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La juez del 'caso Mediador' pide al Congreso que le dé los "efectos" depositados en el despacho de 'Tito Berni'

6/03/2023 - 

VALÈNCIA (EP). La juez del 'caso Mediador' ha solicitado a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, que preste "autorización y colaboración" de modo que la Secretaría Técnica entregue a la Policía Nacional los "efectos" depositados en el despacho de la Cámara Baja que usaba el ahora ex diputado socialista Juan Bernardo Fuentes Curbelo, alias 'Tito Berni', al que señala como "líder de la rama política de la organización criminal".

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada detalla que, "en el supuesto de que la Presidencia del Congreso colaborara entregando dichos dispositivos, se acuerda que se proceda por la Policía Nacional, Grupo de Delitos Tecnológicos, a abrir, análisis, estudio y confección del correspondiente informe pericial de todos los equipos informáticos y de otros dispositivos/medios de almacenamiento digital/analógico".

La titular del Juzgado de Instrucción Número 4 de Santa Cruz de Tenerife, Ángeles Lorenzo-Cáceres, explica que tras las entradas y registros en la casa y los "domicilios jurídicos" de Fuentes Curbelo "se solicitó a la Comisaría Especial del Congreso de los Diputados información sobre los efectos que pudieran existir en el despacho".

La comisaría contestó que "en el mencionado despacho se encuentra diversa documentación y efectos personales, así como un ordenador de sobremesa propiedad del Congreso, todo ello para uso del ex diputado" investigado.

En consecuencia, la Policía solicitó autorización judicial para acceder al antiguo despacho de Fuentes Curbelo en el Congreso de los Diputados e intervenir, "sin restricciones", "los efectos depositados en el interior".

El fiscal anticorrupción Jaime Serrano-Jover se opuso a ese acceso ilimitado al despacho de 'Tito Berni', recordando que "las Cortes Generales son inviolables", pero apoyó el acceso policial, "con las previsiones y prevenciones que consideren oportunas", "para la entrega e intervención de los terminales informáticos o aparatos de almacenamiento de datos e información, documentos o cualesquiera otros efectos que pertenezcan al investigado".

Medida "excepcional"

Lorenzo-Cáceres señala que, efectivamente, el artículo 66.3 de la Constitución española establece literalmente que "las Cortes Generales son inviolables", si bien matiza que "su finalidad se orienta a la protección de la institución frente a cualesquiera interferencias" en el ejercicio de sus funciones, por lo que cree que debe entenderse como "un manto protector global necesario para el correcto ejercicio de tan importantes funciones constitucionales".

No obstante, recaba el apoyo de Batet por cuanto el artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) establece que "el juez necesitará, para la entrada y registro en el Palacio de cualquiera de los cuerpos colegisladores, la autorización del presidente respectivo".

La instructora esgrime que se trata de una medida necesaria, idónea y proporcional por cuanto "a través de la intervención se pueden conocer las identidades, los movimientos de los investigados, la existencia de otros posibles partícipes y realizar ampliaciones de la investigación".

"No halla por esta juzgadora la posibilidad de alcanzar la finalidad perseguida a través de otras medidas menos gravosas", dice, mostrándose consciente de que es también una medida "excepcional".

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