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la alcaldesa de la vall d'uixó había sido acusada por varios delitos a raíz del derribo

El juez desestima el recurso de Abogados Cristianos por la cruz y vuelve a dar la razón a Tania Baños

2/01/2020 - 

CASTELLÓ. El juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Nules ha resuelto desestimar finalmente el recurso interpuesto por la Asociación de Abogados Cristianos contra la decisión judicial que previamente ya había sobreseído la causa abierta contra la alcaldesa de La Vall d'Uixò, Tania Baños, por el derribo de la cruz de la plaza de la Paz.

La decisión judicial, que es recurrible, entiende que no puede concretarse la existencia, ni siquiera cabe indicio alguno, de que existiera un delito de odio en la decisión de derribar la cruz, ni ningún delito que pudiera reprochar a la representante municipal.

Este asunto había llevado a la alcaldesa a declarar ante el juzgado de Nules en calidad de investigada el pasado mes de julio tras la denuncia interpuesta por la asociación Abogados Cristianos que la acusaba de los delitos de prevaricación, malversación e incitación al odio tras el derribo de la cruz situada en la plaza de la Paz.

El juzgado posteriormente acordó el sobreseimiento de esta causa al entender que que tras la práctica de las diligencias, "no podía considerarse que existiera indicio alguno de la comisión de dichos delitos".

El juez aludía entonces a la "ausencia del más mínimo indicio de desviación de la normativa de contratación pública" y añadió que no existía ningún elemento "que pudiera apuntar a una malversación al no existir relación alguna entre la empresa adjudicataria" del contrato de remodelación de la plaza y la querellada.

En relación al delito de incitación al odio, el juzgado constató que "simplemente no tiene encaje en el caso de autos", porque la decisión de remodelar la plaza obedece a dos tipos de criterios, uno político y uno urbanístico, que se encuentran "dentro de las competencias que otorga ser dirigente de una corporación municipal".

La decisión del juez de sobreseer la causa fue motivo de un recurso por parte de la Asociación Abogados Cristianos, que ha quedado finalmente desestimado por el órgano judicial.

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