CASTELLÓ. El Ayuntamiento de Castelló continúa a la espera de tener noticias de la Fiscalía para fijar una estrategia respecto a las tascas. Ocho meses después de que el ministerio público informara sobre la apertura de diligencias, la falta de novedades impide al nuevo equipo de gobierno (PP y Vox) mover ficha con vistas a suprimir o aliviar la Zona Acústicamente Saturada (ZAS).
Sin una resolución (a favor o en contra), el consistorio se ve abocado a prolongar la situación heredada del anterior ejecutivo. Sin embargo, una vez el ministerio público cierre el expediente, la idea estriba en impulsar la declaración como espacio gastronómico para proteger los negocios. En este sentido, desde la asociación que aglutina los locales de Barracas se insiste en advertir que a lo largo de estos años siempre se ha actuado con arreglo a la normativa, esto es, respetando los horarios y reduciendo los decibelios.
A principios de año (en concreto, el 17 de enero), la Fiscalía comunicó a la sección de Urbanismo y Medio Ambiente el inicio de una investigación a fin de determinar si las medidas correctoras, aprobadas a raíz del acatamiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSCV), habían reducido el ruido. Una disminución, por otro lado, acreditada en la última monitorización encargada por el Ayuntamiento.
El procedimiento incoado por el ministerio público, que pretende aclarar posibles responsabilidades penales, obligó al Acord de Fadrell no solo a elaborar un dossier con distinta documentación, sino también a posponer cualquier decisión sobre la ZAS. Ante la imposibilidad de contar con un amparo jurídico, el objetivo de modificar la catalogación legal de las tascas se convirtió en una quimera.
El expediente de la Fiscalía se suma al dictamen desfavorable de la Conselleria de Transición Ecológica para suprimir la Zona Acústicamente Saturada. Según el informe emitido en la postrera legislatura, existen dudas sobre la validez de las mediciones, que se realizaron en plena pandemia. Asimismo, una de las estaciones (la situada enfrente del Casino Antiguo) registró en distintos periodos niveles sonoros superiores a lo permitido por la normativa autonómica.
El artículo 28 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica, señala que consideran ZAS aquellas áreas en las que se sobrepasan dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o, tres alternas en un plazo de 35 días naturales, y en más de 20 dB(A), los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior. Esa condición se dio en la citada estación del Casino Antiguo durante las mediciones.