CASTELLÓ. El Ayuntamiento de Castelló blinda las terrazas para revitalizar los negocios de la hostelería. El nuevo enunciado de la ordenanza de ocupación de vía pública sobre sillas y mesas recoge una excepción acerca de la limitación, que permite a bares y restaurantes disponer de una herramienta jurídica ante medidas correctoras, como las que se aplican en Santa Clara o Lagasca por ser Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS).
La Junta de Gobierno Local aprueba este jueves el cambio normativo, aunque eso no significa que vaya a entrar en vigor de manera inmediata. Según el procedimiento administrativo, primero será necesaria una exposición pública de 15 días en la página web municipal, simplemente a modo consultivo. Después, el reglamento tendrá que ser aprobado en pleno antes de impeler otra consulta, en la que ya se podrán formalizar las alegaciones. El ordenamiento definitivo, con las posibles correcciones en función de esas objeciones, pasará de nuevo por el filtro de la corporación en una segunda sesión. Todos estos trámites culminarán en abril, como pronto.
La novedad de la ordenanza se centra en el artículo 10. Así, incorpora un nuevo apartado que afecta al epígrafe 1, en el que se señala que "la instalación de mesas y sillas y otros elementos auxiliares se autorizará en proporción a las dimensiones o superficie del local, resultando como máximo del 100% [...]". En concreto, el título 2 viene a indicar que "respecto a la reducida extensión de numerosos locales, sobre todo en el casco histórico, de manera excepcional y siempre que el técnico competente lo considere, de manera motivada, podrá eximirse del cumplimiento de la limitación establecida".
Además, precisa que la consideración de "casco histórico" no se circunscribe al centro, sino que comprende la totalidad de explanadas o calles del término municipal donde existen establecimientos con terrazas. De esa forma, se evita crear un agravio comparativo entre la plaza Santa Clara y el resto, ya que el motivo de modificar el articulado parte de la denuncia presentada por un vecino de dicha plaza ante la Fiscalía el año pasado.
El punto 2, asimismo, subraya que la exención se aplicará siempre que haya espacio suficiente para acatar las demás condiciones espaciales fijadas en este capítulo. En ese sentido, resulta imperativo garantizar que el mobiliario autorizado pueda ser almacenado en el interior del negocio.
El concejal de Actividad, Jorge Ribes, matiza que el cambio en la reglamentación no debe interpretarse por los hosteleros como un atajo jurídico para ampliar las terrazas. "Hablamos en todo momento de lo que cada establecimiento tiene permitido", advierte. Al respecto, recuerda que a la hora de establecer el número de mesas y sillas se ponderan varios criterios, desde la superficie, pasando por el entorno, hasta la asiduidad en relación a la clientela.
El reajuste de la ordenanza de ocupación de vía pública supone un alivio para los hosteleros, en general, y para los empresarios de Santa Clara, en particular. Los cuatro propietarios afectados por la citada denuncia interpusieron a finales de octubre un recurso por entender que la decisión del consistorio de restringir el mobiliario era desproporcionada en el contexto de la covid. Del mismo modo, consideraron que "debían prevalecer los derechos adquiridos desde 2015", cuando se otorgaron las autorizaciones para disponer del espacio actual. Esas reclamaciones permitieron al Ayuntamiento ganar tiempo para readaptar la disposición.