CASTELLÓ. El Juzgado de Instrucción nº1 de Castelló ha resuelto el sobreseimiento provisional de la denuncia contra el ex presidente del CD Castellón David Cruz al considerar que no existen indicios constitutivos de infracción penal durante su etapa como máximo dirigente del club.
En el auto firmado el pasado día 17, Enrique Marí Farinós, magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Castelló, señala que "no se dispone de evidencia de que se haya apropiado el investigado de dinero propiedad del club de fútbol". La resolución se basa, según el juez, en la vista de la documentación presentada, las distintas declaraciones realizadas en el juzgado, los informes policiales llevados a cabo y, "especialmente", los informes periciales.
La denuncia contra el que fuera mandatario de la entidad fue realizada por la asociación de accionistas Sentimiento Albinegro por administración desleal, apropiación indebida, falseamiento de documentos mercantiles, blanqueo de capitales y corrupción entre particulares, con independencia de otros posibles delitos que pudieran surgir del curso de la investigación. Posteriormente, los que hasta este verano fueron propietarios del club se sumaron a la denuncia.
Una de las declaraciones que el juez ha tenido en cuenta para dictar el auto de sobreseimiento provisional es la del que fuera administrador concursal del CD Castellón, Federico Castellano, que afirmó no tener constancia de ninguna actuación irregular de David Cruz. Asimismo, el escrito recoge la declaración del auditor del club, José Jacobo García, que relató que no vio "nada fuera de lo normal" y "todo" le pareció "correcto en la situación del club".
El auto reconoce, eso sí, sospechas por la posible apropiación indebida en dos importes, de 12.000 y 31.100 euros, pero el juez no encuentra "evidencia suficiente" de este delito, ya que "no han podido corroborar que ese dinero se lo haya quedado el sr. Cruz".
Habrá que ver si la resolución se convierte en definitiva. En este sentido, el auto está firmado el pasado día 17 y establece un plazo de tres días para presentar recurso o de cinco en el caso de que sea subsidiario de apelación.