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le pide que publique las puntuaciones para despejar la sombra de la "arbitrariedad"

El Síndic de Greuges señala las ayudas a pueblos de Dalmau como ejemplo de falta de transparencia

Foto: KIKE TABERNER
22/04/2021 - 

VALÈNCIA. El informe anual de 2020 del Síndic de Greuges que el pasado martes entregó Ángel Luna al presidente de Les Corts, Enric Morera, da un fuerte tirón de orejas a las administraciones valencianas por su falta de transparencia. Una circunstancia que, según relata el documento, se ha visto agravada por la covid-19 y ha afectado "seriamente" al derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos. 

En el informe, el Síndic de Greuges recoge varias de las quejas recibidas por falta de transparencia y, entre ellas, se encuentra la protesta de la diputada Mamen Peris, del grupo parlamentario Ciudadanos, por que la Conselleria de Vivienda que dirige Rubén Martínez Dalmau no hiciera públicas las puntuaciones en las que se basó para adjudicar las ayudas del programa Reconstruïm pobles a 70 municipios de la Comunitat Valenciana en 2020. Como publicó en exclusiva Plaza, Dalmau eligió a dedo a algunos pueblos beneficiarios cuyos proyectos, según la clasificación realizada por los técnicos de la Conselleria, no estaban entre los 70 que más se ajustaban a los criterios de selección anunciados. 

A raíz de la queja de Cs, el Síndic de Greuges relata que solicitó a la Conselleria de Vivienda que publicase las puntuaciones que obtuvieron los 450 municipios que se presentaron y la selección de los mejores valorados. "La Conselleria no nos envió esta información", explica el defensor del pueblo, sino que el departamento gobernado por los morados justificó que se trataban de ayudas otorgadas por "concesión directa" y no por "concurrencia competitiva en la que se tuvieran que aplicar unos criterios objetivos de otorgamiento de la subvención conforme a unas bases reguladoras".

Sin embargo, la justificación de la Conselleria de Vivienda no convence al Síndic. "Consideramos, por un lado, que el procedimiento ordinario o normal de concesión de subvenciones es la concurrencia competitiva", expone para más tarde señalar que si se pretendía otorgar estas ayudas de forma directa debía haber incorporado previamente el informe de Abogacía de la Generalitat, tal y como exige la ley de Hacienda Pública y Subvenciones. "En este caso, no se había acreditado por parte de la Conselleria la existencia de este informe previo", subraya el informe del defensor del pueblo.

Foto: CORTS/INMA CABALLER

El Síndic de Greuges, además, insiste en que "según la información publicada por la propia Conselleria en su página web, lo cierto y verdad es que sí se aplicaron unos criterios de selección detallados de forma pormenorizada". Y menciona los cuatro documentos que el departamento de Dalmau hizo públicos antes de conceder las ayudas: la carta de invitación a los ayuntamientos, el listado de actuaciones presentadas, las actuaciones seleccionadas y los criterios de selección aplicados. 

"Se presentaron 450 actuaciones -municipios- y se seleccionaron 70, y se aplicaron tanto criterios de selección técnicos y sociales, como criterios de distribución y equidad territorial. Pero esta institución pudo constatar que no se ha publicado información alguna sobre la forma en que se aplicaron esos criterios de selección, pues no aparecen las puntuaciones otorgadas a las 450 actuaciones urbanas, de manera que resulta imposible saber el orden de selección de mayor a menor puntuación obtenida, ni tampoco las razones que justifican en cada caso el distinto importe de la ayuda concedida", apunta el documento. 

"En materia de subvenciones públicas, esta institución tiene dicho que la gestión de estas debe hacerse respetando los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, porque se trata, ni más ni menos, de conceder dinero público procedente de los impuestos pagados por la ciudadanía", amonesta la memoria anual a la Conselleria de Dalmau. En este sentido, también apunta a que la subvenciones pueden ser discrecionales, "pero una vez ha sido regulada normativamente termina la discrecionalidad y comienza la previsión reglada cuya aplicación escapa del puro voluntarismo de aquellas". 

Con todo, no solo insiste en que deben publicarse las puntuaciones para descartar "cualquier atisbo de arbitrariedad", sino que también censura que el procedimiento seguido por el departamento del vicepresidente segundo para seleccionar las actuaciones urbanas "adolece de una evidente falta de motivación al no haberse publicado las puntuaciones otorgadas a cada una de ellas y, por tanto, resulta imposible conocer las razones que justifican la selección de los proyectos y los concretos importes de las subvenciones concedidas". A pesar del tiempo transcurrido, el Síndic de Greuges sigue "a la espera de recibir contestación sobre la aceptación o rechazo de la recomendación". 

La polémica

La Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática puso en marcha en abril del año pasado el programa Reconstruïm pobles cuya finalidad era destinar ayudas a los municipios valencianos para rehabilitar edificios y adecuar entornos urbanos. Para acceder a este plan de ayudas, el departamento dirigido por los morados invitó a los ayuntamientos de la Comunitat a enviar proyectos a través de una carta y estableció unos criterios de selección que, a priori, debían servir para elegir los consistorios que percibirían la subvención. Ambos documentos fueron publicados en la web del departamento y el Síndic de Greuges hace alusión a estos como prueba de que la Conselleria se comprometió a seguir esos criterios para seleccionar a los beneficiarios. 

Dos meses después de que se pusiera en marcha este programa, la Conselleria de Vivienda publicó el listado de las localidades valencianas que habían resultado elegidas. Pero el documento de la resolución despertó un fuerte malestar en los consistorios que quedaron fuera porque el departamento de Dalmau tan solo hizo pública una relación de los beneficiarios junto a las actuaciones comprometidas en cada una de esas localidades. Sin embargo, en la web no podía consultarse ni las puntuaciones, ni los motivos de exclusión del resto. Tras este malestar, el departamento dirigido por Dalmau publicó un documento que recogía los "criterios de selección de las actuaciones urbanas" que habían seguido para elegir a unos pueblos frente a otros. 

En ese escrito, la Vicepresidencia segunda exponía que se habían definido "9 criterios de baremación". "Las memorias han sido ordenadas según el número de criterios debidamente justificados". Una introducción seguida de los "criterios técnicos" y "criterios sociales" tenidos en cuenta a los que hace referencia el Síndic de Greuges. 

A continuación, el documento describía cómo se había seleccionado a las localidades agraciadas: "Las actuaciones de los municipios con puntuación técnica superior a 7 han sido seleccionadas", expone el primer apartado; "Las actuaciones de los municipios con puntuación técnica 5 y 6 han sido seleccionadas si, además, las localidades están identificadas en el VEUS con un grado de vulnerabilidad superior a 2 o fueron afectadas por la DANA o están en riesgo de despoblamiento", recoge el segundo punto de la valoración; "Las actuaciones de los municipios con puntuación técnica 4 han sido seleccionadas si, además, las localidades están identificadas en el VEUS con un grado de vulnerabilidad superior a 3", concluía el texto. 

Es decir, en ese documento el departamento gestionado por el dirigente morado daba explicaciones sobre cómo se había resuelto este programa y exponía cómo los ayuntamientos habían sido puntuados. Una baremación que, no obstante, aún no se ha hecho pública y que incluso Dalmau llegó a negar que existiera. Sin embargo, el documento al que tuvo acceso este diario con la citada baremación, demostraba que los 20 de los 70 municipios seleccionados no se encontraban entre los mejores valorados, aunque habían sido seleccionados por la Conselleria para recibir estas subvenciones. 

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