VALÈNCIA. El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas y el ex consejero delegado Domingo Parra se enfrentan a una condena de 3 años y nueve meses de prisión por su responsabilidad en la quiebra de la entidad financiera. Tanto la Fiscalía Anticorrupción como los pequeños accionistas de la entidad, agrupados para ejercer conjuntamente como acusación, piden para ellos la máxima pena prevista por un delito societario continuado de falsedad en la formulación de las cuentas del banco en 2009 y 2010, justo antes de su intervención y posterior rescate.
Los accionistas, como ya habían hecho previamente la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado, han presentado ya ante la Audiencia Nacional sus respectivos escritos de acusación con los que solicitan la apertura de juicio oral contra todo el consejo de Banco de Valencia y el socio de Deloitte auditor de la entidad.
Lo hacen en respuesta a la resolución con la sección tercera de la Sala de lo Penal desestimó los últimos recursos de apelación de todos los acusados y confirmó su procesamiento, de manera que la causa se encamina definitivamente hacia la celebración del juicio oral más de diez años después de la quiebra del banco y tras seis años de una compleja instrucción encabezada por el magistrado Santiago Pedraz.
Según refleja el escrito de acusación presentado por los pequeños accionistas el pasado 28 de enero, las penas más altas de prisión se piden para Olivas y Parra, mientras que para el resto del consejo, los pequeños inversores reclaman varias condenas que arrancan desde los dos años y seis meses en el caso de la más baja. A ellas se suman multas que van desde los 27.300 a los 45.600 euros por consejero.
En el caso del auditor de la entidad, Miguel Monferrer, se solicita un año y seis meses de prisión y multa de 21.200 euros.
Además, los pequeños accionistas piden que se reconozca la responsabilidad civil subsidiaria de Bancaja, Bankia, BFA, Libertas 7, Mancomer lnver, Minaval, Fundación Bancaja y Deloitte. En el procedimiento también está llamada CaixaBank como responsable civil una vez que la Fiscalía Anticorrupción le atribuyó esa condición tras la fusión por absorción de Bankia y, por tanto, sucesora de sus obligaciones.
La Fiscalía Anticorrupción, por su parte, presentó ante el Juzgado Central de Instrucción su escrito de conclusiones el pasado 21 de enero para reclamar la apertura de juicio oral contra el consejo de Banco de Valencia. En un anterior escrito de conclusiones provisionales, presentado el 8 de enero de 2020, Anticorrupción solicitó cuatro años y medio de prisión para Olivas y Parra por falsedad contable, pero en su último escrito una vez confirmado su procesamiento, los fiscales mantienen la calificación de los delitos pero piden que la pena para ellos sea de tres años y nueve meses de prisión por ser la máxima prevista para los delitos por los que se les juzga.
Según el juez instructor, José Luis Olivas y Domingo Parra Soria "eran perfectamente conscientes de la mendacidad de los datos" que defendieron ante los accionistas de Banco de Valencia en la junta general que aprobó las cuentas anuales de 2010, las últimas de la historia de la entidad, y de la irrealidad de las mismas.
El relato de Pedraz se asienta en el escrito de la fiscal Anticorrupción Carmen Launa que le instaba a dar por finalizada la instrucción y continuar por la vía de procedimiento abreviado contra los catorce investigados. La fiscal, la misma que estuvo al frente del caso Bankia, detalló con total contundencia las maniobras del consejo del banco valenciano para ocultar los deterioros reales de la entidad en las cuentas de 2009 y 2010.
Según relató juez Pedraz en dos autos dictados en diciembre de 2019 y junio de 2020, las cuentas anuales de 2009 formuladas por el consejo de administración en su sesión del 29 de enero de 2010, junto con el informe de gobierno corporativo del año 2009, "suponían ofrecer al exterior una imagen de relativa fortaleza y buen estado financiero que no se acomodaba a la realidad de la entidad, habida cuenta que la misma carecía de un plan estratégico, tratando únicamente de evitar la contabilización de activos dudosos y de su correspondiente dotación".
El detalle de las penas solicitadas por los pequeños accionistas para el antiguo consejo de Banco de Valencia es el siguiente:
José Luis Olivas Martínez (presidente): tres años y nueve meses de prisión y multa de quince meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Antonio J. Tirado Jiménez (vicepresidente): tres años de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Domingo Parra Soria (consejero delegado): tres años y nueve meses de prisión y multa de quince meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Celestino Aznar Tena (consejero): tres años de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Agnès Noguera Borel (consejera): tres años de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Manuel Olmos Llorens (consejero): dos años y seis meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
José Segura Almodovar (consejero): tres años de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Mª Irene Girona Noguera (consejera): dos años y seis meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
María Dolores Boluda Villalonga (consejera): dos años y seis meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
José Luis de Quesada Ibáñez (consejero): dos años y seis meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Silvestre Segarra Segarra (consejero): tres años de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Federico Michavila Heras (consejero): dos años y seis meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad bancaria durante el tiempo de la condena.
Miguel Monferrer Fábrega (auditor): un año y seis meses de prisión y multa de siete meses con una cuota diaria de 100 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de multa, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la actividad auditora durante el tiempo de la condena.