VALÈNCIA. La Comunitat Valenciana se desmarca de la limitación del alquiler. Cierto es que el control de los valores era algo que ya había descartado el Consell de Carlos Mazón, pero, tras la publicación este martes del índice del Gobierno que 'topará' los precios, el Ejecutivo autonómico reafirma su negativa. Y es que, aunque la Ley de Vivienda así lo fija, las competencias en esta materia son de las comunidades autónomas, por lo que son ellas las que deciden si recurren a esta medida o no. De hecho, dado que la mayoría de regiones en España están gobernadas por el PP, lo más probable es que su aplicación no sea mayoritaria. Por el momento, Cataluña es la única que se ha sumado.
"El Consell no es partidario de topar los precios. Estamos trabajando para poner en el mercado 10.000 nuevas viviendas para compra o alquiler a precio asequible porque la mejor manera de regular el mercado es aumentando la oferta", señalan fuentes de la Conselleria de Vivienda a este diario. Por tanto, 'portazo' a cualquier posibilidad en este sentido.
La Generalitat Valenciana ya se había mostrado en contra de la limitación del alquiler, al considerar que solo favorece la reducción de oferta, como señalan también desde el sector. Tanto es así que, en las primeras semanas de entrada en vigor de la Ley de Vivienda, que incluye este control de precios, solo en València el número de viviendas disponibles en el mercado bajó un 15%, según datos de la Asociación de Empresas Inmobiliarias de la Comunitat Valenciana (Asicval).
En cualquier caso, desde el Gobierno defienden que con este índice lo que se ha buscado es establecer un sistema que "dote de seguridad jurídica" a arrendadores y arrendatarios y sirva para controlar las rentas de la vivienda, con el objetivo de que "no se destine más del 30% de los ingresos al alquiler". Y más teniendo en cuenta el alza de precios, que ha sufrido la mayoría de ciudad en los últimos años.
Pero, ¿qué es este índice de precios de referencia? Se trata de un sistema de rango de precios, que establecerá precios máximos y mínimos para una vivienda a partir de las características de la misma. Además, será homogéneo para todo el territorio nacional, de base tributaria y se actualizará cada año. Aunque se ha publicado este martes, no entrará en vigor hasta el 13 de marzo.
Al ser de base tributaria, el secretario de Estado de Vivienda, David Lucas, explicó que para su diseño se ha utilizado la última declaración de la renta de los distintos propietarios, que en el caso de este año será la de 2022, y se actualizará anualmente, con la última declaración a la renta disponible. El rango de valores será de un máximo y un mínimo por zonas y dependerá de las características de la vivienda como la superficie, el estado conservación, si tiene ascensor o no, aparcamiento, año de construcción o zonas comunes. El objetivo es que las viviendas "con menos valor" no puedan incrementar su precio al ser equiparadas con viviendas de mayor calidad en la misma zona.
Eso sí, lo primero será declarar una zona como 'tensionada'. Ese es el paso previo y que deben dar las autonomías. Sin esa consideración, no se aplica el índice. Pero, además, la limitación estará constreñida a grandes tenedores, así como a viviendas que no hayan estado arrendadas en los últimos cinco años. Por tanto, los inmuebles que no se ubiquen en estas áreas no tendrán esta contención de precios, por lo que la renta en los nuevos contratos será la libremente estipulada por las partes.
El rango de valores de referencia está disponible en la web del Ministerio de Vivienda. En primer lugar, se deberá introducir la dirección o referencia catastral de la vivienda en cuestión para identificar la sección censal en la que se encuentra. A continuación, el usuario debe indicar las características de la vivienda y del contrato de arrendamiento. Algunas de estas características (superficie y antigüedad del edificio) son proporcionadas en tiempo real por la base de datos del Catastro Inmobiliario.
En este sentido, Lucas señaló que si se consulta el índice, en Barcelona, por ejemplo, una vivienda en un portal inmobiliario puede tener un precio de más 2.000 euros para alquiler, pero el rango de precios de referencias del índice lo establece entre los 600 y 900 euros.
Para la creación de esta nueva referencia, el Gobierno ha tomado información facilitada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, relativa al contenido de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de inmuebles de uso residencial en arrendamiento, y mediante unos elementos de corrección y ponderación desarrollados en el contexto de un Grupo Técnico coordinado por la Dirección General de Vivienda y Suelo.