CASTELLÓ. El proyecto de Ley de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de Animales de Compañía y otras medidas de bienestar animal, que ahora se debate en Les Corts, no concreta qué especies deben ser objeto de identificación obligatoria. Pese a que en el preámbulo del texto se considera que la identificación “plena” es uno de “los pilares fundamentales para la lucha contra el abandono”, en su articulado no se planteaba ampliar la obligatoriedad de identificar con el microchip a los gatos y hurones (hoy sólo se exige a los perros, équidos, animales potencialmente peli-grosos y especies exóticas invasoras). El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) –que ya alegó en múltiples ocasiones en este sentido- considera que existen sobradas razones científicas, técnicas o jurídicas para establecer la identificación obligatoria de las tres especies. Sin ella, no sólo será imposible “erradicar” –como la Ley dice pretender- el abandono de animales de compañía, sino que, además, “se asumirán riesgos sanitarios innecesarios derivados de la falta de censos para llevar a cabo el control de las zoonosis o de las enfermedades emergentes que pudieran surgir en las que gatos o hurones (no obligados a identificar) puedan actuar como reservorios o transmisores”, razona la presidenta del CVCV, Inmaculada Ibor.
La identificación obligatoria de estas dos especies es una medida largamente reivindicada que, en la práctica totalidad de regiones en las que se ha producido en los últimos años un cambio normativo en este terreno, sí ha sido atendida. Madrid, Cataluña, Murcia, Rioja, Navarra y Castilla La Mancha ya lo han hecho; Andalucía y Asturias han ampliado la identificación de perros a gatos y otros países de nuestro entorno –como Francia y Portugal- también obligan a microchipar y registrar a estos tres animales. “La identificación de gatos y hurones, como ya ocurre con los perros, permitiría localizar rápidamente a los dueños y recuperar al animal perdido o incluso depurar responsabilidades en el caso de que se hubieran desentendido de él o hubiera sospecha de maltrato”, aclara Ibor. “Si no se identifican los gatos, el control poblacional de las colonias a través de campañas de captura, esterilización y retorno -que también fomenta esta Ley- se vería comprometido por aquellos felinos domésticos que son abandonados, se pierden o pasean solos, provocando que el número de animales de la colonia pueda incrementarse”, explica la representante colegial.
Según datos de la Red Informática Valenciana de Identificación Animal (RIVIA), en 2021 se presentaron 1.435 denuncias por robo o pérdida de un perro, de las que se resolvieron felizmente 1.289 –el 89,82%- (las recuperaciones reales gracias al chip serían muchas más porque en la mayor parte de casos no se denuncia y el can es recuperado en sólo horas, al poco de leer del chip los datos del nombre y dirección del dueño). Al no ser obligatoria para gatos, en ese mismo año, sólo se presentaron 165 denuncias de este tipo y sólo se localizó al titular del felino en 66 ocasiones.
Pero es que, además, existen importantes razones sanitarias, vinculadas a la salud pública, así como legales que aconsejarían introducir este requisito. Efectivamente, la normativa comunitaria establece que la fecha de ad-ministración de la vacuna antirrábica no sea anterior a la de aplicación del transponder de identificación. En tanto en la Comunitat es obligado inmunizar contra este virus a perros, gatos y hurones, también debiera serlo identificarlos. En idéntico sentido podría hablarse de la Leishmania, otra enfermedad que puede contagiarse a personas y animales mediante la intervención del mosquito flebótomo, que es también la zoonosis de declaración obligatoria más diagnosticada por los veterinarios y cuya incidencia en humanos viene creciendo en los últimos años exponencialmente.
El CVCV apela a las mismas razones de eficacia en la lucha contra el abandono y el maltrato animal, así como sanitarias –relativas a la vacunación y desparasitación- para defender que todos los perros sean amparados bajo esta norma. Y reitera que no hay razones científico-técnicas para considerarlos diferentes porque tienen las mismas necesidades físicas, etológicas y fisiológicas, si bien postula que –en función de la actividad o función específica del animal en cuestión (cazador, pastor, policía, lazarillo…)- podrían estudiarse algunas excepciones en la regulación.
El CVCV está preocupado por algunos aspectos puntuales del articulado de esta Ley. En este sentido, los veterinarios reclaman que se clarifique qué sujeto debe llevar a cabo la identificación y/o esterilización obligatoria de un animal, si el responsable legal o el responsable temporal. En parecido sentido, el CVCV rechaza –como parece sugerirse- que los veterinarios clínicos tengan que realizar funciones de control o denuncia de posibles incumplimientos en materia de identificación. De un lado, porque a los veterinarios autorizados o colaboradores del RIVIA no se les reconoce como autoridades competentes y porque, además, actuar de tal manera podría provocar el efecto contrario al que se pretende: los propietarios no acudirían a las clínicas por miedo a la denuncia, por lo que los animales quedarían desatendidos o incluso podrían abandonarse. En el terreno de los problemas conductuales, el CVCV reclama también que se distinga entre el veterinario, único profesional cualificado para el diagnóstico y la prescripción de los tratamientos farmacológicos y para la modificación de la conducta que procedan en cada caso, y los educadores o adiestradores, profesionales formados para poner en práctica esos tratamientos e indicaciones prescritos así como para realizar actividades genéricas de educación y adiestramiento en animales sanos. En caso de mantener esta confusión terminológica el CVCV alerta de que la norma podría acabar por fomentar el intrusismo.