Perros potencialmente peligrosos

El estigma en el nombre

La aprobación de la ley de bienestar animal ha dejado sin resolver la situación de ciertos animales, como es el caso de los llamados perros potencialmente peligrosos. El texto legal sigue apoyándose en una norma de 1999

17/06/2023 - 

VALÈNCIA. El significado de una palabra es el uso que se le da, según el pensamiento de Wittgenstein en su segunda etapa. Los adjetivos calificativos que emplea el lenguaje administrativo y normativo pueden ser una sentencia de por vida para ciertos seres vivos; es decir, organismos sin capacidad jurídica, entre otros, los perros. En este caso, las razas consideradas potencialmente peligrosas: american pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffodshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu y akita inu. En la Comunitat Valenciana, la lista se amplía con el mastín napolitano, el perro de presa canario, el perro de presa mallorquín, el dóberman, el dogo de Burdeos y el bullmastiff. En el inventario también entran perros que son cruce de estas razas entre sí, o con otras. 

Pese al debate público y político sobre la redacción y aprobación de la Ley 2/2023, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal, el resultado del nuevo texto legal sigue acogiéndose a una antigua enmienda, la de 1999 sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. 

La denominación 'perros potencialmente peligrosos' es empleada por legislaciones, como la española, para señalar esas razas de perros que, por sus condiciones físicas —tamaño, fortaleza, tenacidad—, tienen la capacidad de causar daños severos. La mencionada ley, la 50/1999, en su artículo segundo indica que, «con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas. También tendrán la calificación de potencialmente peligrosos, los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen, en particular, los pertenecientes a la especie canina, incluidos dentro de una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas».

«Cada vez que hablamos, algo queda fuera de los nombres. Cada palabra omite la única parte única de aquello que quiere decir. Nombrar es olvidar». Sílvia Pérez Cruz canta que nombrar es imposible que, al hacerlo, limitamos, ocultamos y encasillamos. Quizás el problema no es la clasificación en sí, sino su archivo en un lugar erróneo. Lo que para Jung era la caótica lucha del contenido del inconsciente para encontrar su sitio en la conciencia. El error genera tensiones y cuesta mucho salir de él. 

«Micaela, 633 días; Babel, 635; Thor, 889; Dona, 939; Kein, 1.183. Podríamos contar muchas historias más, pero todas serían parecidas. Por si no se intuye, estos son los días que dichos perros llevan en Petjades Trobades. Todos, de situaciones muy diferentes y con contextos totalmente distintos. Pero todos llevan más de un año y medio esperando ser adoptados, que alguien mire más allá y les dé la oportunidad. ¿Casualidad? Pues no lo diríamos, porque a todos los une algo, y es que la sociedad les puso la etiqueta de 'perro potencialmente peligroso'. A todos se les ha dificultado la adopción, a todos se les ha prejuzgado y tratado como criminales. A todos se les ha condenado». Petjades Trobades es una pequeña asociación formada por tres personas, más los voluntarios ocasionales. Pocos efectivos para rescatar, atender, cuidar y educar a las decenas de PPP que se abandonan. Para ellos, nombrar también es imposible. 

«Por suerte, ellos no saben que la sociedad los mira así, pero tampoco entienden por qué pasan los días y los días y los días y siguen en la misma jaula. Pero aun así, siempre tienen que agradecerte algo, siempre tienen alguna razón para decirte "gracias por haberme salvado", aunque no hayamos podido darles una casa. Al fin y al cabo son perros, en su mayoría que han sido educados para llevarse mal con otros, aislados o mal socializados. Pero siguen siendo perros. Necesitan comer, necesitan beber, necesitan estabilidad, mimos, saltar, correr, un hogar. Como cualquier otro». Aunque la Ley 50/1990 aclara que «los perros de razas que de forma subjetiva se podrían catalogar como 'peligrosos' son perfectamente aptos para la pacífica convivencia entre las personas y los demás animales, incluidos sus congéneres», crea una segregación por mucho que señale la educación y adiestramiento canino como la solución para inculcar pautas de conducta y minimizar «su comportamiento agresivo». 

Abandono masivo  

El abandono de estos animales colapsa las protectoras, tanto por su llegada masiva como por la escasa rotación que tienen. Por los requisitos legales y el estigma, su historial está salpicado de desinterés y recelo respecto a su adopción. Pese al intento de los y las cuidadoras de las protectoras y refugios, los canes desarrollan ansiedad por estar encerrados, más las secuelas del abandono y el maltrato. La Comunitat Valenciana se rige además, por la ley 145 / 2000 sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Esta ley amplía la regulación aprobada en 1994 «como consecuencia de la proliferación de animales de compañía, que pueden ser, y en muy contadas ocasiones lo son, peligrosos para las personas, bienes y otros animales». El intento de precisión léxica es un gueto. 

 Las peleas clandestinas y el tráfico de perros se unen al sensacionalismo informativo para crear un cóctel ponzoñoso que genera miedo y estigmatiza a estas razas

Para Amparo Requena Marqués, abogada especializada en derecho animal, presidenta de Avada (abogados valencianos en defensa animal) y presidenta de la protectora de animales Modepran, la ley vigente es «racista» y se da de bruces contra el principio de equidad. De hecho, en el texto se explicita que «no se refiere a los que pertenecen a una raza determinada, sino a los ejemplares caninos incluidos dentro de una tipología racial concreta que, por sus características morfológicas, su agresividad y su acometida, pueden suponer una amenaza física y a los bienes de las personas». Requena lanza interrogantes: «¿Cómo es posible que un perro, animal de compañía, el mejor amigo del ser humano, solo por el mero hecho de nacer de una determinada raza, sin más, se le presuponga una peligrosidad?… eso le va a condicionar el resto de su vida, y va a tener que vivir en unas condiciones que dejan mucho que desear respecto a lo que se considera bienestar animal». 

Bajo el título de perros potencialmente peligrosos, una consideración inadecuada y una ley que habría que replantearse, la letrada firma un texto publicado en la web del Consejo General de la Abogacía Española en el que explica que, «en ningún momento nos debemos olvidar de que debe quedar garantizado el bien jurídico protegido, que en este caso es la seguridad o integridad de las personas». Hasta 2015 habría garantías en el Código Penal, artículo 631 ("los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal serán castigados con la pena de multa de quince a treinta días"), pero ese artículo se derogó y la vigilancia y las multas quedaron en el ámbito administrativo. El artículo 1.905 del Código Civil establece: "El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Solo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido". El texto es de 1889 y continúa vigente, sin haberse cambiado una coma, 134 años después. 

Según la memoria de 2022 del Rivia, el Registro Supramunicipal de Identificación de Animales de Compañía de la Comunitat Valenciana, que gestiona el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris, por concesión de la Conselleria de Agricultura, en la comunidad hay 77.629 canes registrados bajo la denominación de potencialmente peligrosos. Este registro puede estar sobrestimado —algunas personas propietarias no notifican la baja de sus animales— pero también, infravalorar las cifras reales. La cría ilegal, la tenencia no registrada y el abandono son números y, sobre todo, vidas, con sus consecuencias. En los titulares sobre PPP de las cabeceras valencianas, además de cierto amarillismo, hay casos como el de Macastre y la mujer que falleció tras el ataque de un pitbull abandonado, los dogos argentinos que atacaron a su dueño y a una vecina en Nàquera y un largo etcétera. 

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«La ley cataloga como potencialmente peligrosas ocho razas de perros y los cruces de las mismas. Además, incluye un listado de características por las que, si concurren varias en un perro, podría ser igualmente catalogado. Lo asombroso de este listado es su contenido: pelo corto, peso superior a veinte kilos, marcado carácter y gran valor, aspecto robusto, ágil, extremidades delanteras paralelas, rectas… choca enormemente que estas sean características para catalogar un perro como peligroso. Bajo estos criterios subjetivos, se crea una inseguridad jurídica para cualquier propietario, que no sabe si en algún momento le pueden incluir a su perro dentro de la lista de los peligrosos, y verse obligado a cumplir una serie de requisitos para su tenencia, que tal vez no pueda o no quiera cumplir; por otro lado, con este listado, habría que catalogar a prácticamente todos los perros». 

Falta de rigor en la ley

Para la letrada, hay que poner el foco en «la falta de control administrativo sobre la cría ilegal y las peleas de perros. En barrios periféricos como La Coma, Nazaret o Malilla es habitual ver estos animales que se entrenan para pelear. No están chipados ni registrados; están en la marginalidad. No computan en los términos de la ley». Las peleas clandestinas y el tráfico de perros se unen al sensacionalismo informativo para generar un cóctel ponzoñoso que crea miedo y estigmatiza a estas razas. Amparo cuenta que en una ocasión contactó con El País para que corrigieran un titular sobre el ataque de un perro a su dueña, quien criaba ilegalmente perros para peleas. Detrás de estos casos siempre está la responsabilidad humana. 

En 2016, los medios de comunicación edulcoraban sus contenidos con la historia de una entrañable perrita llamada Maya, que permaneció durante seis días en la puerta de un hospital de Elda esperando a su dueña que estaba ingresada por una apendicitis. «Todos los trabajadores mimaban a Maya, la alimentaban y la colmaban de caricias por tan entrañable gesto, y admiraban la fidelidad de un animal que ha dado ejemplo a muchos seres humanos… pues bien, nadie se paraba a pensar que la adorable Maya es de raza akita inu, un terrible perro potencialmente peligroso catalogado en toda España y que, legalmente, de ninguna manera habría podido estar allí tumbada esperando a su dueña, sino atada con una correa de menos de dos metros, siempre con la persona autorizada y, por supuesto, con bozal… Maya es legalmente 'un peligro en potencia'… ¡qué disparate!», escribe Amparo Requena.  


«Teníamos la esperanza de que se derogara la 50/1999. Que con la nueva ley cambiara la redacción respecto a los perros potencialmente peligrosos, pero los desafortunados cambios de última hora han provocado que se frenara la idea del test de sociabilidad. Según este test, los animales se catalogaban individualmente según el comportamiento que presentaran». Esta prueba de sociabilidad tenía por misión comprobar y examinar el nivel de comportamiento social, además del nivel de educación básica alcanzados por un perro determinado. «La actual legislación muestra la falta de rigor. Las razas determinadas son ocho, según la ley estatal, pero en algunas comunidades se amplía. ¿Por qué unas sí y otras no, según la autonomía donde se encuentren?». 

«La ley no soluciona el problema. Las asociaciones están desbordadas. Hay un desconocimiento absoluto de las cifras de cría ilegal y de las peleas. Diría, estimando la cifra, que el 50% de los perros potencialmente peligrosos que llegan a los refugios y protectoras provienen del tráfico de perros».

Más normativa: Ley 4/1994 de la Generalitat Valenciana, sobre Protección de los Animales de Compañía que se encuentra en los carteles informativos de las áreas de socialización canina —los pipicans, en lenguaje coloquial—. «Están autorizados los perros sueltos bajo el control y la vigilancia de sus amos (excepto perros de razas calificadas como potencialmente peligrosas)». Cuando un perro de estas características accede al pipicán ha de hacerlo atado con correa, vigilado por su tutor o tutora —hay una gran diferencia entre poseer (ser amo de un perro) y cuidarlo— y con bozal. «El perro más sociable del mundo puede dejar de serlo si no le dejan ser perro. Si no se les permite jugar, correr e interactuar con otros perros y personas. Esto les genera un estrés increíble. No eliminan adrenalina, no se cansan y así se favorece que puedan surgir conductas agresivas». 

Según un estudio publicado en la revista científica Applied Animal Behaviour Science por Meghan E. Herron, Frances S. Shofer y Ilana R. Reisner en 2009, el 25% de los perros a los que se les obliga a llevar bozal para modificar su actitud o evitar que repitan un comportamiento agresivo reaccionan de forma negativa al elemento y lo consideran un castigo. 

Nombrar es imposible. Pero nombrar es una necesidad, apunta el filósofo Saul Kripke. Las palabras en sí no tienen sentido propio, sino que exigen elementos referenciales que, a la vez, constituyen parte de su significado. Necesitamos, entonces, cambiar el marco referencial de lo que es o no peligroso. O mejor, ir a la fuente del maltrato animal. 

Sílvia Pérez Cruz, en el mismo tema que abre este reportaje, también canta que «quiero recordar, que no hay bien ni mal. Ni blanco ni negro. (…) Ni género posible»

* Este artículo se publicó originalmente en el número 104 (junio 2023) de la revista Plaza