Comervi -que es como se denomina actualmente la compañía- solicita el arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI)
CASTELLÓ. El despacho de abogados B. Cremades & Asociados, en representación de la sociedad española Comercializadora Mediterránea de Viviendas, S.L. (Comervi) -lo que antes era Marina d’Or-Loger, ha presentado una solicitud de arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) contra el Reino de Marruecos por una reclamación de más de 400 millones de euros, según ha informado este jueves fuentes del propio despacho madrileño. El CIADI es una de las cinco organizaciones de la que se compone el Banco Mundial.
Los hechos se remontan a 2004 cuando Marina d’Or participó en la iniciativa lanzada por Marruecos para la descongestión de los núcleos urbanos superpoblados mediante la creación de ciudades satélite de nueva construcción. Tal iniciativa, recuerda los representantes legales de la compañía castellonense, fue aplaudida por la comunidad internacional y recibió el respaldo de tanto el Banco Mundial como la Unión Europea. Esta iniciativa atrajo también inversiones inmobiliarias.
La sociedad española con sede en Oropesa del Mar se involucró en la construcción de dos grandes complejos inmobiliarios: El primero es la denominada Nueva Ciudad de Tamesna a las afueras de Rabat, a la que el Estado marroquí dotaría de todos los equipamientos e infraestructuras necesarios para hacer posible la nueva ciudad, que quedaría conectada a Rabat por autovía, tren y demás servicios de transporte necesarios. De hecho, parte del campus de la Universidad de Rabat se trasladaría a la Nueva Ciudad de Tamesna.
Marina d’Or recuperaría su inversión mediante la venta de los complejos inmobiliarios construidos. Finalmente y según estas mismas fuentes, la inacción del Gobierno marroquí para la dotación de los equipamientos e infraestructuras, unida a la modificación de la ordenación urbanística de la ciudad, han abocado a que aquella idílica nueva ciudad actualmente se reduzca a unos cuantos edificios aislados, que ni siquiera cuentan con servicio de recogida de basuras, rodeados de mercadillos ilegales.
Por otro lado, Marina d’Or también había acordado con la administración pública marroquí la construcción de otro complejo inmobiliario denominado La Perla de Tánger en la ciudad Tánger. Esta inversión fue igualmente concebida para su venta a terceros, financiándose la construcción mediante la venta de los nuevos inmuebles a los nuevos residentes. Durante la ejecución de este proyecto el inversor español fue víctima de un bloqueo administrativo resultante de conflictos internos entre las autoridades marroquíes, reconocido por el propio Tribunal de Cuentas marroquí en su informe especial de 2014, que se ha traducido en la pérdida irremediable y total de la inversión proyectada.
La controversia lleva arrastrándose años sin solución. Antes de presentar la solicitud de arbitraje y según el despacho de abogados, Marina d’Or ha tratado de negociar con el Gobierno marroquí una salida a sus inversiones en la Nueva Ciudad de Tamesna y en La Perla de Tánger sin éxito. Todas las negociaciones con el Gobierno marroquí han sido inútiles y frustradas por las propias autoridades marroquíes involucradas.
Bernardo Cremades Jr., socio del despacho B. Cremades & Asociados, ha señalado al respecto que “en Marruecos se producen preocupantes atropellos a las inversiones españolas”. Por su parte, Jesús Ger García, fundador y presidente de Marina d’Or, también ha mostrado su indignación con las autoridades marroquíes por el trato recibido contra su empresa e inversiones.
La solicitud de arbitraje, tal como argumenta la sociedad española, se fundamenta en las garantías de protección de inversiones establecidas en el Tratado Bilateral de Promoción y Protección de Inversiones suscrito entre España y Marruecos de 11 de diciembre de 1997, el cual incluye una cláusula de arbitraje internacional ante el CIADI. Con esta solicitud de arbitraje, y gracias al sistema internacional de protección de inversiones, Marina d’Or tiene la posibilidad de acudir a un tribunal internacional de arbitraje para obtener una justa compensación por la pérdida de sus inversiones que, de otra manera, sería prácticamente inviable. El eventual laudo que dicte el tribunal arbitral es de obligado cumplimiento para el Reino de Marruecos, recuerdan las mismas fuentes.