CASTELLÓ. La Conselleria de Sanitat está a las puertas de un nuevo conflicto judicial, que además tiene visos de sentar jurisprudencia, con la consiguiente incidencia para las plantillas de profesionales de los hospitales valencianos. La nueva Orden de Bolsa 4/2019, de 14 de noviembre, que regula el procedimiento de selección de personal temporal para la cobertura de plazas estatutarias, encalla ante la aplicación informática Ulises, programa que la administración autonómica utiliza para cubrir las vacantes a medida que se publicitan las ofertas de empleo.
El algoritmo que sigue la herramienta con el propósito de determinar si el puesto de trabajo corresponde a turno ordinario (libre) o bien a promoción interna, en el caso las categorías que afectan a gestión y servicios (auxiliares, celadores, administrativos, etcétera), no se ajusta a lo que dictamina la normativa, según denuncia el sindicato UGT.
Así, el primer caso en la Comunitat que va camino de acabar en el Contencioso-administrativo afecta a una profesional de Castelló, con iniciales A. M. S., que ultima la documentación para interponer la preceptiva denuncia tras la respuesta recibida desde la dirección general de Recursos Humanos.
"El sistema informático no puede ganar a la orden", advierten fuentes sindicales, que amparan a la castellonense en su litigio contra la Conselleria. "Lo que no puede ser es que no haya actualizado el programa y se esté perjudicando a la gente, cuando la normativa es muy clara", añaden las mismas fuentes.
Hasta el pasado 25 de noviembre de 2019, cuando entró en vigor la orden al ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), el método que la Conselleria seguía con vistas a ocupar puestos libres y nombramientos con una duración superior a los tres meses, siempre en las categorías de gestión y servicios, respondía al siguiente criterio: a un turno ordinario le sucedía otro de promoción interna. Ese procedimiento rotatorio se organizaba bajo los criterios de Ulises.
No obstante, la promoción sufrió una modificación de alternancia a partir de la nueva ordenanza, que establece como regla un turno ordinario y dos de promoción interna.
Según explica UGT, y tras la concesión de un puesto por tramitación libre (9 de noviembre), el 4 de diciembre de 2019 se ocupó plaza por promoción interna. De acuerdo con el artículo 18.2 de la orden 4/2019, la siguiente vacante debía ser cubierta nuevamente en los mismos términos. Así, el 20 de diciembre Sanitat lanzaba otra oferta. Sin embargo, el algoritmo del programa Ulises, al contrario de lo que establece la normativa, repetía el turno rotatorio de 1-1, dando prioridad a la lista ordinaria.
A. M. S. denunció los hechos ante la Conselleria el 23 de diciembre, reclamando la subsanación del error. A raíz del escrito, Recursos Humanos anuló la adjudicación el 29 de diciembre. Eso sí, en la respuesta firmada por la directora general del mismo departamento, Carmen López, con fecha 20 de enero de 2020, advertía que la aplicación informática había funcionado correctamente y que la primera plaza que se cree corresponderá por alternancia al turno ordinario y las dos siguientes, a promoción interna.
El mentado artículo 18.2 de la orden 4/2019 recoge que "los nombramientos destinados a cubrir plazas vacantes y los nombramientos cuya duración prevista sea superior a 3 meses, se ofertarán alternativamente al turno de promoción interna temporal y al turno libre, de la categoría y departamento de salud correspondiente, exceptuando las propuestas correspondientes a las categorías de gestión y servicios que se ofertarán de la siguiente manera: dos ofertas al turno de promoción interna y una oferta al turno ordinario".
Y a este enunciado es al que se aferran tanto la afectada como el sindicato para anunciar el Contencioso-administrativo, lo que puede abrir un nuevo frente judicial para Sanitat.