Plaza Inmobiliaria

Una comisión técnica revisará el trabajo de los funcionarios que valoran el acceso a viviendas VPO

Modificación en la Ley de Acompañamiento

  • La promoción de VPO de Playa de San Juan, objeto de la polémica.
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VALÈNCIA. La polémica surgida por las anomalías detectadas en la adjudicación de viviendas de protección pública (VPP) del residencial Les Naus, construidas sobre un solar municipal subastado por el Ayuntamiento de Alicante entre 2018 y 2022, han llevado a la Conselleria de Vivienda a tomar una serie de medidas para reforzar la supervisión en la adjudicación de este tipo de viviendas. Y uno de esos nuevos mecanismos es incrementar el control interno en la revisión de los expedientes y en la comprobación del cumplimiento de los requisitos legales de acceso de los adjudicatarios que vayan a comprar una vivienda protegida. De esta forma, si hasta ahora era un técnico el que revisaba esa documentación, ahora, además, una grupo de funcionarios volverá a analizarla para chequear que se cumple con los criterios que fija la norma autonómica. 

Este es uno de los cambios en materia de vivienda que incluye el anteproyecto de Decreto-ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y de Organización de la Generalitat para 2026, más conocida como Ley de Acompañamiento. Esta revisión supone una modificación del decreto aprobado en 2024 por el gobierno de Carlos Mazón y que regula la vivienda de protección pública en la Comunitat Valenciana. El objetivo es incorporar un mayor control administrativo en los procedimientos de acceso a este tipo de inmuebles tras el escándalo en Alicante. 

Una de las principales novedades de la reforma es la creación de una comisión de valoración encargada de revisar los expedientes de visado una vez han sido tramitados por el funcionario responsable de su instrucción. Hasta ahora, existe un primer filtro en el que se comprueba que los candidatos cumplen los requisitos establecidos para acceder a una vivienda protegida, como la renta o la situación familiar. Este cribado inicial lo realiza la empresa promotora en el caso de promociones privadas, o la Administración si se trata de vivienda pública. Posteriormente, esos precontratos se remiten a la Conselleria, donde el personal técnico verifica el cumplimiento efectivo de los requisitos de cada uno de los futuros compradores antes de su aprobación.

Y es en esta fase del proceso la que ahora se refuerza. De esta forma, después de esa revisión por el cuerpo funcionarial de la Conselleria que dirige Susana Camarero, los expedientes deberán volver a superar un segundo examen interno por parte de esta nueva comisión, formada también por funcionarios, antes de obtener la resolución favorable necesaria para la compraventa, adjudicación o arrendamiento de una vivienda protegida. Además de evaluar el trabajo realizado durante la instrucción del expediente, este grupo podrá acordar actuaciones adicionales para contrastar datos o aclarar circunstancias relacionadas con el cumplimiento de los requisitos de acceso. Un doble filtro que añade un nuevo paso al procedimiento administrativo para ofrecer más garantías.

  • La consellera Susana Camarero 

Este órgano estará integrado por tres empleados públicos —presidente, secretario y vocal— designados por la Dirección General competente en materia de vivienda entre el personal de los servicios territoriales. Según la propuesta, deberá reunirse al menos una vez al mes para comprobar que los expedientes cumplen los criterios establecidos en la normativa. Con esta medida se pretende evitar situaciones como las investigadas en Alicante, donde el caso apunta a posibles deficiencias en la comprobación de los contratos de compraventa por parte del técnico de la Conselleria de Vivienda que visó la adquisición de los 140 inmuebles de la promoción. 

Registro para promotores

La reforma también introduce cambios en los procedimientos de adjudicación de las viviendas protegidas promovidas por empresas privadas. Con la ley anterior del Botànic, para acceder a una vivienda protegida había que estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda autonómico, una exigencia que se suprimió en el decreto de 2024 en el caso de que sea una promoción privada. Por tanto, en estos supuestos es el agente privado el que realiza una primera preselección de los futuros compradores, siempre conforme a los requisitos legales exigidos en la normativa autonómica, y lo que se pretende ahora es reforzar la transparencia.

Así, según el texto, los promotores deberán garantizar los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y trazabilidad, para lo que estarán obligados a abrir un registro con un plazo de inscripción de al menos 30 días para cada promoción y estarán obligadas a presentar y detallar, desde el primer momento, cómo van a comercializar los pisos, así como los criterios que seleccionarán a los adjudicatarios. Asimismo, las solicitudes deberán quedar registradas en un libro electrónico específico para cada proyecto, con un número de inscripción inalterable y constancia de la fecha de presentación. 

En paralelo, las promociones impulsadas mediante colaboración público-privada, especialmente las vinculadas al Plan Vive, es decir, el programa del Consell para levantar 10.000 VPO esta legislatura, podrán incorporar criterios de vinculación con el municipio donde se ubique la promoción para baremar las solicitudes que cumplan los requisitos de acceso. Además, en las promociones desarrolladas sobre suelo público, la norma permite incorporar criterios de vinculación territorial continuada (empadronamiento), garantizando que estas viviendas cumplan con la finalidad social de dar respuesta a las necesidades de cada municipio. 

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