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el plan simplifica crea una nueva figura 

Inversión mínima de 50 millones y 200 empleos, requisitos para los proyectos de interés autonómico

15/07/2024 - 

VALÈNCIA. Una inversión mínima de 50 millones de euros en activos productivos y 200 empleos. Estos son los requisitos mínimos que pedirá la Generalitat Valenciana para declarar un proyecto de interés autonómico. Así lo recoge el decreto ley de simplificación administrativa de la Generalitat, en el que se crea esta nueva figura para unificar los Proyectos de Inversión Estratégica Sostenible y los Territoriales Estratégicos.

Unas fórmulas que fueron creadas durante el Govern del Botànic en una modificación de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje y con las que pretendían acelerar e incentivar los proyectos alineados con la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana. En esta figura, que agiliza los trámites para la implantación, se han enmarcado proyectos como la planta de Edwards Lifescience, Power Co o PLD Space. Cabe recordar que el Gobierno de Carlos Mazón, en el proceso de reducir trámites, eliminó la obligación de sacar estas propuestas a consulta pública.

Estos proyectos autonómicos solo serán admisibles para usos de carácter terciario, industrial o logístico y, en el caso de las instalaciones energéticas, la inversión tendrá que ser de mínimo 75 millones de euros. Unos proyectos que tendrán que tener congruencia con el plan industria de la Comunitat y que no podrán plantear actuaciones referidas a usos residenciales. Excepcionalmente, el Consell podrá aprobar la implantación de usos residenciales como complementarios del uso principal y en todo caso sin que se pueda sobrepasar el porcentaje del 5% de la edificabilidad total autorizada.

Sin inversión mínima para zonas despobladas

Para su declaración como Proyectos de Interés Autonómico se tendrá en cuenta su contribución a la dinamización y el desarrollo de la economía regional en términos de empleo, riqueza y sostenibilidad. En el caso de que la iniciativa de inversión se proyecte en algún municipio o zona en riesgo de despoblación, el proyecto llevará implícito el carácter de interés autonómico, sin que sea necesario cumplir con los requisitos mínimos de inversión o de generación de empleo.

Foto: KIKE TABERNER

Las personas titulares de estos proyectos dispondrán de una ventanilla única de solicitud y por lo tanto de una sola interlocución, que coordinará el ejercicio de las competencias de los órganos y administraciones afectados, en su caso, para la puesta en marcha de la actividad. Para ello, a través de la ley se crea la Oficina de inversiones y proyectos estratégicos, adscrita al órgano con competencias en proyectos estratégico

Otras beneficios, al margen de la ventanilla única, podrían ser el eximir al proyecto de las licencias municipales de obra y de actividad y de las autorizaciones cuya regulación sea competencia de la Generalitat o acordar la reparcelación forzosa y la enajenación directa de bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo para el proyecto, entre otros trámites.

Iniciativa desde la parte privada

"La redacción actual del Decreto Legislativo 1/2021 por el que se aprueba el TRLOTUP ha resultado excesivamente burocrática y farragosa, lo que viene siendo considerado por los agentes económicos que han mostrado interés en desarrollar proyectos de inversión en la Comunitat Valenciana como un freno considerable a los mismos", señala el Consell como justificación de la necesidad de esta nueva figura. "Esa regulación actual parte de ciertas premisas que han resultado tener una eficacia muy discutible como, por ejemplo, que este tipo de iniciativa las pueda proponer una administración pública, cuando la situación ideal debería ser que fueran el centro de la colaboración público-privada, partiendo de la iniciativa de inversión empresarial privada en la realización de proyectos que puedan resultar estratégicos para la Comunitat", apuntan. "La actual tramitación establecida en el TRLOTUP ha resultado ser excesivamente farragosa y burocrática, y así viene siendo considerado por los agentes sociales", insisten.

Por otra parte, a nivel de procedimiento se considera que, a diferencia de lo que sucede en la actualidad, donde el pronunciamiento favorable del Consell "es una mera determinación del carácter estratégico de la actuación" pero no su aprobación, el paso por éste sea el último y no necesite nada más para hacer posible la ejecución del proyecto. El plazo de decisión para el Consell será, como máximo, de tres meses a contar desde la recepción por su parte de toda la documentación que le ha de remitir la conselleria competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Transcurrido éste, se entenderá desestimada la iniciativa. 

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