Dice que los citados tienen obligación de acudir, pero no de declarar

La Fiscalía ampara la negativa a declarar en una comisión de investigación parlamentaria

7/02/2019 - 

VALÈNCIA. La Fiscalía Provincial de Madrid ha abierto una vía de escape para los comparecientes en las comisiones de investigación que se realizan en el Congreso de los Diputados, el Senado y los parlamentos autonómicos. Según la Fiscalía, toda persona citada tiene obligación de comparecer pero no de declarar.

Todo viene a raíz de la comparecencia, el pasado mes de octubre, de la trabajadora de la empresa Crespo Gomar Lucía Pascual, que sin estar imputada en ninguna causa judicial se negó a contestar las preguntas que le fueron formuladas en la Comisión de Investigación sobre Financiación de Partidos Políticos del Senado, concretamente, sobre la presunta financiación irregular del PSPV y el Bloc en el año 2007, que fue motivo de investigación judicial en el llamado caso Crespo Gomar.

El enfado del Partido Popular por la negativa de la compareciente a declarar fue de tal calibre que la Mesa del Senado puso una denuncia en la Fiscalía por un presunto delito de desobediencia contra Pascual. Sin embargo, el Ministerio Público, en una resolución que podría cambiar el desarrollo de futuras comparecencias, dice que no hubo tal delito porque Lucía Pascual justificó que no declaraba "por consejo de su abogado", ya que iba a ser citada por un juzgado y, añadió, porque "no es obligatorio porque la norma no lo recoge".

Derecho constitucional

La Fiscalía decide archivar las actuaciones porque, según el escrito al que ha tenido acceso Castellón Plaza, "el derecho constitucional del Artículo 24 de la Constitución Española -no declarar contra sí mismo ni confesarse culpable-, es un derecho de carácter fundamental que prima sobre el derecho de información de la Comisión de Investigación y, por tanto, debe prevalecer". 

Comisión de Investigación en Les Corts Valencianes. Foto: CORTS/INMA CABALLER

El artículo 502.1 del Código Penal dice que "los que, habiendo sido requeridos en forma legal y bajo apercibimiento, dejaren de comparecer ante una Comisión de investigación de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, serán castigados como reos del delito de desobediencia". Y el 502.3 añade que "el que convocado ante una comisión parlamentaria de investigación faltare a la verdad en su testimonio será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses".

Lucía Pascual sí acudió al Senado y no faltó a la verdad porque se negó a declarar. Según el fiscal, "el precepto contenido en el Artículo 502.3 del Código Penal -faltar a la verdad y omitir datos- no puede ser interpretado extensivamente", lo cual "impide que los hechos puedan ser considerados como constitutivos de delito".

¿Cualquiera puede negarse?

La cuestión es si con esta resolución cualquier persona que sea citada a declarar puede decir que su letrado le aconseja no contestar porque va a ser citado. De hecho, la Fiscalía crea un precedente respecto a futuribles como la posibilidad de ser citado que debilita cualquier comisión de investigación.

Además, la Fiscalía incorpora otro párrafo que deja más en el aire el futuro de las comisiones. En el escrito se dice que el reglamento especifica la obligatoriedad de acudir si uno es citado, pero que, al contrario que en los procedimientos penales, la normativa no distingue entre testigos e investigados. Esto es, "entre quienes simplemente son citados para aportar información relevante y aquellos respecto de los cuales se está valorando una posible responsabilidad política".

Lucía Pascual, cuando compareció en Les Corts el pasado 28 de enero. Foto: CORTS/INMA CABALLER

"Se hace preciso advertir que, por seguro que parezca que se comparece para declarar, no hay ninguna norma jurídica que imponga jurídicamente el deber de declarar, ni tampoco ninguna que sancione su incumplimiento, a diferencia de lo que ocurre con el deber de comparecencia y veracidad", sostiene el fiscal.

Esto último, puesto negro sobre blanco por parte de la Fiscalía abre la puerta a que las comisiones de investigación futuras queden en nada. Al no existir una norma que obligue a los comparecientes a declarar, a partir de ahora cualquier citado a comparecer puede negarse a contestar las preguntas de los parlamentarios, si prevalece en los tribunales el criterio de la Fiscalía. 

El caso concreto de Lucía Pascual no ha llegado al juez porque el fiscal decidió archivar las diligencias al no apreciar delito. Pascual compareció tres meses después en Les Corts, citada por la Comisión de Investigación sobre la financiación electoral de PSPV y Bloc y sí respondió a las preguntas

Así, podría darse el caso de que las comisiones de investigación que quedan en Les Corts, como las de Crespo Gomar y la de Taula, donde muchos de los citados han demostrado sus pocas ganas de someterse a las preguntas de los diputados, sean horas y horas de silencios. La falta de normativa podría dejar la búsqueda de responsabilidades políticas en nada. Todo ello llevaría a que las únicas responsabilidades sean las judiciales, lo que significará que aquellos delitos que hayan prescrito no tengan ni siquiera el escarnio político. 

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