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el ayuntamiento amplía el plazo del primer periodo de impuestos para no coincidir con la renta

El nuevo calendario fiscal de Castelló: los recibos del IBI se retrasarán y se cobrarán el 6 de junio

Foto: ANTONIO PRADAS
22/02/2024 - 

CASTELLÓ. Ya se conocen las fechas clave para el pago de los impuestos municipales en 2024. El Ayuntamiento de Castelló introduce importantes novedades en el calendario fiscal respecto a 2023. El más significativo corresponde al cobro de los recibos domiciliados únicos del Impuesto de Bienes Inmuebles, lo que se conoce comúnmente el IBI.

Según explica el portavoz municipal, Vicent Sales, los cargos bancarios se retrasan para no coincidir con la campaña de renta, lo que da cierta holgura a aquellos contribuyentes a los que le salga a pagar y, en consecuencia, deban desembolsar dos importantes cantidades. Los recibos bancarios del IBI se pondrán al cobro el día 6 de junio.

Los dos periodos de impuestos

En cuanto a los dos periodos del calendario fiscal, el primero se establece del 16 de abril al 20 de julio (ambos inclusive), mientras que el segundo se fija del 16 de septiembre al 20 de noviembre tras el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local este jueves en su sesión ordinaria. El primero afecta a los siguiente tributos: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (urbano o rústico), Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales y tasas por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública (vados).

El segundo incluye: el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), la tasa de basuras, el gravamen por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por ocupaciones de subsuelo, suelo de la vía pública, terrenos de uso público y vuelo de la vía pública con determinados aprovechamientos y el canon concesional por aparcamientos subterráneos de residentes.

El 3 de octubre, el segundo recibo único domiciliado

Para las contribuciones del segundo ciclo, los recibos domiciliados se cargarán el 3 de octubre, sin perjuicio de los plazos establecidos para el sistema de pago fraccionado con vencimiento especial.

Estas novedades de fechas no implican modificaciones a propósito de los fraccionamientos existentes, que contemplan hasta ocho recibos en lo que se refiere al IBI y tres para la tasa de basuras. Dicho de otra manera, los ciudadanos con el pago fragmentado seguirán disfrutando de las mismas condiciones.

En 2023, los dos periodos de calendario fiscal contemplaban las siguientes fechas, del 17 de abril al 21 de julio y del 19 de septiembre al 22 de noviembre. 

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