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abogados cristianos agotará todas las víales legales y el ayuntamiento reactiva el derribo

El conflicto por la cruz del Ribalta de Castelló está condenado a dirimirse en el Tribunal Supremo

6/03/2020 - 

CASTELLÓ. El conflicto por la Cruz de los Caídos del parque Ribalta está condenado a dirimirse en el Tribunal Supremo. La Asociación de Abogados Cristianos anuncia un recurso de casación tras el fallo de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en el que estima la apelación del Ayuntamiento de Castelló y levanta la suspensión cautelar para el derribo del símbolo franquista.

La sentencia permite a la concejalía de Memoria Democrática reactivar el expediente para retirar el vestigio, que se paralizó en la fase de estudio de las 39 alegaciones formalizadas, 11 a favor y 28 en contra.

Entre los colectivos que respaldaron la decisión del gobierno, destacaron el Grupo per la Recerca de la Memòria Histórica, Castelló en Moviment, Familiares de las Víctimas franquistas del Cementerio de Castelló o la Asociación Francesc González Germá Colom. Entre los que objetaron, el Grupo Municipal Popular o la mentada Asociación de Abogados Cristianos.

El plazo que establece el procedimiento administrativo para responder cada reclamación alcanza los seis meses, de manera que el Ayuntamiento se marca como horizonte después del verano con vistas a afrontar la última fase antes de la ejecución del proyecto. Así, la regidora responsable, Verònica Ruiz, habrá de firmar dos decretos como pasos previos a la licitación y posterior adjudicación de las obras.

Símbolo religioso

Sin embargo, parece improbable que esa hoja de ruta se vaya a cumplir. Abogados Cristianos no solo pretende interponer el recurso de casación ante el Supremo, sino que además "vamos a abrir otras vías procesales para evitar que se retire la cruz", apuntan fuentes de la asociación a Castellón Plaza.

La nueva estrategia insiste en la idea de demostrar que "se trata de un símbolo religioso". Así, "no tiene ninguna inscripción", añaden, que acredite la vinculación con el franquismo, como sí defiende el Ayuntamiento y la Generalitat a partir de diferentes estudios de especialistas en la materia.

El colectivo se aferra a la jurisprudencia existente para perseverar. En concreto, alude a dos fallos. La sentencia del TSJ de Galicia sobre el monumento de Vigo, que recoge textualmente que, "tras eliminar toda simbología franquista, la cruz puede ser contemplada como un elemento religioso, aunque no fuera su significado originario, puesto que es evidente que se trata de una cruz latina".

El otro fallo se refiere al lábaro de Buñuel. El TSJ de Navarra asegura que "en este momento lo que hay es un monolito de piedra, con una cruz, un escudo del Ayuntamiento de Buñuel, y una relación de nombres y apellidos, ni más ni menos […] El hecho de que conste una relación de nombres y apellidos correspondientes a personas fallecidas, en un monolito en la puerta de una iglesia, no implica, por sí solo, exaltación alguna del franquismo a los efectos señalados en la Ley 52/2007. Precisamente, los símbolos franquistas que existían en dicho monolito fueron retirados, incluso alguno de ellos, al parecer, como consecuencia de la reclamación efectuada por la actora".

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