Hoy es 19 de diciembre

la junta electoral registra 32 reclamaciones desde el decreto de convocatoria de los comicios

La judicialización de la precampaña en Castellón: la fina línea entre lo que se puede y no se puede hacer

24/04/2023 - 

CASTELLÓ. Como el perro y el gato. Así están los partidos de Castellón desde hace semanas. La publicación del decreto de convocatoria de los comicios el 3 de abril marca un periodo de más de mes y medio de lo que se conoce como precampaña. Hasta el 12 de mayo, a las 00.00, no comienza oficialmente la campaña. Esto significa que durante este tiempo las formaciones deben hacer un ejercicio de contención. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) impide cualquier manifestación pública que busque rédito plebiscitario. Sin embargo, la tentación de sortear la prohibición resulta demasiado fuerte.

El ingenio y la astucia de las fuerzas políticas se agudizan con el propósito de eludir la Loreg. Eso se traduce en un mayor control por parte los propios partidos que, al más mínimo intento del rival, formalizan reclamaciones ante las correspondientes Juntas Electorales (Provincial y Zonales). Noticias sobre la eliminación de cartelería o la cancelación de un acto se repiten casi de forma diaria desde principios de mes.

Reclamaciones mayoritariamente del PP

Según fuentes de la Junta Territorial de Zona, se contabilizan hasta la fecha 32 denuncias en la provincia de Castellón. La gran mayoría, por vulnerar el artículo 50 de la citada ley. En menor medida, por contravenir la instrucción 3/2011 de la Junta Electoral Central. Aunque muchas de las reclamaciones llevan la firma del PP, también hay del PSPV y de Compromís. 

La alcaldesa popular de Onda, Carmina Ballester, y el alcalde valencianista de Borriol, Hèctor Ramos, por ejemplo, se han visto obligados a retirar vallas publicitarias de sus municipios. El primer regidor de l'Alcora, el socialista Samuel Falomir, ha sido amonestado por hacer uso de los canales de comunicación del Ayuntamientos con fines electoralistas. El máximo munícipe de Vila-real, José Benlloch (PSPV), se ha visto obligado a suspender su comparecencia en distintos actos (la entrega de Premios Sambori, sin ir más lejos) por el mismo motivo.

Cartel retirado del alcalde de Borriol, Hèctor Ramos.

Lo que no se puede hacer en precampaña

Pero, ¿qué es lo que dicen el artículo 50 de la Loreg y la instrucción 3/2011? En el primer caso, hay que examinar los epígrafes 2 y 3, que recogen expresamente lo que no se puede hacer en precampaña, si bien la línea de lo que sí puede hacerse es muy delgada. El punto segundo señala que "desde la convocatoria de elecciones [...] queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por algunas de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

El apartado tercero precisa que "durante el mismo periodo queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo".

En cuanto a la reseñada instrucción, amplía las restricciones y, en sus distintos aparatados, indica que "[...] las formaciones políticas y las candidaturas no podrán contratar directamente ni a través de tercero, espacios, soportes o sitio para la difusión de publicidad o propaganda electoral". "Tampoco se considera permitido [...] el reparto con fines de propaganda de material diverso como llaveros, bolígrafos, mecheros u otros objetos similares, que incluyan el nombre o la foto de los candidatos o la denominación o siglas de la formación política".

Del mismo modo, se puntualizan los actos que sí están permitidos, siempre que no contengan una petición expresa del voto. En el listado aparecen, la realización de mítines y actos destinados a presentar las candidaturas o el programa electoral, la participación en entrevistas, el reparto de distinto material en los que se dé a conocer al candidato o la creación de páginas web de recopilación de textos o artículos de las formaciones políticas. La ambigüedad de algunos de esos enunciados (hasta siete) provoca que los partidos ideen fórmulas imaginativas para de forma sutil transmitir su mensaje con esa finalidad electoralista.

Noticias relacionadas

next