ALICANTE. Haciendo memoria desde el año 2000, hemos atravesado en la economía y en el mundo financiero momentos muy diversos, con índices de caídas y recuperaciones históricas. En las décadas anteriores al 2000 también se produjeron muchos revuelos como la crisis del crudo del 73, la recesión de principios de los 80, los 'bonos basura' del 97, la burbuja 'puntocom' y un largo etcétera como la crisis financiera de 2008. Muchos inversores perdieron, pero solo en la misma medida que otros ganaron.
Vemos así que no se da momento de 'descanso' en los mercados financieros sino que contínuamente avanzamos hacia nuevos escenarios, en los cuales hay que optimizar las inversiones a través de una buena planificación financiera y fiscal. Todo ello en pos de asegurar el patrimonio del inversor, protegiéndolo y preparándolo para lo que venga.
Unido a esta variabilidad en los mercados financieros hay que tener también presentes los cambios en la legislación fiscal, porque también suponen un posible factor de riesgo adicional para el inversor. ¿Para qué sirve obtener ganancias si luego la carga fiscal erosiona la rentabilidad? No hay cosa más temida que recibir una carta certificada de Hacienda Pública. Cuando ocurre, lo primero que hacemos es acudir a un asesor fiscal, ya que la inacción ante dicho organismo no trae nunca algo positivo; y, además, el plazo de alegaciones tiene fecha límite.
El fiscalista estudiará el caso y presentará la mejor solución para su cliente según su criterio profesional. Normalmente después de una notificación, los clientes piden un asesoramiento fiscal continuado. Lo cual es muy recomendable, dado que las leyes fiscales evolucionan constantemente y no siempre se presentan como favorables al inversor, necesitando así ajustar sus inversiones a los nuevos escenarios fiscales. Por ejemplo, en la Comunitat Valenciana las novedades tributarias 2021 afectan al Impuesto sobre Patrimonio y al IRPF cambiando el escenario para el contribuyente.
Además, el diseño de una planificación financiera fiscal permite reaccionar eficazmente ante cambios que se puedan originar en la situación patrimonial del cliente (herencia/donaciones, venta de activos…), cambios en su perfil de inversor según el ciclo de vida o cualquier otro factor que pueda interferir.
El objetivo es muy claro: hay que maximizar la rentabilidad financiero fiscal del patrimonio o la rentabilidad después de impuestos y no solamente para el corto plazo, sino que hay que planificar los ejercicios fiscales futuros. Este aspecto es muy importante porque las inversiones suelen durar más de un año, pero las obligaciones fiscales son anuales o diferidas a un momento puntual.
Una vez que tengamos definidos nuestros objetivos financieros necesitamos minimizar la carga fiscal cumpliendo con la normativa existente y sacar rentabilidad a nuestras inversiones. La fiscalidad es un aspecto esencial a la hora de planificar las inversiones. Para ello, el fiscalista junto con el asesor financiero realiza en primer lugar un estudio del patrimonio existente, las circunstancias personales e incluso familiares y los objetivos que el cliente quiere alcanzar.
En determinados casos lo que se pretende es preparar las operaciones de donación de activos a otras generaciones para que supongan el menor impacto posible en el patrimonio. Otras veces es diseñar un plan de pago de rentas para cuando el cliente acceda a su jubilación o cuando venda un activo, que aumentará considerablemente su patrimonio líquido.
En cualquier caso, la optimización de la rentabilidad financiero fiscal se instrumenta mediante la utilización de productos financieros que gozan de ventajas fiscales. Estos instrumentos financieros son fiscalmente eficientes, bien porque permiten deducciones en el IRPF, compensación de pérdidas y ganancias o el diferimiento de pago hasta la liquidación de estos. En este caso estaríamos hablando de fondos de inversión UCITS. También se pueden constituir vehículos de inversión como las sicavs, o producto de seguros como los Unit Linked, que pueden aportar ventajas fiscales importantes según los objetivos y la situación personal patrimonial del inversor.
Hay que tener en cuenta que los instrumentos financieros también están sujetos a cambios continuos en la fiscalidad; por ejemplo, los diferentes tramos de tributación sobre acciones han ido aumentando estos últimos ejercicios -hasta el 26% en el tramo de ganancias de más de 200.000 euros- y las deducciones por aportaciones a planes de pensiones han disminuido considerablemente.
Por su parte el fiscalista puede ver la conveniencia de utilizar ciertas deducciones fiscales como la estructuración fiscal si el cliente persona física, presenta altos rendimientos de su actividad profesional o si el cliente persona jurídica, tiene bases imponibles importantes. También se fijará si ha habido pérdidas compensables de ejercicios anteriores y así minorar la carga fiscal final para el cliente. Asimismo, aconsejará si es ventajoso hacer aportaciones a planes de pensiones, que por mucha deducción fiscal pueden no resultar interesantes al cliente por restar liquidez a sus inversiones.
A través de una correcta planificación financiero y fiscal, el inversor podrá conocer y prever sus obligaciones tributarias inmediatas y las que van a surgir, cuando desee o necesite liquidar su inversión. De esta manera se consiguen dos vías de protección del patrimonio: la financiera y la fiscal. El asesoramiento conjunto va a aportar al inversor una visión holística de su situación patrimonial, aportándole tranquilidad hasta la consecución del objetivo financiero fijado.
René Bauch es asesor financiero de la EAF alicantina gCapital Wealth Management, EAF que asesora el fondo Gestión Boutique gCapital Total Market (ES0116831050). Puede contactar con el autor para solventar cualquier duda o interesarse por los servicios de gestión patrimonial de gCapital escribiendo a bauch.rene@gcapital.es o info@gcapital.es
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