Fondo de Cooperación Municipal de la generalitat

80 municipios de Castellón recibirán 1,2 millones del Consell para luchar contra la despoblación

18/04/2019 - 

CASTELLÓ. Un total de 80 municipios castellonenses recibirán ayudas por un importe global de tres millones de euros procedentes de la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento que afecta a más de la mitad de localidades de nuestra provincia. En concreto, para la provincia de Castellón se destinarán 1,2 millones de euros.

Junto a estos 80 municipios, el Fondo de Cooperación Municipal ha incluido en las ayudas contra la despoblación a 75 localidades más procedentes de las provincias de València y Alicante, según ha publicado este miércoles el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El director general de Administración Local, Antoni Such, ha destacado la importancia de asegurar la suficiencia financiera y la autonomía local de estos municipios con el fin de "atajar la lacra de la despoblación".

Las ayudas, con un máximo de 100.000 euros por municipio, forman parte, como ha recordado Such, de la agenda Avant contra la despoblación y están dirigidas a poblaciones con este riesgo demográfico.

Fondo de Cooperación Municipal

El Decreto 182/2018 regula la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana.

Son beneficiarios de esta línea los municipios de la Comunitat Valenciana que cumplan con, al menos, cinco de los siguientes seis requisitos: un número de habitantes inferior o igual a 20 por kilómetro cuadrado; una tasa de crecimiento de la población menor o igual a 0% en los últimos 20 años; una tasa de crecimiento vegetativo menor o igual a -10% en los últimos 20 años; un índice de envejecimiento mayor o igual al 250%; un índice de dependencia mayor o igual al 60% y una tasa migratoria menor o igual a cero.

También se podrán beneficiar de estas ayudas los municipios que no cumplan los anteriores requisitos, pero que tengan una población inferior a 120 habitantes o que pertenezcan a áreas funcionales con una densidad demográfica igual o inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado.

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