LOS SOLICITANTES DEBEN DECLARAR UN VOLUMEN MÍNIMO DE 4.000 EUROS EN DEUDAS

El Gobierno deja fuera de sus ayudas a empresas y autónomos que no tengan impagos ni deudas

3/06/2021 - 

VALÈNCIA. Las empresas y autónomos que estén al corriente de todos sus pagos y no tengan deuda pendiente, ya sea comercial o financiera, no recibirán ni un euro del último plan de ayudas del Gobierno. Este plan, financiado por el Estado pero gestionado directamente por cada Comunidad Autónoma –en la Comunitat Valenciana se le conoce como Plan Resistir Plus–, está dirigido a empresas sobreendeudadas como consecuencia de la crisis, por lo que quedan fuera del mismo las que no tengan un volumen de deuda subvencionable de al menos 4.000 euros.

La Comunitat Valenciana, que gestionará y repartirá 647 millones de los 7.000 con los que está dotado el plan, está en pleno proceso de recepción de solicitudes. El lunes se abrió el plazo para los autónomos que tributan por módulos, quienes recibirán 3.000 euros de forma directa solo por pertenecer a alguno de los 188 sectores elegidos por el Consell. Pero el resto de autónomos y empresas, para quienes el plazo se abre el próximo lunes día 7, se encontrarán con la sorpresa de ver rechazada su solicitud si están al corriente de todos sus pagos ni deben nada al banco.

La ayuda mínima prevista es de 4.000 euros y la máxima de 200.000, pero el Real Decreto-Ley del Gobierno central que regula estos fondos exige como requisito básico para recibirla haber sufrido una caída de su facturación de al menos el 30% en 2020 respecto al año anterior –salvo que se dieran de alta en 2019– y destinar el dinero exclusivamente a abonar, por este orden, facturas pendientes de pago con proveedores por orden de antigüedad y posteriormente la deuda bancaria, primando la que cuente con aval público.

EL DINERO QUE NO SE DESTINE A PAGAR FACTURAS POR ORDEN DE ANTIGÜEDAD Y, POSTERIORMENTE, A DEUDA BANCARIA TENDRÁ QUE DEVOLVERSE

El preámbulo justifica que, dado que el objetivo es apoyar la solvencia del sector privado, también pueden usarse los fondos para cubrir los costes fijos incurridos como por ejemplo los de suministro de energía, siempre y cuando estas obligaciones se hubieran generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de este año. Fuentes de la Secretaría de Estado del Ministerio de Economía aclararon a Valencia Plaza han de ser costes impagados, algo que no concreta el Real-Decreto del Gobierno.

Para conceder estas subvenciones, las CCAA han tenido que aprobar sus propios decretos de bases reguladoras donde se especifican aspectos como, por ejemplo, qué se considera deuda subvencionable y se regulan los plazos y mecanismo de concesión. Este Decreto Ley del Consell fija que la deuda mínima para recibir la subvención es de 4.000 euros, el mismo importe que la ayuda mínima prevista.

En el formulario de solicitud que ha preparado la Conselleria de Hacienda, las empresas deben declarar el volumen de deuda pendiente que posteriormente han de justificar con la presentación de las facturas. Como las ayudas adoptan la forma de subvenciones, se conceden de forma directa y son finalistas, las que no se puedan demostrar o no se destinen a los fines previstos tendrán que ser devueltas.

Hasta la aprobación de los decretos, varias CCAA entre ellas la valenciana pidieron al Ministerio de Hacienda que simplificase la tramitación y verificación posterior con el objetivo de no verse colapsadas por un exceso de burocracia. Sin embargo, serán las consejerías de Hacienda las que tendrán que enviar a la AEAT la relación de todas las solicitudes recibidas para que esta aclare cuáles cumplen o no con el requisito de haber reducido su facturación al menos un 30%.

Además, las CCAA están obligadas a rendir cuentas ante el Ministerio de Hacienda el primer trimestre de 2022 sobre la gestión y ejecución de las ayudas y el saldo que no sean capaces de ejecutar o comprometer antes del 31 de diciembre de este año deberán devolverlo al Ministerio de Hacienda.

En el caso de la Comunitat Valenciana, la Conselleria de Hacienda ha realizado una encomienda a la firma estatal Tragsa, a la que abonará 2 millones de euros por la gestión de estas ayudas.

Más de 10.000 solicitudes en tres días

Hasta este miércoles, la Conselleria de Hacienda había recibido ya más de 10.000 solicitudes de autónomos que tributan en el régimen de módulos. A falta de comprobarlas, el volumen de fondos inicialmente comprometidos alcanzaría pues los 30 millones de euros, muy lejos todavía de los 200 millones que la Conselleria de Hacienda había reservado para este tramo.

Para la asignación, el departamento de Vicent Soler ha establecido dos tramos. El mencionado de 200 millones reservado para el régimen de tributación por módulos y empresarios o profesionales que hayan realizado una modificación estructural o creado la empresa en 2019. La cuantía máxima por solicitante es de 3.000 euros.

La petición de cita es telemática y el plazo para este colectivo acaba este viernes 4 de junio. Si no se agotan los 200 millones previstos, el remanente se destinará al tramo siguiente sin necesidad una nueva convocatoria.

La reserva prevista para el segundo tramo, el del resto de autónomos y empresas que cumplan el requisito de caída del 30% de su facturación y al menos 4.000 euros de deuda pendiente declarada, es de 447 millones de euros y el periodo de petición va del lunes 7 de junio al 11 de junio.

El reparto de este tramo es más complejo. Más allá de los 4.000 euros de ayuda mínima prevista, el Real-Decreto del Gobierno establece un límite máximo equivalente a 40% de la caída anual del volumen de operaciones en empresas de hasta 10 trabajadores y del 20% para las empresas con 10 trabajadores en adelante.

El sobrante después de dar 4.000 euros a cada solicitante se asignará entre aquellos demandantes que no tengan suficiente con esa cantidad para cubrir todas sus deudas declaradas. Si son empresas de manos de diez trabajadores, la ayuda equivaldrá al 2% de ese exceso de caída, mientras que si tiene más de 10 trabajadores, la ayuda les cubrirá el 1%.

Si el sobrante de este tramo alcanza para cubrir el conjunto de solicitudes, la Conselleria de Hacienda dará directamente a cada solicitante la cantidad calculada. Si no, se repartirá de forma proporcional. Este proceso se irá repitiendo entre las empresas que aún no tengan cubierto el porcentaje máximo de deuda tantas veces como sea necesario hasta agotar el crédito.

Las ayudas se concederán antes de que acabe el año. El plazo máximo para resolver las solicitudes es de seis meses. Transcurrido el mismo sin una notificación expresa, la solicitud se entiende por rechazada.

Los autónomos y empresarios que reciban estas ayudas tendrán que mantener la actividad para la cual han recibido la subvención hasta el 30 de junio de 2022. No podrán repartir dividendos ni este ejercicio ni el próximo ni incrementar las retribuciones de la alta dirección en los dos años siguientes a la percepción de la ayuda. Tras recibir el pago, tendrán tres meses para acreditar que el dinero ha ido destinado al único fin permitido, saldar deudas pendientes.

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