CASTELLÓ. La justicia ha desestimado la denuncia presentada por la dirección del Hospital Provincial de Castellón contra responsables de CCOO y UGT por la exhibición en el centro en Navidad de carteles que pedían la dimisión de Carlos Mazón. Las imagénes fueron colgadas sin saberse la autoría, pero la gerencia imputó los hechos a los sindicatos y acudió a los juzgados esgrimiendo que "las instituciones públicas no gozan del derecho fundamental de la libertad de expresión". El juzgado de Instrucción 5 de Castelló invalida este argumento y concluye "que los hechos denunciados son el legítimo ejercicio de la libertad ideológica y la libertad de expresión recogidos en la Constitución".
El magistrado estima el recurso de reforma interpuesto por CCOO y UGT que pedía el sobreseimiento de la apertura de dilegencias previas que solicitaba el hospital. Asimismo, el Ministerio Fiscal se adhirió a a la propuesta de los sindicatos al entender que las acciones señaladas no tenían carácter de ilícito penal. La acción cuestionada por la dirigencia del hospital consistió en la colocación de dos fotografías en el árbol de Navidad expuesto en la recepción de la instalación sanitaria más folios con la leyenda "Mazón dimissió", convocando a un manifestación en València, incluyendo una imagen de Mazón boca abajo y un lazo negro.
En su denuncia, el Hospital sostuvo que "los edificios y espacios de titularidad pública deben de estar al servicio de toda la ciudadanía, esa es una de las claves de la Constitución, con independencia de cuáles sean las opiniones o ideas políticas de los individuos. De ahí que es necesario excluir la presencia de símbolos de carácter partidista en el contexto de un centro público sanitario, pues las instituciones públicas no gozan del derecho fundamental a la libertad de expresión, a diferencia de los individuos, que pueden manifestarse libremente, siempre que respeten el orden público y los principios constuticionales".
El juzgado rebate que de las manifestaciones "no se deducen violencia, ni amenazas, ni desórdenes públicos, ni daños. Tampoco se han realizado injurias, aún cuando en alguna citación se haya mencionado tal expresión. Por el contrario, la solicitud de dimisión o atribución de responsabilidades políticas a un cargo púbico no debe considerarse que atente a la dignidad de las personas contra un político". De ahí que sostenga que los hechos solo pueden ser calificados como un acto de libertad ideológica y acuerda el archivo de las actuaciones.
Se trata de la segunda vez que el juzgado tira atrás una denuncia del hospital por estos motivos. Anteriormente fue desechada una primera al desconocerse al autor de la campaña. No obstante, esta resolución no es firme y el centro puede presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.