VALÈNCIA. Las empresas concesionarias del servicio de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunitat Valenciana vuelven a la carga para reclamar a la Generalitat una compensación económica por la rebaja de tarifas anulada por la justicia. Mientras por un lado negocian con la Conselleria de Economía prorrogar el contrato que acaba este año por el tiempo que estuvieron cerradas por la covid, las empresas no renuncian a las indemnizaciones millonarias que consideran que les corresponden por la bajada de tarifas anulada por la justicia.
A pesar de que la Justicia ha dado la razón a las empresas al considerar ilegal las revisiones tarifarias aprobadas por el Consell en 2014 y 2019, el TSJ no les ha reconocido el derecho a percibir una indemnización de la administración en concepto de responsabilidad patrimonial, tal y como vienen reclamando en los últimos años por un valor total conjunto de en torno a 80 millones de euros.
Como publicó Castellón Plaza, el TSJ de la Comunitat Valenciana desestimó los recursos contencioso-administrativo interpuestos por las concesionarias de los diferentes lotes en los que se dividió el servicio en los que reclamaban una compensación económica por la merma de ingresos derivada del cambio en las tarifas de las pruebas de emisiones y ruido de la inspección de vehículos aprobada por el Consell en 2014.
En las sentencias emitidas en respuesta a las respectivas reclamaciones patrimoniales planteadas por las empresas que explotan los siete lotes, los magistrados de la sala de lo contencioso administrativo exponían que el hecho de disponer de una sentencia anulatoria de las tarifas no permitiría per se "cambiar el régimen jurídico de la acción. Pasando de una de naturaleza contractual a otra extracontractual".
Una vez que la anulación de las tarifas fue declarada firme en la jurisdicción contencioso-administrativo, los magistrados destacaron que las empresas no debieron plantear una acción de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas para conseguir las indemnizaciones, sino una acción de responsabilidad contractual. Esto es, no entraron al fondo del asunto por un defecto formal en el recurso elegido.
Ahora, las firmas concesionarias vuelven a la carga para pedir esas indemnizaciones y lo hacen conforme a las indicaciones del TSJ. Una de las primeras en hacerlo ha sido Aseguramiento Técnico de Calidad (ATEC), concesionaria de las estaciones de Gandía, Ontinyent, Alzira, Alcoi, Ondara y Xátiva (lote 4), que ya ha presentado un nuevo recurso en el que reclama 10,4 millones a la Generalitat como indemnización por las tarifas anuladas en 2019 y por los ingresos no recibidos desde ese año y hasta 2022.
Según confirmó este viernes su director gerente, Manuel Trigo, empresa concesionaria del lote 4 de ITV de la Comunidad Valenciana, esta concesionaria ha reclamado los daños soportados por ATEC por la bajada de tarifas de mayo del 2019, que les afectó entre esa fecha y hasta 2022.
Según recuerda, esa revisión tarifaria fue declarada ilegal mediante sentencia del TSJ de la Comunitat Valenciana en enero de 2020 y posteriormente el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación presentado por la Generalitat Valenciana en marzo de 2022.
La empresa considera que se ha visto "forzada" a presentar esta reclamación indemnizatoria ante la Conselleria de Economía en un doble formato: como Reclamación Patrimonial a la Administración y mediante el "formato extraordinario de reclamación contractual" para adaptarse a la sentencia del TSJCV.
Según el representante de ATEC, la misma sala y sección del TSJCV cuyo ponente y presidente de la sección quinta es el juez Fernando Nieto Martin, del que considera que actuó de forma incongruente al desestimar la Reclamación Patrimonial a la Administración cuando él mismo había indicado en una sentencia anterior que el camino para la reclamación indemnizatoria para resarcirse de los daños provocados debía ser la vía de la Reclamación Patrimonial a la Administración.
La sentencia del juez Fernando Nieto Martin por la que se desestimó la Reclamación Patrimonial a la Administración está recurrida en casación ante el Tribunal Supremo "por entender que en 2017 esta misma sala nos indicó cual debería de ser el camino; cinco años después el juez Nieto Martin, contradiciendo la doctrina de la misma sala, inadmite el procedimiento".
"Los concesionarios tenemos derecho a una indemnización como consecuencia de la nulidad de las tarifas aplicadas y en este caso se cumplen los requisitos que la Ley exige para ser indemnizados. Algo que la Generalitat niega utilizando argumentos, algunos delirantes y otros manifiestamente falsos, como la supuesta existencia de un contrato entre los concesionarios y la Administración, pactado, aceptado, suscrito y rubricado por ambas partes", lamenta Manuel Trigo.