CASTELLÓ. El Ayuntamiento de Castelló busca evitar ante el juzgado número 1 el pago de dos millones de euros a un fondo buitre para obtener 16 parcelas. Para ello, el consistorio se persona en el Contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Graag, propietaria de esos solares que ocupan 9.790,74 metros cuadrados y que corresponden a reservas de aprovechamiento por las expropiaciones para ejecutar la primera fase de la ronda Oeste.
El pasado mes de mayo, el anterior equipo de gobierno, el denominado Acord de Fadrell, ya alertó sobre el empastre urbanístico tras solicitar la empresa el pago de una indemnización por unos terrenos que adquirió con una calificación (suelo urbanizable) y que, con el nuevo Plan General, tienen otra completamente distinta (suelo no urbanizable).
Para comprender el conflicto hay que retroceder al 30 de julio de 2010. La Junta de Gobierno Local, con Alberto Fabra (PP) como alcalde, aprobó la obtención de suelos para prolongar el anillo de circunvalación desde la avenida del Castell Vell (antigua N-340). Aunque la mayoría de las parcelas se adquirieron mediante el pago de una cantidad de acuerdo con el justiprecio, algunos propietarios optaron por sustituir el abono en metálico por la atribución y reserva de aprovechamiento urbanístico.
Fue el caso de la empresa castellonense Gestinine, titular de 16 fincas en los sectores 22 SU-R y 27 SU-R del anterior PGOU. En fechas 13 de octubre de 2010, 18 de noviembre de 2011 y 20 de noviembre de 2012, suscribió las correspondientes actas de pago y ocupación en las que se formalizó la permuta de suelo. A cambio de ocupar los solares necesarios, el consistorio entregó fincas de otras zonas del término municipal, siempre con idéntica calificación.
La mercantil, entre cuyos accionistas figuraba Promojucar, entró en liquidación concursal en febrero de 2017. En el proceso de venta de sus activos por la disolución, la mentada Graag adquirió en enero de 2022 esas 16 parcelas por un importe 115.461,70 euros. Sin embargo, el Ayuntamiento nunca tuvo conocimiento del concurso de subasta extrajudicial. La legislación vigente permite a las entidades locales tener preferencia a la hora de adquirir bienes inmuebles en transmisiones de estas características.
En efecto, ante la reclamación formulada por la firma valenciana para solicitar el justiprecio (la indemnización de dos millones de euros), el Ayuntamiento aprobó en septiembre de 2022 iniciar el procedimiento de tanteo y retracto. Transcurridos seis meses, la mercantil insistió con su reclamación, lo que derivó en mayo de 2023 en el acuerdo de inadmisión de las alegaciones presentadas. Dicho de otra manera, el consistorio hizo valer sus derechos para proponer a la empresa el pago de esos poco más de 115.000 euros al objeto de comprar los terrenos.
La orden de abono se concretó en septiembre de este año mediante acuerdo de la Junta de Gobierno, ante lo que Graag alegó sin éxito. La mercantil decidió abrir la vía judicial en octubre al interponer el correspondiente Contencioso-administrativo, al que ahora se persona el Ayuntamiento como parte interesada.