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UGT afirma que al plan de prejubilaciones de Telefónica podrán acogerse 4.200 empleados

10/09/2019 - 

VALÈNCIA (EP). UGT ha confirmado este martes que al Plan de Suspensión Individual (PSI) que propone Telefónica podrán acogerse unos 4.200 trabajadores, los nacidos en 1966 (unas 2.200 personas) y los nacidos en años anteriores (unas 2.000 personas), lo que permitirá que podrán beneficiarse de dicho plan aquellos empleados que no pudieron participar en anteriores ERE o PSI.

En un comunicado, el sindicato asegura que con esta medida la compañía pretende un ahorro de la masa salarial futura con el que paliar la "difícil situación económica" que atraviesa el grupo Telefónica en España y con la que trata de recuperar la confianza de los inversores y accionistas.

"Las fuerzas sindicales se ven, una vez más, ante la disyuntiva de tener que afrontar un nuevo plan de adecuación de plantilla que impactará directamente en la actividad futura de la compañía", lamentó UGT, tras asegurar que no rehuirá una negociación para obtener las mejores condiciones para los trabajadores que decidan adherirse al PSI, así como garantizar las condiciones laborales para los que continúen en la empresa.

Por tanto, para el sindicato cualquier posibilidad de acuerdo pasa por mantener los principios de "voluntariedad, universalidad y no discriminación" establecidos en planes anteriores, así como prolongar las condiciones firmadas en el pasado PSI, y mantener la referencia de las condiciones económicas y sociales para la plantilla que permanezca, o lo que es lo mismo, firmar el II Convenio de Empresas Vinculadas de Telefónica, que no externalice actividades y que suponga un aumento del poder adquisitivo de la plantilla.

Asimismo, demanda que el nuevo convenio concrete el derecho a la desconexión digital, que aumente el teletrabajo, un nuevo modelo comercial, internalización de actividad que garantice la viabilidad de la plantilla, plan de formación con un contenido actualizado, un nuevo Plan de Igualdad actualizado, la actualización y mejora del procedimiento de actuación en supuestos de acoso laboral, sexual y por razón de sexo en el trabajo y la desaparición de la brecha salarial indirecta, mediante el fomento del uso por hombres y mujeres de los permisos retribuidos por causa legal.

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