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por el 'caso de los sobres'

Nomdedéu, Brancal y Torres serán juzgados por un jurado popular a partir del 12 de enero

5/11/2021 - 

CASTELLÓ (EP). El secretario autonómico de Empleo, Enric Nomdedéu; la exvicealcaldesa de Castelló Ali Brancal; y el que fuera asesor de Compromís Miquel Torres, serán juzgados a partir del 12 de enero de 2022 por el conocido como caso de los sobres, que investiga si utilizaron el servicio postal municipal del Ayuntamiento de la capital de la Plana para enviar papeletas electorales en 2014.

Los tres acusados serán juzgados por un jurado popular, que se constituirá el 11 de enero, según se indica en un auto de la Oficina del Jurado de la Audiencia Provincial de Castellón.

Sobreseída y reabierta

En noviembre de 2019 la causa fue sobreseída tras pedir la Fiscalía el archivo de la misma. El querellante -el Partido Popular- presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el que solicitaba que se revocase el auto y se acordase la continuación del procedimiento, al alegar que el resultado de las pruebas permitía concluir la concurrencia de todos los requisitos exigidos por el tipo penal objeto de querella -malversación de caudales públicos-.

La Audiencia de Castellón estimó el recurso al considerar que, examinada toda la instrucción seguida y las alegaciones de las partes, asistía la razón al recurrente, pues del resultado de las diligencias de investigación practicadas no era posible descartar la participación de los investigados en los hechos ilícitos denunciados, "pues existen suficientes indicios racionales de criminalidad para su imputación".

El juzgado consideró que procedía entonces acordar la apertura del juicio oral al considerar la argumentación contenida en el auto dictado por la Audiencia Provincial.

Las penas solicitadas

El PP pide por un delito de malversación de caudales públicos 3 años de prisión para Nomdedéu, Brancal y Torres, así como inhabilitación especial para el cargo o empleo público por un periodo de 6 años; y, además, solicita otros 3 años de prisión e inhabilitación especial por un periodo de 2 años para el secretario autonómico de Empleo por falsedad documental.

El ministerio fiscal, en su escrito de conclusiones provisionales, señaló que los hechos relatados no eran constitutivos de delito, y sin delito no hay autor, por lo que pedía la absolución de los acusados, al igual que sus defensas.

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