CASTELLÓ. La Generalitat Valenciana, la Diputación Provincial y la subdelegación del Gobierno en Castelló discrepan sobre la cifra de municipios afectados por la borrasca Gloria. Las tres instituciones no se ponen de acuerdo y ofrecen cantidades dispares con una variación de más/menos 30 localidades damnificadas.
Según el Consell, las zonas más perjudicadas por el fenómeno atmosférico se localizan en 15 pueblos del litoral, cuyos representantes mantuvieron este miércoles una reunión con el secretario autonómico de Seguridad y Emergencias, José María Ángel, y el director territorial de Presidencia, Adolf Sanmartín, para abordar las ayudas.
Esa suma dista de las 45 solicitudes registradas en subdelegación, si bien es cierto que algunas de ellas corresponden a los daños ocasionados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que azotó las comarcas costeras y del interior entre el 12 y 14 de septiembre de 2019.
No obstante, los citados 15 municipios tampoco concuerdan con los 35 contabilizados inicialmente por la entidad provincial a partir de las intervenciones protagonizadas por el Consorcio de Bomberos los días 19, 20 y 21 de enero de 2020, cuando Gloria golpeó con más fuerza a la provincia.
Ese baile de cifras evidencia que cada administración va por libre pese a estar gobernadas bajo las siglas de los mismos partidos que conforman la coalición progresista. El hecho de que las líneas de crédito tengan sello propio quizás imposibilite la puesta en común.
Mientras la Diputación de Castellón garantiza una cuantía directa de 6.000 euros por municipio, el Botànic II y el Estado flexibilizan sus aportaciones económicas en función de la devastación en los poblaciones víctimas de la borrasca. Esa adaptabilidad se traduce en ordenanzas aprobadas con carácter extraordinario, como el real decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptaron medidas de urgencia para paliar los perjuicios causados por temporales y otras situaciones catastróficas a raíz del paso de la DANA por la península.
Este precepto, de ámbito nacional, subraya en el punto 3 del artículo 1 que "el Gobierno podrá acordar, con delimitación de las zonas afectadas, la aplicación de las medidas necesarias previstas en este real decreto-ley a otros sucesos de características similares que puedan acaecer hasta el 31 de marzo de 2020, mediante real decreto, a propuesta de la persona titular del Ministerio competente para la ejecución de la correspondiente medida".
Por su parte, el pleno del Consell aprobó el 24 de enero un acuerdo para iniciar las actuaciones de recuperación en aquellos términos municipales afectados por el fenómeno marítimo, de nieve, viento o lluvia. A partir de la publicación del decreto, los ayuntamientos dispondrían de un plazo de 45 días hábiles para presentar sus estimaciones de daños.