Nadie puja por 4.000 m2 en La Salera: desierta una subasta de la Sareb por 9 millones en el centro comercial

25/04/2023 - 

CASTELLÓ. Unos 4.000 metros cuadrados. Es la edificabilidad asignada a una parcela en el centro comercial La Salera de Castellón que ha salido a subasta pública para su enajenación durante las últimas semanas. Pero lo ha hecho sin éxito. El juzgado de primera instancia número 3 de Castellón, el encargado de la subasta judicial, ha cerrado el proceso sin recibir ninguna oferta.

La subasta en cuestión, abierta el pasado 4 de abril por el mencionado juzgado, tenía por objeto la venta de un "edificio en construcción sito en el centro comercial de la Salera", en la esquina con el camino de Ribesalbes. Se trata de una parcela de la que sólo estaría construido el sótano, según explicaron fuentes conocedoras del estado de la misma, pero donde se pueden construir planta baja, cuatro plantas más y otra bajo cubierta.

Concretamente, lo que salía a subasta pública era el derecho de edificación sobre la parcela, que cuenta con 1.000 metros cuadrados de superficie, si bien según las fuentes consultadas y tal como marca el registro, la edificabilidad que se podría construir en el terreno asciende a unos 4.000 metros cuadrados, de los cuales 500 ya estarían construidos en el sótano. Unos derechos de construcción totales que, para la subasta, se habían valorado en casi 9 millones de euros.

La venta estaba impulsada por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), con el propósito de cobrarse una deuda de más de 3 millones de euros, intereses incluidos, que mantenía una constructora y promotora radicada en Madrid, Objetivo Urbano SL. La firma se hizo con el derecho de edificación entre 2007 y 2008, y al año siguiente constituyó con Bancaja una hipoteca, que acabó más tarde en la cartera de Bankia, quien a su vez la transmitió posteriormente a la Sareb. Ahora, el conocido como 'banco malo' trataba de recaudar lo adeudado con la venta del inmueble mediante subasta judicial.

 

Hotel u oficinas

El solar en cuestión está a medio edificar pese a que su uso previsto ha variado con el paso de los años, según las anotaciones registrales referentes a la mencionada parcela. En un principio, la edificación prevista se describía como una construcción con sótano para parking, planta baja y cinco plantas superiores donde se repartían locales o despachos: seis en planta baja; diez en primera, tercera y cuarta planta, y ocho en la segunda, los despachos con terrazas descubiertas

En 2002, la compañía Karexspain se hizo con el derecho a construir en este solar, haciendo uso de la edificabilidad prevista -4.000 metros cuadrados- "para la construcción de un hotel". Dos años después, otra empresa, Kid Bross, inscribiría el inmueble reflejando que se modificaba "el destino inicialmente previsto de la construcción a hotel".

Así, se restringía la planta baja a actividades comerciales como concesionarios de vehículos o de "productos derivados de la construcción" como suministros o cerámica, y en ningún caso actividades que pudieran entrar "en competencia" con las que hay en el centro comercial La Salera, sino siempre "complementarias al mismo". Y dejaba para el resto de plantas las actividades de centro de negocios -business center-, oficinas y despachos profesionales, servicios administrativos, clínicas o actividades docentes o socioculturales.

Subasta desierta

Con todo, más allá del uso que se le quisiera dar al edificio en construcción -solo existe el parking-, fue la hipoteca suscrita por la compañía Objetivo Urbano la que, a la postre, recayó en manos de la Sareb, que buscaba ahora cobrar la deuda con la enajenación del inmueble. Sin embargo, no ha atraído a ningún interesado: tres semanas después de que se abriera la subasta judicial, el proceso ha quedado desierto, "sin pujas", tal como expone el propio certificado del cierre del proceso, publicado este mismo lunes.

Así pues, a partir de ahora, la Sareb puede pedir la adjudicación del edificio en cuestión en un plazo de 20 días por valor de la mitad de lo tasado o por la cantidad adeudada, según establecían las condiciones generales de la subasta.

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