CASTELLÓ. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Castelló ha aprobado este jueves inicialmente el nuevo Reglamento del Transporte Urbano en Autobús, que se expondrá al público durante un plazo de 30 días tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en la web municipal, www.castello.es. El texto actualiza el reglamento ahora vigente aprobado en febrero de 2013 e incluye novedades como la regulación de las paradas intermedias por razones de seguridad desde una perspectiva de género (paradas de bus a demanda para mujeres), el acceso al autobús con animales de compañía o la posibilidad de transportar bicicletas plegables y otros vehículos de movilidad personal.
Además, el bono joven se amplía de los 24 hasta los 30 años y se incorporan en el articulado los bonos sociales. Esta actualización también incide específicamente en la atención a la accesibilidad universal y se especifica que el acceso de las personas viajeras con movilidad reducida deberá realizarse garantizando su máxima seguridad y, si lo necesitan, la persona conductora facilitará su embarque, pudiendo subir y bajar del autobús por la puerta cuya utilización les proporcione mayor comodidad.
"Actualizamos para introducir importantes novedades que hemos impulsado en los últimos años, como las paradas a demanda para las mujeres, la posibilidad de acceder con animales de compañía o el transporte de bicicletas plegables", ha explicado el concejal de Movilidad Sostenible, Jorge Ribes. "El actual reglamento se había quedado obsoleto, por lo que era necesaria una actualización de la normativa para adaptarla a la realidad y a las circunstancias de la prestación del servicio actual", ha insistido Ribes. El concejal también ha hecho hincapié a la "introducción de los bonos sociales en el reglamento y a la ampliación de la edad para poder acceder al bono joven".
Respecto a las novedades, en las paradas a demanda para mujeres, se establece que "el Ayuntamiento podrá autorizar paradas intermedias para el desembarque, fuera de las prefijadas, en las líneas, tramos, condiciones y horarios que se determinen para cada servicio, atendiendo, especialmente, a razones de seguridad o accesibilidad y siempre desde una perspectiva de género y de inclusión social". En cuanto al acceso de bicicletas y otros vehículos de movilidad personal, se especifica que "serán admitidas las bicicletas plegables y otros vehículos de movilidad personal tales como patinetes, patinetes eléctricos, monopatines y otros análogos. Es obligatorio que la bicicleta o el vehículo de movilidad personal esté plegada, cuando esto sea posible, antes de subir al vehículo, debiendo situarse en la plataforma central y estando sujeta en todo momento por su propietario y propietaria".
Y en cuanto al acceso de animales de compañía, en base a este nuevo reglamento, "se permite viajar en el vehículo portando pequeños animales de compañía, sujetos en los brazos o dentro de receptáculos idóneos, siempre que no produzcan molestias al olfato, al oído o en general al confort de los restantes viajeros y viajeras. Se exceptúan de lo anterior, los perros guías, de asistencia o de apoyo que estén acreditados para estas funciones por centros homologados, pudiendo viajar en las condiciones que se establezcan en la normativa de aplicación, en todo momento junto a la persona que asisten".
Además, el reglamento cuenta con el informe de impacto de género con una serie de recomendaciones a tener en cuenta desde la perspectiva de género referido más a la forma y evaluación de la prestación del servicio que a la propia disposición reglamentaria, que ha sido redactada con lenguaje inclusivo. También se han tenido en cuenta observaciones y sugerencias formuladas por distintos servicios municipales, tales como Policía Local, Gente Mayor, Juventud e Infancia.
El nuevo Reglamento del Transporte Urbano en Autobús aprobado inicialmente hoy se entenderá definitivamente aprobado en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública del mismo, sin necesidad de acuerdo plenario, y publicar el texto del reglamento en el Boletín Oficial de la Provincia así como en la web municipal.
Por otra parte, en la Junta de Gobierno Local de hoy se han aprobado inicialmente las ordenanzas reguladoras de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de regulación de la ocupación temporal de las vías públicas (zona ORA); del servicio de transporte público urbano en autobús; y del servicio de retirada, depósito y custodia de vehículos en las vías públicas.
En el caso de las ordenanzas de la ORA y del transporte público urbano en autobús, se actualizan los precios en base al IPC como marca la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. En la ORA, se aplica el factor de actualización 1,04%, con respecto a las tarifas actualmente en vigor, de modo que: la tarifa 15 minutos pasa a 0,20 y 0,25 céntimos, en función de la zona; la de 30 minutos, a 0,35 y 0,50; la tarifa de 45 minutos, a 0,50 y 0,70; la de 60 minutos, a 0,65 y 0,95 céntimos; y la de 100 minutos, a 1,10 y 1,60 euros.
En el caso del transporte público urbano en autobús, se aplica una actualización del 2%, sobre el precio de las tarifas actuales, de modo que el bono-bus joven (10 viajes) tendrá un precio de 6,95 euros; el bono-bus normal (10 viajes), 8,40 euros; el bono-bus temporal (30 días), 30,65 euros; el bono oro; 18,40 euros; bono oro reducido, 9,20 euros; el Activa’t or, 3,10 euros; el Activa’t argent, 6,15 euros; el de familia numerosa general 6,95 euros; y el de familia numerosa especial, 6,15 euros. En cuanto al billete ordinario, no se aplica la actualización y el precio se mantiene como hasta ahora, a 1,20 euros.
En el caso del servicio de retirada, depósito y custodia de vehículos en las vías públicas, se mantienen los precios en base al contrato de concesión del servicio.