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once puntos en el orden del día

Cleop cita de forma presencial a sus accionistas para la junta del próximo 24 de julio

23/06/2020 - 

VALÈNCIA (VP). El consejo de administración de Compañía Levantina de Edificación y Obras Públicas -más conocido como Cleop a secas- ha convocado junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas, que tendrá lugar a las diez de la mañana en el Salón Gran Pinedo del Hotel Sercotel Sorolla Palace de València, el próximo 23 de julio en primera instancia y al día siguiente a la misma hora, que será previsiblemente cuando se celebre. Así ha informado por hecho relevante la cotizada valenciana a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El orden del día está compuesto de los siguientes puntos:

1) Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales e informe de gestión correspondiente al ejercicio 2019, así como de la gestión del consejo durante el mismo periodo y aplicación de resultados. Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales e informe de gestión del grupo consolidado, correspondiente al ejercicio 2019.

2) Acuerdo sobre aplicación de resultados.

3) Ratificación del nombramiento de consejero de Elisa Maldonado Garrido.

4) Reelección de auditores de cuentas de la compañía y de su grupo consolidado.

5) Modificación del artículo 19 de los estatutos sociales, referente a la regulación de la junta general.

6) Modificación del artículo 32 de los estatutos sociales, referente a la regulación del consejo de administración.

7) Modificación de los artículos 7 y 9, e inclusión del nuevo artículo 9 Bis, del reglamento de la junta general de accionistas.

8) Autorización al consejo de administración de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital para la adquisición de acciones de la propia compañía, con fijación de todos los requisitos exigidos en la normativa.

9) Votación consultiva del informe anual sobre la política de retribución de los consejeros.

10) Delegación de facultades para elevar a públicos los precedentes acuerdos, con la facultad de subsanar, aclarar, rectificar o completar los mismos en cuanto fuere necesario para su inscripción en el Registro Mercantil.

11) Lectura y aprobación del acta por la propia junta.

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