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cualquier relación sentimental de un adulto con un menor será motivo de cese inmediato

La Diócesis Segorbe-Castellón aprueba un protocolo de actuación ante abusos a menores

24/10/2023 - 

CASTELLÓ (EP). El Obispado Segorbe-Castellón ha aprobado un texto del Protocolo de Prevención y Actuación ante abusos sexuales a menores y personas equiparables legalmente, que viene a concretar y complementar el Protocolo marco de prevención y actuación en caso de abusos a menores y equiparables legalmente, aprobado por la Conferencia Episcopal Española, en noviembre de 2022. Es una guía para prevenir los abusos sexuales a menores y personas equiparadas legalmente y para saber cómo actuar adecuadamente frente a la revelación o fundada sospecha de abuso sexual. El mismo entrará en vigor el 17 de noviembre.

El Protocolo está adaptado a las circunstancias que se pueden encontrar en la realidad diocesana de Segorbe-Castellón y para prevenir situaciones de conflicto. El documento está orientado a prevenir y, en su caso, a detectar y denunciar, así como a actuar "con rapidez y firmeza" ante el abuso sexual perpetrado por cualquier miembro del personal o colaborador en las actividades pastorales llevadas a cabo en la Diócesis de Segorbe-Castellón, informando sobre las leyes eclesiásticas y civiles actualmente vigentes sobre este asunto.

Está especialmente dirigido a los sacerdotes como responsables principales de las parroquias, seminarios diocesanos, colegios diocesanos y grupos de catequesis, juveniles o apostólicos que realizan, con la colaboración de otras personas, actividades pastorales con menores y personas equiparadas legalmente, susceptibles de poder darse en su desarrollo situaciones de relación cercana con niños y adolescentes.

Prevención y formación

Los objetivos específicos de este Protocolo son prevenir el abuso sexual a los menores y personas equiparadas legalmente estableciendo criterios de selección y de formación para quienes trabajen o se relacionen con ellos, así como un código de conducta que recoja los comportamientos que en ningún caso pueden darse. Además, es un documento que invita a la creación de espacios seguros para estas personas frente a posibles abusos o agresiones.

Además, persigue encontrar caminos de reparación y ayuda ante el daño causado y ayudar a que el abusador o victimario asuma su rehabilitación y se tomen decisiones consistentes con la ley respecto a sus futuras actividades, evitando que esté en contacto habitual con niños.

El documento establece que será obligatorio aportar un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres humanos por toda persona que vaya a tener responsabilidad profesional o voluntaria con menores y personas equiparadas legalmente en el ámbito de las instituciones y actividades eclesiales en la Diócesis.

Los sacerdotes, diáconos, religiosos y laicos que participen en dichas actividades recibirán una formación básica sobre abusos sexuales, con el fin de que conozcan las normas que rigen en la Diócesis; además, serán sensibilizados y se comprometerán a trabajar a favor de la protección de los menores y potenciar la cultura de los buenos tratos y espacios seguros en las entidades diocesanas. No se podrán encomendar tareas pastorales a la persona que incumpla estas dos obligaciones.

Además, todos los sacerdotes, diáconos, religiosos y laicos firmarán voluntariamente un documento de responsabilidad personal, en el que manifiesten su rechazo personal a todo tipo de maltrato o abuso sea físico, psicológico o sexual; que conocen la doctrina de la Iglesia y las normas diocesanas sobre el trato con menores y personas equiparadas legalmente y que, por tanto, la persona que no cumple con las normas incurre en un delito que atenta gravemente contra la Ley de Dios, las normas eclesiales y la legislación civil.

También deberán indicar que han sido informados sobre todas estas leyes y el compromiso de los Organismos diocesanos de informar a las autoridades eclesiásticas y civiles de su incumplimiento; y que saben que, si cometieren cualquier acto de este tipo, lo harían engañando y traicionando la voluntad y la confianza de la Iglesia, siendo responsable de sus actos única y exclusivamente quien los realice, que asumirá sus consecuencias.

Para la selección del personal y los colaboradores es además conveniente explorar en entrevista o diálogo directo con cada persona que va a tener responsabilidad pastoral, docente o de cualquier otro tipo con menores y personas equiparadas legalmente en instituciones de la Iglesia, sus motivaciones e intereses, sus precauciones y dudas sobre su trabajo.

Finalmente manifestará su compromiso de participar en temas de formación sobre abusos y sus consecuencias y sobre los modos de actuar ante los mismos que, programados por la Diócesis con la temporalidad que se estime oportuna e impartidos por expertos, se destinarán a todos aquellos que trabajen con menores y personas equiparadas legalmente.

Respeto al menor

En cuanto a las medidas preventivas, el Protocolo establece que las muestras físicas de afecto han de ser "comedidas y respetuosas" y nunca han de ser ni parecer desproporcionadas. Las muestras de afecto que implican contacto físico han de hacerse tocando zonas "seguras" como espalda, hombros, cabeza, brazos.

Así mismo, se respetará la integridad física del menor, de manera que se le permita rechazar activamente las muestras de afecto, aunque, estas sean bienintencionadas; se evitará estar a solas con menores en despachos, sacristías, salas o dependencias parroquiales, procurando siempre que las puertas estén abiertas y facilitando la escucha y visión a otros.

Si se ha de examinar a un menor enfermo o herido, siempre se hará en presencia de otro adulto; las comunicaciones privadas con menores se realizarán en entornos visibles y accesibles para los demás. Se recomienda que las puertas sean de cristales trasparentes en los despachos de sacerdotes, directores, profesores, formadores y animadores de grupos de niños y adolescentes.

Las puertas permanecerán abiertas mientras permanezca un menor en el interior de una estancia; o bien se hablará con el menor en el exterior donde otros adultos puedan ser testigos del encuentro: se informará a los padres si se da una situación inusual en la que se va a estar o se ha estado a solas con un menor, o cuando se va tener o se ha tenido un contacto físico relevante por razones sanitarias o disciplinarias.

Están prohibidos los juegos, bromas o castigos que puedan ser violentos o tener una connotación sexual, evitando cualquier conducta que implique o sugiera contacto físico íntimo, besarse o desnudarse; y están prohibidos los juegos y las novatadas que impliquen actos vejatorios, denigrantes o sexistas.

Se informará y pedirá autorización materna/paterna, escrita y firmada, siempre que se realicen salidas, convivencias, excursiones, campamentos y otras actividades que supongan que los menores han de dormir fuera de casa. Se asegurará un número suficiente de acompañantes y se distribuirán las habitaciones por sexos. Nunca los adultos compartirán habitación u otro tipo de estancia con adolescentes o niños en las convivencias, acampadas y viajes.

Se respetará la intimidad de las duchas, cuartos de aseo y vestuarios cuando estén siendo utilizados por menores. En caso de tener que entrar, siempre por una razón justificada, es conveniente que entren, a ser posible, dos adultos del mismo sexo que los menores presentes. Salvo que haya que actuar por algo urgente, se respetará la distancia personal mientras se permanezca en la estancia.

Será motivo de cese inmediato en la actividad pastoral o educativa cualquier relación sentimental, consentida o no, de un adulto con menores de edad -niños, preadolescentes y adolescentes-. No se realizarán tomas privadas de imágenes de menores.

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