el ayuntamiento está obligado a construir una red de saneamiento en un plazo de tres años  

Conselleria advierte: no habrá Plan General de Castelló si no resuelven los vertidos en la Marjaleria

10/06/2021 - 

CASTELLÓ. La Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad pone una serie de deberes al Ayuntamiento de Castelló para avalar definitivamente el Plan General (PG), que en la actualidad se encuentra en la fase de resolución de alegaciones de los dos documentos que lo integran: la pieza Estructural y la parte Pormenorizada.

La declaración ambiental y territorial estratégica (Date) que la Comisión Territorial de Urbanismo validó el 23 de julio de 2020 advierte que la aprobación del planeamiento urbanístico solo se producirá si el consistorio se compromete a resolver los problemas de la Marjaleria. En concreto, aquellos asociados con los vertidos, aunque también con el riesgo de inundación y la afección a especies protegidas, no permitiendo la construcción de inmuebles o equipamientos que aumenten el impacto negativo.

Para apremiar al consistorio a acatar esas obligaciones, la Generalitat establece varias medidas, con plazos de ejecución muy concretos, según recoge el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Así, desde la aprobación del instrumento de planificación urbana, el Acord de Fadrell tiene hasta tres años para presentar las actuaciones previstas y las soluciones adoptadas, consistentes en construir una red de saneamiento que conecte con las depuradoras (existentes o futuras) que den servicio al menos a 250 viviendas.

Realización de las obras

Del mismo modo, se determina un periodo de 10 años para que dichas obras estén completadas, si bien se contempla la posibilidad de una prórroga de dos años, siempre que esté debidamente justificada. En el caso de que se incumplan estos plazos, no se podrán promover modificaciones del Plan Estructural en todo el ámbito municipal.

La Date recalca la singularidad de la amplia zona pantanosa del Grau, ya que la entrada en vigor del PG implicará la derogación del Plan Especial de la Marjaleria. Cabe recordar que dicho plan se aprobó de manera autónoma al PGOU anulado por el Tribunal Supremo en 2008, por lo que hasta ahora permanece parcialmente vigente pese a las normas transitorias de urgencia.

Otro aspecto en el que la Conselleria incide es que el planteamiento urbanístico impulsado por el Acord de Fadrell debe incorporar ciertas correcciones respecto a la regulación de los usos en el suelo no urbanizable. En este sentido, no se consideran ambientalmente viables los sectores Senillar, Litoral, Mestrets y Borriolench por el riesgo de inundación. En el caso de los dos primeros, además, por sus ecosistemas. Por otro lado, la declaración ambiental destaca la excepcionalidad de la Plataforma Logística y La Joquera, como ya explicó en su día el concejal de Urbanismo, José Luis López.

Todas las consideraciones de la Date resultan de obligado cumplimiento. Únicamente son susceptibles de revisión aquellas unidades cuyo desarrollo depende de planes especiales o del Pativel, en la actualidad en los juzgados después de recurrir la Generalitat Valenciana la anulación decretada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

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