El TSJCV avala la multa a una empresa del hermano de Puig por pactar precios 

Foto: EDUARDO MANZANA
14/03/2023 - 

VALÈNCIA. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la multa de 16.801,7 euros impuesta en el año 2020 por la Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana a Comunicacions del Ports, empresa administrada por Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig. 

El órgano sancionó con un total de 43.000 euros a tres mercantiles, entre ellas esta con 16.801 euros, al observar un pacto de precios por parte de las firmas para ganar varios lotes de un concurso de corresponsalías de À Punt. 

El acuerdo en las ofertas consistió en que presentaban propuestas idénticas al alza y en cada contrato pujaba una a la baja para que todas las firmas resultaran beneficiadas de ese concurso. Algo que advirtió la propia radiotelevisión valenciana y puso en conocimiento de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC), que a su vez lo trasladó al órgano autonómico –adscrito a la Conselleria de Economía en manos de Compromís–. 

El expediente se inició en octubre de 2019 ante posibles incumplimientos de la ley de Contratos del Sector Público y se resolvió a finales de 2020 con sanción, como publicó Valencia Plaza, al declarar acreditada una infracción muy grave de la norma

Comunicacions dels Ports interpuso un recurso contencioso administrativo contra esta decisión. Ahora, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del TSJCV ha desestimado todos los motivos alegados por la mercantil sancionada.  

Los magistrados entienden que en este caso ha mediado "una conducta competitiva denominada cártel, que implica un acuerdo entre empresas del mismo sector cuyo fin es reducir o eliminar la competencia en un determinado mercado obteniendo un poder sobre el mercado para alcanzar los mayores beneficios posibles en perjuicio de los consumidores". 

 "Las cuatro empresas expedientadas utilizaron cuatro tipos o modelos de ofertas con precios idénticos en los cuatro conceptos de preferencias que se empleaban para la adjudicación", señala el TSJCV. 

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