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También dictamina a favor de la Agencia Valenciana del Cambio Climático

El CES CV aprueba el anteproyecto de Ley de Comercio Sostenible 

5/07/2022 - 

CASTELLÓ. El pleno del Comité Econòmic i Social de la Comunitat Valenciana (CES CV) ha aprobado por unanimidad, en sesión extraordinaria, el Dictamen al Anteproyecto de Ley de Comercio Sostenible y la creación de la Agencia Valenciana del Cambio Climático.  

El dictamen sobre la Ley de Comercio ha contado con el voto particular de las organizaciones sindicales, que lo justifican por la conveniencia de realizar un estudio de impacto social, económico y ambiental previo a la ampliación y prórroga de la declaración de Zona de Gran Afluencia Turística, que permite al comercio determinar el calendario de días y horas de apertura al público. 

También se plantea la modificación del apartado 2 del artículo 67, instando a establecer una representación más equilibrada de las organizaciones presentes en el Observatorio del Comercio Valenciano. Estas enmiendas a la propuesta de dictamen elevada al pleno por la comisión de programación económica y regional, han obtenido el respaldo de 7 votos, frente a los 8 de la posición mayoritaria.

Respecto a las observaciones generales más relevantes, cabe destacar, que en clave de desarrollo territorial, el CES-CV incide en el papel estratégico que el comercio sostenible debe desempeñar en el medio rural, dado que puede convertirse en un factor de generación de rentas y empleo necesarias para el asentamiento de la población en estas zonas. Por otro lado, el CES CV considera necesario contemplar la incidencia de la covid-19 en la evolución del sector del comercio minorista en su triple efecto (económico, social y ambiental) tanto en la exposición de motivos como en el informe de evaluación del impacto de género.

Por lo demás, se han formulado distintas observaciones a los artículos 2, 7, 9, sobre disposiciones generales, 11, 13, 15, sobre horarios comerciales; 16, 18 y 21 y Capítulo IV, sobre comercio y territorio; 39, 42, 48, 50, 56, sobre ventas fuera de establecimiento comercial, y 68, 71, 73, 76 y 79, en materia de gobernanza. Como ejemplo, en relación con la apertura de establecimientos en festivos y domingos, desde el comité se emplaza a contemplar la justificación de establecer los cierres en las fechas señaladas y se propone completar la redacción de este punto haciendo mención expresa al Acuerdo de la Lonja.

Agencia Valenciana de Cambio Climático

El Comité ha emitido un segundo dictamen por el que valora positivamente la creación de la Agencia Valenciana de Cambio Climático, pero considera que sería deseable que se aprobara previamente la ley autonómica cuyo proyecto de ley, de la Generalitat, del cambio climático y la transición ecológica de la Comunitat Valenciana, que se encuentra en fase de tramitación.

Por otra parte, considera relevante para el medio rural la función de análisis periódico de las emisiones de gases invernadero (GEI), y los mercados de carbono, y de la vulnerabilidad de los recursos y los sistemas naturales, los sectores económicos y los territorios a los impactos del cambio climático y de evaluación el grado de implantación de las políticas en materia de cambio climático.

También se formulan observaciones los artículos 4, sobre funciones de la agencia; 5, sobre sus órganos, 11, sobre régimen patrimonial, y a la disposición final primera. Por ejemplo, en relación con el primer precepto se propone la inclusión de la función de vigilancia tecnológica para el establecimiento de rutas de descarbonización y medidas de apoyo a los sectores económicos, especialmente para los sectores intensivos en energía, así como realizar un seguimiento de la vulnerabilidad del medio rural y de la potencialidad de este para el desarrollo y ejecución de proyectos de adaptación al cambio climático.

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