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Se reabre debate sobre una posible ley contra la prostitución

Regulacionismo o abolicionismo: ¿cómo se puede legislar la prostitución?

1/11/2021 - 

VALÈNCIA. El debate sobre el modelo que podría legislar la prostitución en España ha surgido de nuevo, y como de costumbre, acompañado de numerosas discrepancias en la izquierda. La propuesta de los socialistas sobre una ley que abola la prostitución ha evidenciado la posibilidad de construir múltiples modelos, y también la existencia de diferencias dentro de cada uno de ellos.  

La alternativa abolicionista defendida por grandes sectores del PSOE y Podemos no considera la prostitución voluntaria, solo la forzada, por lo que se culpabiliza a la demanda (al cliente) y al proxeneta, y la prostituta es comprendida como una víctima de explotación sexual. Susana Gisbert Grifo, fiscala especializada en violencia de género, explica a Valencia Plaza que, en este modelo, probar los hechos sería necesario para aplicar la ley, por ejemplo, en locales con licencia de bar de copas. No obstante, en muchos casos existen evidencias que harían esto posible, como la actividad en las habitaciones de estos establecimientos. 

Las asociaciones y redes de supervivientes de la prostitución abolicionistas respaldan la creación de una ley exclusiva para esta cuestión, y muchas de ellas toman como referencia la LOASP, el proyecto de Ley Orgánica para la Abolición del Sistema Prostitucional, que prioriza la sensibilización, prevención y asistencia a mujeres prostituidas. 

Sin embargo, desde el Ministerio de Igualdad, dirigido por Irene Montero, se ha puesto en duda la necesidad de esta ley integral. Esto se debe a que la Ley de Libertad Sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí’, ya contiene medidas en contra de la prostitución, como la tercería locativa o el ejercicio de proxenetismo violento o no violento. 

Foto: EFE

La tercería locativa ha supuesto una de las partes más polémicas de la ley por castigar el ejercicio de los propietarios de locales, abiertos o no al público, destinados a la explotación de la prostitución. Este punto ya fue suprimido del Código Penal en la reforma de 1995 durante el cuarto gobierno del socialista Felipe González, y ahora contempla en el artículo 187 bis penas de prisión de uno a tres años y multas de 6 a 18 meses, al haber sido incluido en su segundo borrador. 

En Comú Podem ya anunció que se disponía a enmendar la ley de Libertad Sexual, debido a que se oponían a la tercería locativa, alegando que esta pena podría empeorar las condiciones de trabajo de las prostitutas. Además, la formación defendió la dotación de derechos al colectivo, lo que aleja su posición de la abolicionista que mantiene el Gobierno central.

Por otra parte, y en relación con la postura del grupo catalán, el regulacionismo considera casi imposible la tarea de acabar con la explotación sexual, por lo que aboga por otorgar derechos a las trabajadoras sexuales y las reconoce jurídicamente. De esta manera, se facilita el acceso de prostitutas a la cobertura sanitaria y laboral y se despenaliza la actividad de la prostitución, ya que se considera el trabajo sexual voluntario.

María Acale Sánchez, directora del Departamento de Derecho Internacional Público, Penal y Procesal en la Universidad de Cádiz, cuenta que se abocaría a las prostitutas a las calles y a sus propios domicilios en un modelo abolicionista. “Si se regula el ejercicio de la prostitución se determinan los sitios y horarios, y si alguien se sale de la regulación se le multa. Pero no se multa al cliente que lo consume”, informa. “Se evita la doble victimización de la mujer”.

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