CASTELLÓN

LA UNIVERSITAT JAUME I ANALIZA EL FENÓMENO

El embudo del acceso a la vivienda, con un parque social raquítico, origen del bucle de la ocupación

Un seminario práctico en la Universitat Jaume I reúne a juristas y representantes de fuerzas de seguridad en busca de pautas para la actuación de las oficinas de víctimas de los delitos de ocupación

  • De izquierda a derecha, Tauste, Montañés, Gonell y Cuerda.
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CASTELLÓ. La ocupación de viviendas es un asunto tan controvertido como habitual en los medios de comunicación, con muchas aristas, más de un equívoco -a veces interesado- y que precisa la atención de distintos perfiles profesionales. Esta semana, la Universitat Jaume I ha acogido un seminario formativo sobre la vertiente práctica de la problemática. Bajo la dirección de la catedrática Mª Luisa Cuerda y el profesor Juan José Periago, esta iniciativa ha reunido a todos los perfiles de los ámbitos jurídico y de la respuesta policial, para responder a las dudas del personal de oficinas de atención a víctimas del delito, pero también a profesionales de la administración de fincas. En 2024, el número de denuncias por ocupación ilegal de inmuebles alcanzó casi los 16.500 casos en España, con un incremento del 7% respecto al año anterior.

Desde la primera de las ponencias, el oyente no iniciado ve deshecho el primer malentendido fruto de la más que habitual mezcla de conceptos: la abogada y profesora de Derecho Penal Idoia Olloquiegui habló sobre la respuesta penal al allanamiento de morada, subrayando su distinción respecto a la usurpación y a la inquiocupación (nacida del impago reiterado del alquiler pactado). “En el allanamiento entran en tu casa, en tu morada, donde realizas tu vida privada o incluso en tu segunda residencia, pero supuestos de estos hay poquísimos y al violarse la inviolabilidad del domicilio, la policía puede actuar de oficio, no necesita autorización judicial; la usurpación hace referencia a la ocupación de bienes inmuebles que no son la morada y eso entra en los delitos contra el patrimonio, que tienen menor protección que la violación de la intimidad”.

En una mesa redonda posterior, el comandante de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial en la Guardia Civil de Castellón, Francisco Javier Ayuso, explicó que las gráficas del Ministerio del Interior “no distinguen entre ocupación -usurpación- y allanamiento de morada” y que en las encuestas se refleja un grado de preocupación ciudadana sobre la ocupación que no se corresponde con la dimensión real del problema: “en los últimos años, la ocupación supone en el mejor de los casos el 0,8% del conjunto de toda la delincuencia”. Por su parte, Oliver Tauste, jefe de grupo de Patrimonio de la Brigada Provincial de Policía Judicial, subraya que el allanamiento de morada “tiene porcentualmente poca incidencia”.

Ante esta realidad constatada por juristas y fuerzas de seguridad, el corazón del problema se sitúa en la inseguridad jurídica con que se encuentran agentes de la Policía y la Guardia Civil en los casos de usurpación, en los que el desalojo cautelar de la vivienda exige autorización judicial. Para el comandante Ayuso, se requeriría “una Ley Orgánica de brocha gorda” que diera garantías a los agentes para no incurrir en un delito mayor del que persiguen. Hasta ahora, “actuamos para la más pronta restitución judicial del inmueble ocupado al propietario, pero la barrera física y moral de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, aparte de si se topan o no con un contrato falso, es que si se observa que aquello ya es una morada, si los ocupantes tienen allí sus enseres personales, le vamos a dar título de morada y ceñirnos a la inviolabilidad del domicilio: salvo autorización del juez, no vamos a pegar la patada en la puerta”.

Manuel Mata, junto a Mª Ángeles Pérez, en la conferencia de clausura del seminario. 

Es por ello que el teniente Félix Serrano coincidió con Ayuso en demandar “una norma más clara, porque ahora la línea es muy fina con delitos de coacciones, algo que con la nueva Ley de la Vivienda de 2023 podríamos haberlo arreglado, pero no se hizo”. Y es que sobre cuál es la actuación correcta ante la usurpación existen discrepancias entre los propios juristas. Eduardo C. González, inspector de la Unidad de Proximidad de la Policía Local de Castellón, así lo constata, y añade que las patrullas “queremos tener la seguridad juridica por no incurrir en otros tipos delictivos: necesitamos claridad y que se regule”.

El acceso a la vivienda, nudo gordiano

Pero el seminario fue bastante más allá de la discusión jurídica para armonizar la protección de los diferentes derechos en la actuación de las fuerzas policiales. Nadie rehuyó el problema de fondo, planteado entre otros por el comandante Ayuso al hablar de “una crisis residencial sistémica, porque si una de cada siete viviendas está vacía en España, el fenómeno está servido. Necesitamos una oferta habitacional justa, social y suficiente, porque nuestro parque de vivienda social es el 2,5% del total, mientras en Europa es del 9,3%: no estamos haciendo los deberes”. En la clausura del seminario, sería el decano del Colegio de Abogados de Castellón, Manuel Mata, quien pondría el dedo en la llaga: “la vivienda es inaccesible para cada vez más ciudadanos y nuestro compromiso como sociedad debería ser solucionar esta anomalía”. En opinión de Mata, “una mayor seguridad jurídica del propietario permitiría aumentar el número de viviendas destinadas a alquiler, favoreciendo una bajada de precios”. El decano de los letrados subrayó que en España “los grandes tenedores son una clara minoría: solo el 1,3% de los propietarios tienen 3 o más viviendas de alquiler, y son titulares de entre el 5 y el 8% del parque de alquiler, mientras en Alemania el 50% de las viviendas arrendadas son de grandes propietarios”. El 93,4% de los 2,5 millones de arrendadores de vivienda en España solo tienen un inmueble para ese fin según Mata, para quien “malos diagnósticos llevan a pésimas soluciones”.

Manuel Mata (Colegio de Abogados): "España es una excepción en el contexto jurídico europeo de la ocupación ilegal, puesto que mientras Alemania, Francia, Reino Unido o los Países Bajos permiten la actuación inmediata de las fuerzas de seguridad y el desalojo exprés cuando se vulnera el derecho de propiedad, nuestra respuesta es lenta”

Uno de los aspectos señalados por la mayor parte de ponentes del seminario es que la ocupación está protagonizada por muchos ciudadanos que no delinquen por ninguna otra causa: “la necesidad se cruza con la oportunidad”, según precisó Ayuso, quien apuntó a un fenómeno criminológico en el que “se genera un bucle, porque al final la gente necesita un techo, y en ausencia de soluciones integrales, se enquistará el bucle, porque al no poder prescindir de una vivienda, podemos intuir que cada desahucio llevará a nuevas ocupaciones”. Abundando en estas línea, Juan Diego Montañés, fiscal de la Audiencia Provincial de Castellón, destaca que un buen número de okupas, si tuvieran un parque de viviendas a coste bajo, lo aprovecharían porque ahora se ven forzadas a delinquir porque no tienen adónde ir; en ese caso la ocupación desaparecería o se reduciría mucho”. Y es que entre las causas subyacentes del fenómeno, según Ayuso, se encuentran la precariedad laboral, salarios muy bajos, un encarecimiento de la vivienda que arrastra al alza a los alquileres, un proceso de gentrificación y aumento de uso turístico de las viviendas, especulación en el mercado, la profesionalización de la ocupación con organizaciones criminales plenamente dedicadas a la misma y una presión migratoria “a la que hay que acoger con dignidad”, insistió el comandante. ¿La salida de este círculo vicioso? A juicio de Ayuso, la creación de más vivienda y más vivienda social, porque “ni el propietario ni el constructor tienen por qué verse victimizados por un fenómeno que merece una respuesta social, o alquilar a un precio exagerado porque no le dejen otra opción”.

¿Y en la provincia de Castellón?

La realidad específica de la ocupación en la provincia fue esbozada en primera persona por Inma Gonell, magistrada de la Audiencia Provincial, quien subrayó que el año pasado entraron en su juzgado 3 denuncias por allanamiento de morada y 76 delitos de usurpación: “un 80% de denunciantes son personas jurídicas, es decir, bancos, comercializadoras, constructoras, promotoras, la propia Sareb, solo en 11 casos eran de particulares”. Es un ejemplo de una constante identificada por otros participantes en las jornadas. Oliver Tauste, de la Policía Judicial, señaló que Castellón es una provincia “no especialmente afectada por la ocupación” y mostró su preocupación por “la intranquilidad que generan en muchas ocasiones la instalación de puntos de droga u otro tipo de problemas” y por el creciente fenómeno de la inquiocupación.

Las gráficas del Ministerio del Interior no distinguen entre ocupación -usurpación- y allanamiento de morada y en las encuestas se refleja un grado de preocupación ciudadana sobre la ocupación desproporcionado con la dimensión real del problema

Por su parte, el comandante Francisco Javier Ayuso presentó los resultados de un estudio realizado en la provincia de Castellón que señaló como extrapolable al territorio nacional. Entre sus conclusiones, precisó que la ocupación no es en absoluto un fenómeno novedoso (“pero hoy se ha convertido en una vía expeditiva para acceder a una vivienda”), y se lamentó por “las dificultades para dimensionar su verdadero calado”, constatando asimismo “la brecha considerable entre la opinión pública y la publicada, porque muchos medios tratan el tema desde el sensacionalismo, generando inseguridad social”. En opinión de Ayuso, “no asoma un compromiso serio y riguroso por parte de las administraciones públicas de cara a paliar el problema de la okupación y se detecta cierta condescendencia en la privatización de la crisis residencial”, esto es, en que sean los particulares quienes se enfrenten a sus consecuencias por incomparecencia del sector público.

La comparación con otros países

Otro de los temas que se abordó en el seminario fue el abordaje de la usurpación de viviendas en otros países de nuestro entorno. En este punto, Manuel Mata se refirió sin ambages a España como “una excepción en el contexto jurídico europeo de la ocupación ilegal, puesto que mientras Alemania, Francia, Reino Unido o los Países Bajos permiten la actuación inmediata de las fuerzas de seguridad y el desalojo exprés cuando se vulnera el derecho de propiedad, nuestra respuesta es lenta”. El decano del Colegio de Abogados indicó que en Alemania y Reino Unido, junto a la intervención policial inmediata, se dan “sanciones muy significativas” y en países como Italia o Francia, “hay penas de hasta 3 años de cárcel”, en contraste con España, que “ha ofrecido más garantías al ocupante ilegal que al propietario, repercutiendo en inseguridad jurídica, en la inversión en vivienda y en la confianza internacional en nuestro modelo inmobiliario”.

Personal de oficinas de atención a víctimas del delito asistió al encuentro. 

En este punto, el comandante Ayuso hizo hincapié en que el elemento diferencial respecto de los citados estados europeos en este asunto está en que “existe en ellos una tasa, un dato objetivo: en Alemania u Holanda, hablamos de entre 48 y 72 horas para llevar a cabo el desalojo cautelar: la decisión final reside en el juez, pero es la policía la que impele al juez, porque tiene acreditado el carácter flagrante del delito, alertados por los vecinos, por ejemplo”. Eduardo González, de la Policía Local de Castellón, se mostró partidario “de ver qué funciona en otros países, si los agentes tienen respaldo jurídico para actuar, porque el sentimiento de inseguridad es compartido por los distintos cuerpos desde hace mucho tiempo”. En este punto, el teniente Félix Serrano recordó que actualmente se debate en el Congreso una proposición impulsada por el grupo parlamentario de Junts per Catalunya, con suficiente consenso político, “para habilitar la posibilidad de intervención rápida en 48 horas, desde el momento en que el denunciado no presente un título legítimo de propiedad o alquiler, porque ahora mismo aunque el título no sea legítimo, esa es su morada”. En este punto, Oliver Tauste, de Policía Judicial, se mostró escéptico: “no creo que salga adelante porque aunque el papel lo aguanta todo, nuestro país es garantista y esto afecta a la inviolabilidad del domicilio; lo veo difícil”.

Ayuso (Guardia Civil): “Nuestro parque de vivienda social es el 2,5% del total, mientras en Europa es del 9,3%. Se genera un bucle, porque al final la gente necesita un techo, y en ausencia de soluciones integrales, se enquistará: podemos intuir que cada desahucio llevará a nuevas ocupaciones”

¿Qué se puede hacer?
Dado el carácter práctico del seminario, se repitieron consejos a seguir en caso de verse afectado por una usurpación de vivienda. En este caso, fue especialmente significativo el testimonio de Mª Ángeles Pérez, quien además de ser profesora titular de Derecho Procesal y magistrada, se vio en el papel de víctima indirecta hace un tiempo, al ser ocupada una vivienda frente a la suya en un pueblo de la provincia: “La gente debe tener mucha paciencia y no querer ser justicieros, porque al final, se hace justicia, y si se cae en malas tentaciones, las cosas solo pueden empeorar para el interesado”. En la misma línea, Oliver Tauste (Policía Judicial) invita a “no ponerse más nervioso de la cuenta, no cambiar la cerradura ni cortar los suministros… hay que recoger toda la documentación y hacer las cosas bien, porque hay quien se apasiona y acaba detenido y teniendo más problemas que el okupa”. Por su parte, la magistrada Gonell anima a “ir siempre a la vía legal, formular una denuncia y esperar; es comprensible que la gente quiera inmediatez pero es muy complicado; hay que tener prudencia, asesorarse bien y al final, se producirá el desalojo, pero es cuestión de tiempo, el Derecho es así”.

En cuanto a los medios de comunicación, voces como la del fiscal Montañés pusieron de relieve que “algo se hace mal, porque no se distingue muchas veces el allanamiento de morada de la ocupación, y así se produce un caso de un señor de Cuenca que vuelve a su casa tras sus vacaciones, se la encuentra ocupada y se produce en el público una ansiedad anticipatoria, se somatizan los efectos y la sociedad lo identifica como algo propio, cuando en un caso así, precisamente las fuerzas de seguridad sí pueden actuar con seguridad jurídica sin esperar al juez”.

De izquierda a derecha, Ayuso, Periago, Serrano y González.

El seminario incluyó también algunas señales de optimismo. Así, desde la Guardia Civil se puso en valor el impacto positivo de la Instrucción 6/2020 de la Secretaría de Estado de Seguridad, que estableció un protocolo de actuación ante la ocupación. Por otra parte, el teniente Serrano destacó que la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2025 para la eficiencia de la Justicia ha introducido la posibilidad de juicios rápidos para tramitar tanto los casos de allanamiento como de usurpación. Sobre esta misma novedad legislativa, Manuel Mata consideró que la Ley Orgánica “marca un antes y un después en la defensa de propietarios y comunidades de propietarios, un nuevo marco legal con consenso y que aspira a proteger derechos fundamentales”. El reto, concluyó, “es su aplicación rigurosa, porque teóricamente, los desahucios podrían ejecutarse en el plazo de 15 días desde su puesta a disposición judicial”, si bien las inquiocupaciones quedan fuera del alcance de esta medida.

Finalmente, cabe reseñar que la colaboración ciudadana fue objeto de alusiones constantes en el seminario por su valor a la hora de perseguir los delitos con eficacia y rapidez. En este punto, desde la Policía Local de Castellón se recalcó el “valioso papel” de las asociaciones de vecinos y desde la Guardia Civil se insistió en la sugerencia de que la ciudadanía instale en sus teléfonos móviles la aplicación Alertcops, que ofrece acceso de forma rápida, discreta y directa a los servicios de seguridad ciudadana y emergencias de la Policía Nacional y la Guardia Civil.

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