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Los casos registrados en el primer semestre duplican los de todo el año 2021

Los concursos de familias y autónomos se disparan y ya copan el 94% de los presentados en Castellón

13/10/2024 - 

CASTELLÓ. El número de personas físicas no empresarias que han entrado en una situación de insolvencia y que acuden a los juzgados para solicitar acogerse al procedimiento concursal y poder liberarse así de algunas de las deudas ha alcanzado cifras récord en Castellón. Los datos recogidos en la estadística 'Efecto de la Crisis en los órganos judiciales', que publica trimestralmente el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), muestran esta evolución creciente. Solo en el primer semestre de este año ya se ha presentado el doble de concursos de personas físicas que en todo el año 2021, antes de la reforma de la ley mercantil. 

Las modificaciones introducidas en la norma, un mayor conocimiento de esta ley, y el efecto llamada provocado por casos de éxito difundidos por bufetes de abogados especializados están en la base de este incremento que se ha registrado en Castellón y a nivel nacional. 

Los últimos datos del CGPJ constatan que en segundo semestre del año, en la provincia se han presentado un total de 180 concursos. De ellos, 153 han sido de personas físicas no empresarias (particulares que no son autónomos). En todo el primer semestre de 2024 han sido 339 concursos y, de ellos, 298 son de personas en situación de insolvencia. Es decir, un 88% del total de concursos presentados en los juzgados de Castellón son de particulares. Si se tienen en cuanta los interpuestos por personas empresarias (autónomos) el porcentaje asciende al 94% del total. 

Aumento del 282% desde 2021

En todo el año 2021, un año antes de la reforma de la ley y del procedimiento de segunda oportunidad, los concursos presentados por particulares fueron 154. En el primer semestre, apenas 78. El incremento de casos en Castellón es del 282% en este periodo. 

Desde el CGPJ explican que, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2023, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil, los concursos de personas naturales no empresarios, que se venían conociendo por los juzgados de primera instancia y primera instancia e instrucción han pasado a ser competencia de los juzgados de lo mercantil. Esto ha agilizado los procedimientos, puesto que son juzgados especializados los que tratan los casos de particulares. Además, ya no es obligatorio alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos, lo que también ha facilitado el procedimiento. 

Según explica José Manuel Salvador, presidente del Colegio de Economistas de Castellón, hay otros factores que explican este importante incremento de casos. "Ahora, el mecanismo de la segunda oportunidad es cada vez más utilizado por las personas que han alcanzado un nivel alto de endeudamiento al que no pueden hacer frente por causas sobrevenidas como, por ejemplo, haber perdido el empleo", dice. 



Salvador apunta a que ahora es una salida que conocen más personas y a las que acuden cada vez más afectados. "Se van conociendo casos de personas que han logrado ser exoneradas de parte de su deuda y, también, ahora hay más bufetes que 'promocionan' estos procesos y dan facilidades para que las personas afectadas puedan tramitar el concurso", añade. 

El pasado mes de abril, por ejemplo, ser daba a conocer el caso de una mujer de Almassora que había conseguido cancelar una deuda de 117.000 euros. El despacho encargado del caso, Repara tu Deuda Abogados, explicó entonces que existe un interés creciente por parte de la ciudadanía acerca de este mecanismo. "Conforme se ha ido aplicando se ha producido una especie de efecto llamada", indicaron. 

La legislación permite tanto a particulares como a autónomos quedar libres del pago de sus deudas si se encuentran en un estado actual o próximo de insolvencia, no han sido condenados por delitos de carácter socioeconómico en los últimos diez años y han actuado de buena fe durante todo el tiempo que dura el procedimiento.

"Parte de las deudas se logran exonerar si acreditas que no se pueden atender por haber quedado en desempleo o por otros motivos que no son culpa del afectado o afectada", apunta Salvador. 

Cae la ejecución de lanzamientos

Por otro lado, la estadística del CGPJ también refleja una caída de los procedimientos de ejecución de desahucio (lanzamiento) en una vivienda por ejecución de sentencia. En este caso, el número total de lanzamientos practicados en el segundo trimestre de 2024 en la Comunitat Valenciana fue de 1.006, un 7,7% menos que en el mismo trimestre de 2023. En Castellón, los lanzamientos practicados fueron 97 en el segundo trimestre del año frente a 124 del trimestre anterior. 

El 70% de esos lanzamientos de la Comunitat fue consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), mientras que otros 253 –el 25,15% del total- se derivó de ejecuciones hipotecarias. Los 48 restantes obedecieron a otras causas.

Los lanzamientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos se redujeron un 12,2 % durante el periodo analizado en la Comunitat Valenciana. Por su parte, los lanzamientos consecuencia de ejecuciones hipotecarias aumentaron un 0,8%. Los derivados de otras causas,  que fueron 48,  se incrementaron un 33,3%.

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