VALÈNCIA. Turisme Comunitat Valenciana ha decido rebajar hasta un 70% las multas a compañías turísticas por infracciones debido a los altos importes que hasta ahora reflejaba la normativa. Así lo recoge el documento con el que sale a información pública la modificación de la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad, donde se recogen importes de hasta 600.000 euros por infracciones -en este caso las más graves-.
Hasta ahora, la Comunitat Valenciana tenía las sanciones más altas en materia turística de todas las comunidades autónomas, una característica que, según explican fuentes del departamento liderado por Francesc Colomer, se sigue manteniendo. Por este motivo, han decido rebajar los importes requeridos en caso de infracción, al convertirse en muchos casos inasumibles para las compañías.
Según la nueva formulación, que pretende introducirse a través de una modificación en la ley de Acompañamiento de 2023, las sanciones leves pasarán de los 10.000 euros vigentes en la normativa actual a 5.000, lo que supone una reducción de un 50%.
En el caso de las graves, el descenso es más acusado. Aunque se parte de una bajada de la multa mínima, que pasa de 10.001 a 5.001 -una reducción del 50%-, ésta en su versión actual podía ascender hasta los 100.000 euros. Ahora, el máximo importe a cobrar será de 30.000 euros, lo que supone un 70% menos.
Esta fuerte bajada también aparece en el tramo inicial de las muy graves, que actualmente parte de 100.000 euros y que con los cambios pasará a 30.000. El máximo importe a cobrar en las muy graves baja, en este caso un 50%, de 600.000 a 300.000.
Cabe recordar que las multas más visibles por parte de Turisme Comunitat Valenciana fueron las impuestas a las plataformas de pisos turísticos como AirBnB, que recibió sanciones que llegaron hasta valores de 30.000 euros. Una tipología de multa que también recayó en al menos media decena de plataformas por no obligar a incorporar el número de registro otorgado por la Generalitat Valenciana a los pisos turísticos en sus anuncios.
No obstante, una sentencia del Tribunal Supremo de este mismo año señalaba que AirBnB no tiene responsabilidades sobre los anuncios ilegales que aparezcan en la plataforma. Esto ha llevado al departamento de Colomer a plantear también cambios en sus requisitos a las plataformas, que actualmente están vigentes en la Ley de Turisme.
Según la actual normativa, las plataformas digitales de alojamiento tendrán que cumplir sus obligaciones legales como empresas de servicios turísticos y colaborar con las diferentes administraciones para facilitar la supervisión y control público con el fin de controlar que los prestadores cumplan las normas. Este artículo, también recoge que las plataformas tendrán que solicitar al titular del alojamiento turístico que publique el número de registro. En el caso de no hacerlo, marcan una sanción económica como infracción muy grave.
Sin embargo, estas premisas ya no tienen cabida con la actual doctrina jurisprudencial del Supremo, lo que ha llevado a plantear cambios en las modificaciones sacadas a información pública. En ésta, solo se apunta a que la administración turística podrá requerir a las plataformas digitales la información necesaria para realizar la actividad inspectora. También alude a acuerdos de colaboración con las mismas "con la finalidad de favorecer el intercambio de información para velar por el cumplimiento de la normativa turística". No obstante, desaparece la posible sanción económica y la obligación de exigir el número de registro.