VALÈNCIA. La Fiscalía Provincial de Valencia ha pedido desimputar a la directora general de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanidad, Carmen López, y al director gerente del departamento de salud Alicante-Hospital General, Miguel Ángel García, por la falta de equipos de protección contra el coronavirus y de test para los sanitarios al no encontrar delito en ello.
La investigación se inició en el Juzgado de Instrucción número 6 de Alicante, que se inhibió al 1 de Valencia al estar aquí la sede de la Conselleria, a raíz de una denuncia presentada por un grupo de abogados. El juez incoó diligencias previas por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores y citó a declarar a ambos cargos para el próximo diciembre, tratándose de los primeros imputados por este motivo.
En la denuncia relataban cronológicamente las exigencias del colectivo de sanitarios y de varios sindicatos como CSIF o CESM desde el pasado 31 de enero, cuando ya pidieron formación en equipos de protección frente a la covid-19, y todas las protestas de los meses posteriores ante la carencia de medios.
La Fiscalía, sin embargo, sostiene que hay dos aspectos que no se han tenido en cuenta en este asunto por parte del juzgado: la legitimidad de los denunciantes y si procedía o no admitir a trámite la denuncia formulada.
De un lado, explica en su escrito, "es evidente que los denunciantes no son perjudicados" y se suscita la duda relativa a si ponen en conocimiento hechos presuntamente delictivos sin más o si se personan en las actuaciones, dado que proponen la práctica de diligencias (tendrían que hacerlo como acusación popular y llevaría consigo la prestación de fianza).
De otro, indica la Fiscalía, en la denuncia presentada "no se determina ni cuándo se han producidos los hechos, ni los concretos incumplimientos que en cada uno de ellos, ni quién/quiénes son los trabajadores afectados por el riesgo, ni cuál/cuáles son los equipos de protección personal que no se han proporcionado". Lo cual hace, en su opinión, "no solo inviable y carente de toda lógica la investigación pretendida, sino que además se trataría de una investigación genérica y prospectiva".
Los denunciantes, afirma, se limitan a realizar una descripción cronológica documentada de la evolución de lo ocurrido hasta llegar al estado de alarma decretado por el Gobierno. "Es conocido por todos que, con esa declaración, se estableció una dirección coordinada por el Ministerio de Sanidad que centralizó todas las directrices en esta materia, despojando transitoriamente a las distintas autonomías de capacidad de dirección individual respecto de las compras y estrategias de actuación", apunta. Ello, añade, puede ser objeto de crítica política, "pero excede de la esfera de actuación estrictamente judicial".
Todas estas consideraciones, bajo el punto de vista de Fiscalía deberían conducir, por tanto, a la inadmisión a trámite de la denuncia.
"Se trata de concretar si el hecho de no hacer entrega de los equipos de protección individual necesarios para que los trabajadores desarrollen su actividad en las condiciones de seguridad exigibles por la norma puede integrar alguno de los tipos delictivos señalados por los denunciantes, cuando es un hecho notorio y sobradamente conocido la escasez de éstos en el mercado nacional e internacional y, por tanto, la dificultad -cuando no imposibilidad- de entregar los mismos a los trabajadores", reflexiona en el escrito el Ministerio Público. La respuesta, opina, es que los altos cargos de la Conselleria de Sanidad no pudieron cometer estos delitos porque se les estaría exigiendo una conducta imposible de realizar debido a que la falta de medios "era un hecho notorio".
Fiscalía destaca que, para poder hablar de imputación penal dirigida a los denunciados en esta causa "en una situación excepcional como la que estamos viviendo", no basta con constatar la realidad de que existen carencias y retrasos en los medios de protección para los sanitarios, sino si a los altos cargos de Sanidad "se le puede considerar como legalmente obligados" a suministrarlos "conforme a un derecho penal de garante". "Sólo si el resultado es previsible se puede afirmar que se ha omitido un deber de cuidado", remarca.
En base a todo lo argumentado, Fiscalía considera que el grupo de abogados que presentó la denuncia no está legitimado para ello "dado que requieren querella para actuar como acción popular y prestar en su caso fianza" y que no existe delito contra Carmen López y Miguel Ángel García. Motivo por el que pide el sobreseimiento de la causa, dejando sin efecto sus citaciones como investigados y las diligencias acordadas hasta el momento.
Tras este pronunciamiento, el juzgado ha dado traslado del escrito al grupo de abogados para que se pronuncien.