CASTELLÓ. El departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Almassora ha reactivado los trámites para la cesión, por el doble de años que en la actualidad, de los huertos urbanos enfocados al cultivo de variedades autóctonas. La sede electrónica dispone ya del borrador de modificación de la ordenanza para abrir un plazo de recepción de propuestas o alegaciones durante 20 días.
Una vez aprobada la modificación de la ordenanza, podrán optar a ser titulares de las parcelas mayores de edad, empadronados en Almassora con una antigüedad de al menos un año y no ser propietarios de fincas rústicas en el término municipal. También podrán optar personas jurídicas sin ánimo de lucro. Aunque cumplan todas las condiciones de la ordenanza, no podrán solicitar un huerto quienes pertenezcan a una unidad familiar en la que ya haya una persona adjudicataria o haber sido privado de una parcela por el Ayuntamiento en los cuatro años anteriores.
La autorización del uso de huertos urbanos irá dirigida al vecindario en general pero con prioridad para determinados sectores de población como las personas beneficiarias de ayudas sociales, paradas o que cursen estudios relacionados con la agricultura. La autorización de cada huerto urbano tendrá una duración de cuatro años, a contar desde la fecha de notificación de la autorización, frente al periodo de dos años recogido en la ordenanza anterior.
El huerto urbano deberá ser cultivado conforme a los criterios de agricultura tradicional y, en la medida de lo posible, usando preferentemente técnicas de agricultura ecológica. En general, este critero afectará a todas las labores de cultivo, que tendrán que realizarse preferentemente sin productos fitosanitarios artificiales ni fertilizantes o abonos químicos y enfocarlo hacia el uso de especies autóctonas hortofrutícolas propias de la Comunitat.
El consistorio realizará la convocatoria pública mediante un decreto de Alcaldía que publicará en el tablón de anuncios y en la página web municipal. Cada convocatoria indicará el plazo de presentación de solicitudes y los criterios para la selección de las personas aspirantes. Éstas deberán presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento mediante el formulario disponible en la web o en el Servicio de Información y Atención a la Ciudadanía.
Las personas beneficiarias tendrán que desarrollar la actividad agrícola dentro de los límites señalados para la parcela asignada haciendo un buen uso en todo el momento del espacio. En caso de quedar desatendida o abandonada durante más de un mes sin causa justificada podrá revocarse la autorización. Tampoco estará permitido actuar sobre los elementos comunes y separadores de las parcelas. El mantenimiento del sistema de riego localizado por goteo y todos los materiales necesarios para el cultivo y la explotación del huerto correrán por cuenta de los adjudicatarios.
La explotación se autorizará con finalidad educativa, de ocio y autoconsumo y quedará prohibido su arrendamiento o cesión a terceros, así como destinarla a fines diferentes. De igual forma, no estará permitida la venta o comercialización de los frutos, que sólo podrán destinarse a consumo propio o donación.