantías declaraba la inconstitucionalidad de algunos aspectos del primer estado de alarma.

En este recurso de inconstitucionalidad, Vox sostenía que el segundo de alarma vulneró los artículos 17, 19, 21 y 25 de la Constitución, relativos a los derechos a la libertad y a la seguridad; a la libre circulación; a la reunión y la manifestación pacíficas; y contra las sanciones administrativas que directa o subsidiariamente impliquen privación de libertad.

Vox denunció como inconstitucional además la decisión del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de comparecer sólo cada dos meses ante el Pleno de la Cámara para dar cuenta de su evolución. Ese sería uno de los aspectos que acogería el ponente en su resolución dado que se habría dado una falta de control parlamentario al Ejecutivo.

En esta ponencia, previsiblemente el TC dictaminará que para cumplir con la exigencia constitucional de fiscalización del Ejecutivo durante ese periodo de seis meses no fueron suficientes las comparecencias ocasionales que hizo Sánchez en el Congreso, y tampoco aquellas que delegó en el que fuera ministro de Sanidad Salvador Illa, y posteriormente Carolina Darias.

El segundo aspecto que reflejaría esa resolución tiene que ver con el nombramiento de los presidentes autonómicos como autoridad delegada, la denominada como cogobernanza. A juicio de Vox esto generó "un auténtico estado de desconcierto y caos" que abocó a una situación de "inseguridad jurídica" a los ciudadanos.

Cabe recordar que Vox iba contra el Real Decreto de 25 de octubre --por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2--, contra la resolución del Congreso de los Diputados de 29 de octubre de 2020 y contra el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto de 25 de octubre.

El recurso de Forcadell

Pero en el pleno del próximo martes, que se celebra con el ruido de fondo sobre los posibles cuatro nuevos magistrados que engrosarán las filas del Constitucional, se abordarán en principio hasta diez sentencias, entre ellas la relativa al recurso de amparo de la ex presidenta del Parlament de Cataluña Carme Forcadell contra la sentencia dictada el 14 de octubre de 2019 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por su participación en el 'procés' independentista catalán, y contra el auto por el que la Sala desestimó todos los incidentes de nulidad presentados por los condenados por el 'procés'.

También se delibera la sentencia relativa al recurso presentado por el Gobierno por conflicto de competencias contra algunos de los artículos del decreto por el que Canarias impuso su cierre perimetral. Cabe recordar que el TC ya en diciembre de 2020 suspendió las medidas impugnadas en lo que se refiere a los pasajeros procedentes de otro país.

El tribunal de garantías aceptó por unanimidad tramitar la impugnación del Gobierno contra los apartados segundo, tercero, cuarto, octavo (punto 4), noveno y anexo del Decreto 87/2020, de 9 de diciembre, del presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias por el que se declaraba el estado de alarma, al considerar que se había podido vulnerar la competencia del Estado en materia de sanidad exterior.

En esos preceptos se establecía la sustitución de la restricción de entrada por el control sanitario, el mecanismo de control sanitario para acceder al territorio y las exclusiones, como para personas que viajen por "razones imperativas".

La cuestión del TSJ de Aragón

Además, se verá la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) por el artículo 10.8 de la Ley que regula la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA).

Dicha ley, en el mencionado artículo, impone que las salas de los Tribunales Superiores de Justicia deben ratificar las decisiones sanitarias de carácter general, como los confinamientos perimetrales de localidades. Lo que cuestionan los magistrados es si el mencionado artículo es acorde a los artículos 106 y 117.3 y 4 de la Constitución Española de 1978.

El artículo cuestionado por los magistrados (10.8 de la LJCA) fue introducido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa el 19 de septiembre de 2020 después de que se aprobara la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

Más Madrid y Ley Celaá

Se prevé que entre los asuntos del pleno también esté la sentencia relativa al recurso de amparo que presentó Más Madrid por vulneración de derechos fundamentales en relación al reparto de representantes de la Mesa de la Asamblea como consecuencia del acuerdo de PP, Ciudadanos y Vox. En concreto, se impugnaba el acto del presidente de la Mesa de Edad por el que se proclamó el 11 de junio de 2019 a los miembros de la Mesa de la Asamblea.

También votarán la sentencia, ponencia del magistrado Andrés Ollero, relativa al recurso interpuesto por Vox-Actua Baleares contra los acuerdo de la Mesa del Parlamento balear de 29 de enero de 2020y 19 de febrero de 2020.

Sobre este asunto, el Parlament presentó en mayo de 2021 escrito de alegaciones asegurando que tramitó la petición del grupo para visitar escuelas y negando que hubiera puesto "objeciones, limitaciones o cortapisas al ejercicio del derecho a acceder a dependencias públicas" de los diputados de Vox. El partido de Abascal afirmaba que les habían denegado la posibilidad de realizar estas visitas.

Por otro lado, también prevén votar los magistrados sobre el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Ejecutivo de Sánchez contra el artículo 88 de la Ley de medidas fiscales, financieras y administrativas y del sector público, y de la creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, aprobada por Parlament catalán.

Como último punto para la deliberación de nuevas sentencias, se contempla tratar el recurso de Vox contra la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El Tribunal Constitucional estudiará así la constitucionalidad de esa nueva Ley educativa, la LOMLOE, también conocida como Ley Celaá. Cabe recordar que admitió los recursos tanto de Vox como de PP.

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