CASTELLÓ. El Ayuntamiento de Castelló valorará a partir de la Magdalena la posibilidad de eliminar la Zona Acústicamente Saturada (ZAS) de las tascas. Aunque habrá que esperar un año para solicitar a la Conselleria de Emergencia Climática y Transición Ecológica la retirada de las medidas restrictivas en las calles Barracas e Isaac Peral, lo cierto es que las mediciones de los dos primeros meses arrojarán mucha luz respecto a la situación actual y si los niveles de decibelios diurnos y nocturnos están por debajo del máximo permitido por la ley (55 y 45 dB, respectivamente).
Como informó Castellón Plaza este martes, Acústica y Telecomunicaciones SL (Acusttel) realizará la nueva monitorización de las tascas después de haber logrado el contrato, cuya duración se prolongará durante 12 meses desde el inicio de las evaluaciones sonoras. Según los cálculos que maneja el Acord de Fadrell, antes de acabar enero se aprobará la adjudicación en Junta de Gobierno Local. Unos días más tarde se producirá la firma del expediente y, sin dilación, la instalación de las cinco estaciones que ofrecerán resultados en continuo y en tiempo real.
Eso permitirá a los propios técnicos municipales, e incluso a los propietarios de los locales de ocio, calibrar la eficacia de las medidas correctoras, actualizadas a principios de 2018 y que impiden el consumo de alcohol en vía pública desde las 22.00 horas en adelante.
Los hosteleros están convencidos de que las mediciones acreditarán que efectivamente la contaminación acústica en Barracas e Isaac Peral dista de lo que marca la normativa acerca de la ZAS. Por ello, insisten en la necesidad de colocar los equipos de monitorización cuanto antes, lo que en principio será una realidad en febrero.
A partir de ese momento, habrá que esperar a que transcurran 12 meses de evaluaciones, siempre de forma ininterrumpida. Si durante un año los resultados muestran niveles legalmente permitidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), entonces será el mismo Ayuntamiento de Castelló el que solicitará la supresión de la ZAS.
La Conselleria matiza que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica, son Zonas Acústicamente Saturadas "aquellas en que se producen unos elevados índices sonoros debido a la existencia de numerosas actividades recreativas, espectáculos o establecimientos públicos".
Así, serán declaradas ZAS los espacios que se sobrepasen dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o, tres alternas en un plazo de 35 días naturales, y en más de 20 dB (A), los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior establecidos en la tabla 1 del anexo II de la ley (55 dB diurnos y 45 nocturnos).